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Plazos administrativos: 8 ejercicios resueltos

12 min de lectura

Practica plazos administrativos con ocho casos: días hábiles y naturales, meses, años, festivos y registro electrónico. Calendarios y soluciones.

Para resolver ejercicios de plazos administrativos, separa la duración del plazo, el calendario aplicable y el ajuste de su último día. «Diez días», «diez días naturales» y «un mes» no son instrucciones intercambiables.

Esta práctica contiene ocho casos originales con cuatro alternativas y soluciones razonadas. Siete calculan fechas y el último selecciona el calendario en un registro electrónico. No son preguntas oficiales ni cálculos de una convocatoria real.

Condiciones comunes: calendarios de práctica

Aplicamos las reglas de los artículos 30 y 31 de la Ley 39/2015. Los supuestos no tienen suspensión, ampliación ni tramitación urgente. Se da por válida la notificación en la fecha indicada y no se plantea ninguna regla especial distinta de las expresamente descritas.

Los calendarios son ficticios y completos para cada caso. Sábados y domingos son inhábiles; no hay otros festivos salvo los que indique ese ejercicio. Las fechas y sus días de la semana son reales, pero no debes añadir al supuesto fiestas nacionales, autonómicas o locales que recuerdes de un calendario oficial.

Para estudiar un expediente real, el Punto de Acceso General reúne información sobre los calendarios de días inhábiles. Aquí se han elegido calendarios cerrados para que el razonamiento pueda comprobarse sin adivinar el municipio.

Antes de empezar

  • En días, identifica si el cómputo es hábil o natural. El artículo 30.2 establece la regla general y sus excepciones; el 30.3 fija el comienzo al día siguiente.
  • En meses o años, el artículo 30.4 exige fecha a fecha; no conviertas automáticamente un mes en treinta días. Después revisa el vencimiento inhábil del artículo 30.5.
  • No traslades sin comprobar la regla del artículo 30.6 al ámbito específico del registro electrónico: el 31.3 contiene una previsión propia.

Escribe primero la fecha o regla que elegirías. En los casos por días, anota la lista de días que cuentan; en meses o años, separa el vencimiento nominal del ajuste final. Así podrás localizar el error sin limitarte a memorizar la letra de respuesta.

Ejercicio 1. Cinco días sin otra indicación

La notificación se practica el lunes 9 de noviembre de 2026. La ley aplicable concede cinco días, sin establecer cómputo natural ni otra excepción. No hay festivos adicionales. ¿Cuándo vence?

  • A. 13 de noviembre de 2026.
  • B. 14 de noviembre de 2026.
  • C. 16 de noviembre de 2026.
  • D. 17 de noviembre de 2026.
Ver solución del ejercicio 1

Correcta: C.

El plazo se cuenta en días hábiles. El día de la notificación queda fuera. La secuencia es:

Número del díaFecha que cuenta
1Martes 10 de noviembre
2Miércoles 11 de noviembre
3Jueves 12 de noviembre
4Viernes 13 de noviembre
5Lunes 16 de noviembre

Vence el 16 de noviembre de 2026. A incluye indebidamente el lunes de la notificación; B avanza cinco días naturales hasta el sábado; D añade otro día después del quinto hábil. El fin de semana no consume dos posiciones de la lista.

Base del razonamiento: artículo 30.2 y 30.3 de la Ley 39/2015.

Ejercicio 2. Un festivo después del fin de semana

Se notifica el viernes 6 de noviembre de 2026 y se conceden tres días hábiles. En este calendario ficticio, el lunes 9 es festivo y no hay otros festivos adicionales. ¿Qué fecha corresponde?

  • A. 12 de noviembre de 2026.
  • B. 10 de noviembre de 2026.
  • C. 11 de noviembre de 2026.
  • D. 13 de noviembre de 2026.
Ver solución del ejercicio 2

Correcta: A.

El sábado 7 y el domingo 8 no cuentan. El lunes 9 tampoco, por la condición expresa del supuesto. Los tres días son martes 10, miércoles 11 y jueves 12. Vence el 12 de noviembre de 2026.

C obtendría el día 11 si empezara a contar el lunes festivo. B se queda en el primer día que realmente cuenta; D incorpora un cuarto día. No traslades el festivo a otra fecha ni supongas que es una fiesta oficial de un municipio real: es un dato cerrado de esta actividad.

Base del razonamiento: artículo 30.2 y 30.3 de la Ley 39/2015.

