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coordinador de recursos humanos · La Solana

Oposiciones La Solana 2026: 1 plaza de Coordinador/a de RRHH

17 min de lectura

1 plaza de Coordinador/a de Recursos Humanos A2 en el Ayuntamiento de La Solana: concurso-oposición, plazo hasta el 8 de octubre de 2026, temario y requisitos.

El Ayuntamiento de La Solana (Ciudad Real) convoca una plaza de Coordinador/a de Recursos Humanos, funcionario/a de carrera, grupo A, subgrupo A2, por el sistema de concurso-oposición en turno libre. Las bases se publicaron en el BOP de Ciudad Real número 167, de 1 de septiembre de 2026, el extracto de la convocatoria en el BOE número 224, de 10 de septiembre de 2026 (BOE-A-2026-18937), y el plazo de solicitudes, de veinte días hábiles desde la publicación en el BOE, cierra el 8 de octubre de 2026. Es una sola plaza y el temario ocupa los 67 bloques del Anexo I: si te encaja la titulación, este es el calendario, las pruebas y lo que puntúa en el concurso.

Datos de la convocatoria

DatoDetalle
OrganismoAyuntamiento de La Solana (Ciudad Real)
PuestoCoordinador/a de Recursos Humanos, ficha n.º 115 de la Relación de Puestos de Trabajo
Plazas1, de funcionario/a de carrera
Grupo y subgrupoA, subgrupo A2
Sistema de accesoConcurso-oposición, turno libre
OEPOferta de Empleo Público 2023 (Decreto n.º 2023-1516, de 12 de diciembre de 2023)
Publicación de las basesBOP de Ciudad Real n.º 167, de 1 de septiembre de 2026
Publicación del extractoBOE n.º 224, de 10 de septiembre de 2026 (BOE-A-2026-18937)
Fin del plazo de solicitudes8 de octubre de 2026
Derechos de examen30 €
Fecha del examenSin fijar: la publicará la resolución de las listas definitivas

Las bases reguladoras fueron rectificadas y aprobadas definitivamente por el Decreto de la Concejalía Delegada de Hacienda, Recursos Humanos y Contratación n.º 2026/1343, y el anuncio se firma en La Solana el 28 de agosto de 2026. Como dice el propio BOE, los sucesivos anuncios de este proceso (admitidos, Tribunal, pruebas) se publicarán ya solo en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en www.lasolana.es, así que conviene mirar esa web desde que cierre el plazo.

Fuente: convocatoria en el BOE · bases íntegras en el BOP de Ciudad Real

Cómo es el proceso selectivo: concurso-oposición

El procedimiento es concurso-oposición: primero se pasa la fase de oposición y solo quien la supere entra en la fase de concurso. Las bases lo reparten en dos partes muy desiguales.

Fase de oposición: 75 % del proceso, hasta 100 puntos

Primer ejercicio, test, eliminatorio. Un cuestionario de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas y una sola cierta, sobre el temario del Anexo I, en el tiempo que fije el Tribunal. El cuestionario incluye al menos cinco preguntas adicionales de reserva que sustituyen, por orden correlativo, a las que puedan anularse. Vale hasta 75 puntos y para superarlo hacen falta 37,5 puntos como mínimo. La corrección sigue la fórmula de las bases:

75 × [A − (E/3)] / 100

donde A es el número de respuestas correctas y E el de las erróneas. Las preguntas en blanco no descuentan, pero sí penalizan las contestadas con más de una respuesta o con tachaduras. Terminada la prueba, el Tribunal entrega copia del examen a cada persona opositora y publica la plantilla correctora y la lista provisional en el tablón de edictos electrónico y en www.lasolana.es, con cinco días hábiles para alegaciones.

Segundo ejercicio, supuesto práctico, obligatorio y eliminatorio. Consiste en resolver dos supuestos prácticos elegidos entre tres que propone el Tribunal, relacionados con los procedimientos, tareas y funciones habituales de la plaza y con el temario. Se puede consultar textos legales no comentados. Se valora el raciocinio, la sistemática de planteamiento, la formulación de conclusiones, la interpretación de los conocimientos y las aptitudes del puesto, y el Tribunal puede exigir una defensa oral. La nota va de 0 a 25 puntos, con mínimo de 12,5 para superarlo. Quien no supere cualquiera de los dos ejercicios queda eliminada/o automáticamente.

Entre la publicación de aprobados de una prueba y el comienzo de la siguiente deben pasar como mínimo 72 horas y como máximo 45 días naturales, y el anuncio de la segunda prueba se publica con 48 horas de antelación.

Fase de concurso: hasta 33,33 puntos

El concurso valora los méritos y no puede aportar más del 25 % de la nota máxima, es decir, hasta 33,33 puntos. Todo se acredita documentalmente con la solicitud; los méritos se cuentan a la fecha de cierre del plazo de presentación y no se valoran los que no se acrediten.

A) Cursos de formación y perfeccionamiento (máximo 20 puntos)

  • 0,005 puntos por cada hora de cursos, seminarios y análogos de temática laboral con certificado o diploma, siempre que duren al menos 20 horas.
  • 0,125 puntos por cada curso impartido como monitor, docente o ponente.
  • 0,0025 puntos por hora en cursos de Prevención de Riesgos Laborales, Informática, Idiomas, Igualdad de Género y Acoso Laboral en centros oficiales (mínimo 20 horas).
  • 0,50 puntos por licenciatura, grado o doctorado y 0,25 por diplomatura o similar, por poseer titulaciones iguales o superiores a la exigida.
  • Los cursos sin número de horas en el certificado no se computan; si figuran créditos, 1 crédito homologado universitario = 25 horas.

B) Experiencia profesional (máximo 13,33 puntos)

  • 0,40 puntos por año completo en Administración Local u otras Administraciones, en puesto igual o similar al convocado (0,033 por mes y 0,0011 por día).
  • 0,20 puntos por año completo en empresa privada en puesto igual o similar (0,0016 por mes y 0,000053 por día).
  • El cómputo se reduce proporcionalmente en jornada a tiempo parcial. Se acredita con contratos, vida laboral y certificados de servicios prestados.

Desempate. Si hay empate, manda primero la nota del primer ejercicio, después la del supuesto práctico, después la experiencia profesional y, si persiste, un sorteo público con las personas afectadas presentes.

Bolsa de trabajo. Quienes, no siendo propuestas para el nombramiento, hayan superado el proceso se ordenan por puntuación y se incorporan a una bolsa de trabajo para futuros nombramientos de funcionarios interinos del mismo puesto, con la obligación de aceptar la oferta que les corresponda y con causas de baja justificada (enfermedad, maternidad o paternidad, estudios oficiales o trabajo) que mantienen la posición en «no disponible».

Requisitos

Los fija la base segunda de las bases y hay que reunirlos al finalizar el plazo de solicitudes y mantenerlos hasta la toma de posesión:

  • Nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea; también participan sus cónyuges (no separados de derecho), sus descendientes y los del cónyuge menores de veintiún años o a su cargo, y las personas amparadas por los Tratados Internacionales de la UE ratificados por España sobre libre circulación de trabajadores.
  • Dieciséis años cumplidos sin exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • Título de Grado Universitario, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, según el artículo 76 del TREBEP. Las titulaciones extranjeras deben estar homologadas por el Ministerio de Educación y Cultura u otro órgano competente, y todos los títulos deben proceder de centros oficiales reconocidos: de no ser así, la exclusión es automática.
  • Capacidad funcional para el desempeño de las tareas del puesto.
  • No haber sido separada/o mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública ni de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, no estar en inhabilitación absoluta ni en inhabilitación para las funciones del cuerpo o escala convocada por sentencia firme (artículo 96.1 del TREBEP), ni haber sido despedida/o disciplinariamente. Si eres nacional de otro Estado, no hallarte en situación equivalente que impida el acceso al empleo público en tu país.