Ejercicio 3. Días naturales con vencimiento en sábado

La notificación es del miércoles 4 de noviembre de 2026. Una ley fija expresamente diez días naturales y no hay regla especial que desplace el artículo 30.5. Sin festivos adicionales, ¿cuál es el vencimiento final?

  • A. 14 de noviembre de 2026.
  • B. 13 de noviembre de 2026.
  • C. 18 de noviembre de 2026.
  • D. 16 de noviembre de 2026.
Ver solución del ejercicio 3

Correcta: D.

El primer día es el jueves 5. Al contar diez días naturales se llega al sábado 14 de noviembre como vencimiento nominal. Ese sábado es inhábil según las condiciones comunes: el ajuste lleva al lunes 16 de noviembre de 2026.

A calcula la fecha nominal pero omite el ajuste final. B incluye el día 4 en el recuento. C puede obtenerse si se convierten indebidamente los diez días naturales en hábiles, que en este calendario llegarían al 18. D distingue los días intermedios que cuentan del último día que debe revisarse.

Base del razonamiento: artículo 30.3 y 30.5 de la Ley 39/2015.

Ejercicio 4. Un mes no se reemplaza por treinta días

Se notifica el lunes 12 de enero de 2026 y se concede un mes. No hay festivos adicionales. ¿Qué fecha es la correcta?

  • A. 11 de febrero de 2026.
  • B. 12 de febrero de 2026.
  • C. 13 de febrero de 2026.
  • D. 16 de febrero de 2026.
Ver solución del ejercicio 4

Correcta: B.

El vencimiento nominal es el 12 de febrero de 2026, que es jueves y hábil en el supuesto. Por tanto, esa es también la fecha final.

Aunque el cómputo comienza al día siguiente de la notificación, no se desplaza el día equivalente del mes de vencimiento al 13. C cae en ese desplazamiento. A sustituye el mes por treinta días: del 12 de enero al 11 de febrero hay treinta días, pero esa no es la operación pedida. D añade un ajuste de fin de semana que aquí no hace falta.

Base del razonamiento: artículo 30.4 de la Ley 39/2015.

Ejercicio 5. Febrero no tiene día equivalente

La notificación se da por válidamente practicada el sábado 31 de enero de 2026. El plazo es de un mes y no hay festivos adicionales. ¿Cuándo vence tras aplicar las reglas del supuesto?

  • A. 28 de febrero de 2026.
  • B. 2 de marzo de 2026.
  • C. 1 de marzo de 2026.
  • D. 3 de marzo de 2026.
Ver solución del ejercicio 5

Correcta: B.

En febrero de 2026 no existe el día 31. Se toma su último día, 28 de febrero, como vencimiento nominal. Es sábado; el 1 de marzo es domingo. El primer hábil siguiente del calendario ficticio es el lunes 2 de marzo de 2026.

A se detiene antes de comprobar el último día inhábil. C avanza al día siguiente, pero ese día sigue siendo inhábil. D añade un día más una vez alcanzado el lunes hábil. La notificación del sábado se ha dado como válida: no cambies su fecha al lunes para reconstruir otro supuesto.

Base del razonamiento: artículo 30.4 y 30.5 de la Ley 39/2015.

Ejercicio 6. Un año de fecha a fecha

Se notifica el lunes 17 de noviembre de 2025 y el plazo es de un año. No hay festivos adicionales. ¿Cuál es la fecha de vencimiento?

  • A. 18 de noviembre de 2026.
  • B. 16 de noviembre de 2026.
  • C. 17 de diciembre de 2026.
  • D. 17 de noviembre de 2026.
Ver solución del ejercicio 6

Correcta: D.

La fecha equivalente del año de vencimiento es el 17 de noviembre de 2026, martes. No necesita ajuste en este calendario.

A mueve indebidamente la fecha final al día 18 por comenzar el cómputo al día siguiente; B adelanta el vencimiento al 16; C cambia también el mes, sin que la duración lo permita. No se descuentan los fines de semana intermedios de un plazo anual ni se transforma un año en un número fijo de días hábiles.

Base del razonamiento: artículo 30.4 de la Ley 39/2015.

Ejercicio 7. Residencia y sede con calendarios distintos

En un supuesto al que sí se aplica el artículo 30.6, se notifica el lunes 9 de noviembre de 2026 y se conceden tres días hábiles. El miércoles 11 es festivo solo en el municipio de residencia; en la sede del órgano es hábil. No hay otros festivos adicionales. No se está calculando la presentación en un registro electrónico. ¿Cuándo vence?