Quienes tengan reconocido un grado de discapacidad tienen las mismas condiciones que el resto, y pueden pedir adaptación de tiempo o de medios indicándolo en la solicitud, con dictamen técnico facultativo; el Tribunal resuelve conforme a la Orden del Ministerio de Presidencia 1822/2006.

Qué entra en el temario

El programa está en el Anexo I de las bases y repasa 67 bloques repartidos en dos partes.

Parte general (11 bloques)

  1. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido, principios generales y reforma.
  2. Derechos y deberes fundamentales, su garantía y suspensión, el Defensor del Pueblo y el Tribunal Constitucional.
  3. La Corona: funciones del Rey, sucesión, regencia, tutela, refrendo, príncipe heredero y familia real.
  4. Las Cortes Generales y el Gobierno: composición, atribuciones, funcionamiento, nombramiento, cese y relaciones entre ambos.
  5. El Poder Judicial, el Consejo General del Poder Judicial, el Tribunal Supremo, el Ministerio Fiscal y la organización judicial española.
  6. Organización territorial del Estado: Comunidades Autónomas, competencias y Estatutos de Autonomía, con especial referencia al Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.
  7. La Administración Local en la Constitución, la provincia, la organización provincial y sus competencias, y el municipio: concepto, término municipal, población, empadronamiento y derechos y deberes de los vecinos.
  8. Organización municipal de régimen ordinario: Alcalde, Pleno, Junta de Gobierno Local y otros órganos de gobierno.
  9. Las fuentes del Derecho: sistema de fuentes, Constitución, leyes, Tratados Internacionales, Derecho de la Unión Europea, reglamento y demás fuentes del Derecho Administrativo.
  10. La Unión Europea: instituciones, Consejo, Comisión, Parlamento, Tribunal de Justicia y otros organismos.
  11. Igualdad de género: Ley Orgánica 3/2007 y Ley 12/2010 de Castilla-La Mancha, con especial referencia al ámbito laboral.

Parte específica (56 temas)

Del procedimiento administrativo a la gestión de recursos humanos municipales, con este recorrido:

  • Derecho Administrativo (temas 1 a 11): procedimiento y sus fases, el acto administrativo y sus requisitos, eficacia, ejecutividad, notificación y publicación, invalidez (nulidad, anulabilidad, conversión y convalidación), obligación de resolver y silencio administrativo, los recursos administrativos, ejecución forzosa y vía de hecho, revisión de oficio, Administración electrónica (identificación, firma, interoperabilidad, archivo electrónico), responsabilidad patrimonial y potestad sancionadora.
  • Derecho de las Entidades Locales (11): la potestad normativa de las Entidades Locales, reglamentos, ordenanzas, bandos y Reglamento Orgánico.
  • Gestión de personas (12 a 20): análisis y valoración de puestos de trabajo, plantillas y Relaciones de Puestos de Trabajo, Catálogo de Puestos y Registro de Personal, el empleo público local y sus clases, el sistema de acceso a la función pública local (OEP, requisitos y sistemas selectivos), derechos y deberes y retribuciones de los empleados públicos, personal laboral de las Corporaciones Locales, jornada y conciliación, provisión de puestos y extinción de la condición de empleado público, y situaciones administrativas e incompatibilidades.
  • Régimen disciplinario y económico (21 a 23): régimen disciplinario funcionarial y laboral, faltas y sanciones, responsabilidad penal; la nómina (elementos retributivos, cotización, retención del IRPF, otras deducciones); y el reconocimiento de servicios previos y grado.
  • Derecho Laboral y Seguridad Social (24 a 46): contrato de trabajo en tres bloques (concepto y forma, modificación, suspensión y extinción, modalidades), la Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015) y sus regímenes, la Seguridad Social del personal al servicio de las Administraciones Públicas, cotización (bases, cuotas, responsabilidad, convenio especial, prescripción), régimen general de cotización, tipo único y desempleo, cotización y recaudación (bonificaciones, aplazamientos, recargo de deudas), acción protectora y prestaciones, incapacidad temporal, incapacidad permanente, jubilación, mutuas, entidades gestoras y TGSS, prestación por desempleo, conflictos de trabajo y solución de conflictos, convenios colectivos en la Administración Pública, régimen jurídico sindical, materias de negociación, transparencia y protección de datos, la jurisdicción contencioso-administrativa y la jurisdicción social.
  • Recursos Humanos y bloques actuales (47 a 56): planificación estratégica de RRHH y dimensionamiento de plantillas, dirección y organización de los RRHH en la Administración Local (gestión por competencias, evaluación del desempeño, dirección de equipos), modernización y digitalización de la gestión de RRHH (expediente electrónico, indicadores y cuadros de mando), planificación y ejecución de procesos selectivos y tribunales calificadores, Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, evaluación de riesgos, vigilancia de la salud, comité y delegados de prevención), igualdad efectiva (planes de igualdad, registro retributivo, protocolos de acoso, protección LGTBI), protección de datos en la gestión de RRHH (RGPD y LO 3/2018, expedientes personales, videovigilancia, control horario), negociación colectiva (Mesa General, pactos, jurisprudencia del artículo 37 del TREBEP), libertad sindical y representación (secciones sindicales, Juntas de Personal, crédito horario) e integridad pública, buen gobierno y transformación digital de los RRHH (prevención del fraude, conflictos de intereses, canal interno de información, automatización e inteligencia artificial en la gestión pública).