  • A. 13 de noviembre de 2026.
  • B. 12 de noviembre de 2026.
  • C. 11 de noviembre de 2026.
  • D. 16 de noviembre de 2026.
Ver solución del ejercicio 7

Correcta: A.

El día 11 se considera inhábil para este caso aunque sea hábil en la sede del órgano. La lista queda martes 10, jueves 12 y viernes 13. Vence el 13 de noviembre de 2026.

B ignora la inhabilidad del municipio de residencia. C no alcanza los tres días hábiles de la lista; D añade un cuarto hábil. La referencia al artículo 30.6 es parte del enunciado: no lo sustituyas por la regla específica del registro electrónico, que se plantea separadamente en el caso siguiente.

Base del razonamiento: artículo 30.3 y 30.6 de la Ley 39/2015.

Ejercicio 8. El calendario propio del registro electrónico

Ahora se pregunta exclusivamente por el calendario aplicable a efectos del cómputo en un registro electrónico. El miércoles 11 de noviembre de 2026 es hábil en el calendario de la sede electrónica, pero festivo en la residencia. Conforme al artículo 31.3, ¿qué criterio corresponde?

  • A. Unir siempre ambos calendarios por el artículo 30.6.
  • B. Aplicar el calendario de residencia si favorece al interesado.
  • C. Aplicar el calendario único de la sede previsto en el artículo 31.3.
  • D. Usar el horario laboral de la oficina de atención.
Ver solución del ejercicio 8

Correcta: C.

Corresponde el calendario único de la sede previsto en el artículo 31.3. En el ámbito específico preguntado no se aplica el artículo 30.6. Con los datos del caso, el día 11 no se convierte en inhábil del registro por la fiesta de residencia.

A extiende sin excepción la regla del caso 7; B introduce una elección del interesado que el precepto no establece; D confunde calendario de cómputo con horario de atención. No se ha pedido calcular aquí la fecha final de un trámite ni el efecto de una incidencia técnica. La información de calendario, fecha y hora oficiales de la Sede del Punto de Acceso General muestra esa referencia al calendario de la sede.

Base del razonamiento: artículo 31.3 de la Ley 39/2015.

Clave y revisión de errores

La clave es 1C, 2A, 3D, 4B, 5B, 6D, 7A y 8C. Son actividades didácticas, sin baremo oficial ni equivalencia con una nota de oposición.

Si fallas…Revisa
1 y 2El día excluido al inicio y los días inhábiles intermedios
3La diferencia entre el vencimiento nominal y el final
4 y 6La fecha equivalente, sin moverla por el comienzo al día siguiente
5La falta de día equivalente y la revisión posterior del inhábil
7 y 8Qué ámbito de cómputo se pregunta y qué calendario le corresponde

Repite un caso cambiando un solo dato: la duración, la fecha de notificación o un festivo. Escribe qué paso cambia y cuál permanece. Si añades un festivo posterior al vencimiento, por ejemplo, puede que el resultado de ese caso no se altere.

Para repasar los conceptos, consulta la guía de cómputo de plazos y días hábiles. El Pack Auxiliar Administrativo es un producto de pago con contenidos sobre la Ley 39/2015 y cómputo de plazos; su ficha describe el alcance. Esta práctica gratuita no sustituye la identificación de la norma y el calendario que correspondan a una actuación real.

Preguntas frecuentes

¿Diez días hábiles equivalen siempre a catorce días naturales?

No. La distancia depende del día de la notificación y de los inhábiles que atraviese el cómputo. Hay que enumerar los días que cuentan; no sustituir el plazo por una equivalencia fija.

¿Los días naturales evitan la prórroga del último día inhábil?

No en los supuestos de este cuaderno, sujetos al artículo 30.5. Se cuentan todos los días intermedios, pero se comprueba después si el vencimiento nominal necesita pasar al primer día hábil siguiente.

¿Un mes administrativo son treinta días?

No. En estos casos se aplica el cómputo de fecha a fecha del artículo 30.4, no una cantidad fija de días. El ejercicio de enero a febrero permite distinguir ambas operaciones.

¿Los festivos de los ejercicios son calendarios oficiales?

No. Son condiciones ficticias del supuesto. Los días de la semana sí corresponden a las fechas escritas, pero los festivos adicionales solo se usan para resolver estas actividades.

¿Se aplica siempre la unión de los calendarios de residencia y sede?

No. El caso 7 aplica el artículo 30.6. El caso 8 trata específicamente el cómputo en registros electrónicos: el artículo 31.3 establece su calendario único y excluye allí la aplicación del 30.6.

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