Si quieres el mismo bloque temario explicado con norma al lado, aquí tienes el temario común de Administración General para AGE y CCAA y la guía de las oposiciones A2 más frecuentes en 2026.

Plazo, tasa y cómo se pide la plaza

Plazo. Veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE (número 224, de 10 de septiembre de 2026), es decir, hasta el 8 de octubre de 2026. Presentar la instancia fuera de plazo supone exclusión y no es subsanable.

Modelo y documentación. La solicitud es el Anexo II de las bases, disponible en www.lasolana.es, y debe ir dirigida a la Alcaldesa-Presidenta acompañada de: fotocopia del DNI o pasaporte en vigor; fotocopia del título exigido (o justificante del pago de la solicitud del mismo, y en su caso certificación de equivalencia u homologación); justificante del ingreso de la tasa; los documentos de los méritos que se quieran hacer valer en el concurso; y, si se alega, certificado de discapacidad. La presentación es preferentemente telemática conforme al artículo 16 de la Ley 39/2015.

Tasa. 30 euros de derechos de examen, según la Ordenanza fiscal n.º 37 (BOP n.º 253, de 31 de diciembre de 2024), abonados por transferencia bancaria dentro del plazo, indicando el proceso selectivo en el concepto y acreditando el pago con el original o fotocopia compulsada. No pagar o no justificar el pago no es subsanable, salvo error de la Administración. Están exentas, conforme a la Ley 55/1999, las personas demandantes de empleo durante al menos el mes anterior al anuncio que no hayan rechazado oferta adecuada ni se hayan negado a participar en promoción, formación o reconversión profesional, y las personas con discapacidad igual o superior al 33 %. Los derechos no se devuelven a quien resulta excluida/o.

Admisión. Terminado el plazo, la Alcaldesa dicta resolución provisional con las listas de admitidas/os y excluidas/os en el plazo máximo de un mes, publicada en el BOP, en el tablón de edictos y en la web municipal. Contra esa resolución hay diez días hábiles para subsanar los defectos o alegar la omisión; después salen las relaciones definitivas y la composición del Tribunal Calificador, con la fecha, hora y lugar de las pruebas. El anuncio de convocatoria n.º 2798 y las bases completas están en el BOP de Ciudad Real del 1 de septiembre de 2026, y en nuestro seguimiento de los boletines de la provincia vas encontrando cada convocatoria a medida que sale.

Qué pasa después del examen

Publicada la lista de aprobados, la persona propuesta tiene veinte días naturales para aportar el título compulsado, la certificación médica y la declaración jurada de capacidad funcional, la declaración de no separación del servicio y la de incompatibilidades. El nombramiento obliga a tomar posesión en quince días naturales (un mes cuando supone cambiar de localidad de residencia, conforme al Real Decreto-ley 6/2023), y quien no lo hace sin causa justificada queda en situación de cesante. Los aspirantes propuestos quedan además sujetos a la Ley 53/1984 de incompatibilidades.

Contra la resolución que pone fin a la vía administrativa cabe recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real, o recurso de reposición en un mes ante el mismo órgano.

Material para esta convocatoria

Este proceso tiene ya página de reserva: el pack de Coordinador/a de RRHH del Ayuntamiento de La Solana se puede reservar sin coste ahora y se avisa por correo en cuanto esté listo.

Reservar el Pack Coordinador/a RRHH Ayuntamiento La Solana 2026

Conviene decirlo con todas las letras: reservar no es comprar. La reserva no cobra nada; es la señal que decide si el material se prepara, y el precio de salida —36 €— solo se aplica si decides pagar cuando el pack esté completo. Lo que incluye, tal y como lo describe la ficha, es temario desarrollado del programa oficial de la convocatoria, test por tema con soluciones explicadas y simulacros tipo examen.

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Preguntas frecuentes sobre las oposiciones de Coordinador/a de La Solana

¿Cuándo acaba el plazo para presentar la solicitud en La Solana?

El plazo es de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE. Ese anuncio salió en el BOE número 224, de 10 de septiembre de 2026 (BOE-A-2026-18937), así que las instancias se pueden presentar hasta el 8 de octubre de 2026. La presentación es preferentemente telemática, conforme al artículo 16 de la Ley 39/2015, y la solicitud es el Anexo II de las bases, que está en la web del Ayuntamiento, www.lasolana.es.

¿Qué titulación se necesita para la plaza de Coordinador/a de Recursos Humanos de La Solana?

Estar en posesión del título de Grado Universitario, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, según el artículo 76 del TREBEP. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deben estar homologadas por el Ministerio de Educación y Cultura u otro órgano competente, y todos los títulos deben estar expedidos por centros oficiales reconocidos. Además hay que tener dieciséis años cumplidos, capacidad funcional para el puesto y no estar separada/o del servicio de las Administraciones Públicas ni en inhabilitación.

¿Cómo es el examen de esta oposición?

Es un concurso-oposición. Primero la fase de oposición, que vale el 75 % del proceso: un primer ejercicio eliminatorio de 100 preguntas de cuatro opciones sobre el temario del Anexo I (hasta 75 puntos, con un mínimo de 37,5) y un segundo ejercicio obligatorio y eliminatorio con dos supuestos prácticos elegidos entre tres propuestos (de 0 a 25 puntos, con un mínimo de 12,5). Después, la fase de concurso de méritos, que no puede superar los 33,33 puntos.

¿Cuánto cuesta presentarse y hay exenciones?

Los derechos de examen son de 30 euros, fijados por la Ordenanza fiscal número 37 reguladora de la tasa por derechos de examen del Ayuntamiento (BOP n.º 253, de 31 de diciembre de 2024), y se abonan por transferencia bancaria dentro del plazo de solicitud. Están exentas las personas que figuren como demandantes de empleo durante al menos el mes anterior al anuncio, sin haber rechazado oferta adecuada ni negado a participar en acciones de promoción o formación, y las personas con discapacidad igual o superior al 33 %. La falta de justificación de pago lleva a la exclusión y no es subsanable.

¿Qué temario entra en el examen?

El Anexo I de las bases, con once bloques de parte general (Constitución Española, derechos y deberes fundamentales, Corona, Cortes y Gobierno, Poder Judicial, organización territorial con el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, Administración Local, organización municipal, fuentes del Derecho, Unión Europea e igualdad de género) y cincuenta y seis temas de parte específica, que van del procedimiento administrativo al empleo público local, los recursos humanos municipales, la Seguridad Social, la negociación colectiva y la protección de datos en RRHH.

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