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En qué consiste el puesto de farmacéutico en Navarra 2026

17 min de lectura

Las tres plazas de farmacéutico de Navarra 2026 van a la Sección de Ordenación e Inspección Farmacéutica: estas son sus funciones, su día a día y su temario.

El puesto en una frase

No es una plaza de hospital ni de oficina de farmacia. Las tres vacantes convocadas (números de plaza 3846, 8736 y 10229) están adscritas a la Dirección General de Salud y radicadas en Pamplona, en la Sección de Ordenación e Inspección Farmacéutica del Servicio de Ordenación e Inspección Sanitaria y de Farmacia. El trabajo es de inspección, ordenación, autorización y control del sistema farmacéutico navarro: autorizar y registrar establecimientos y servicios farmacéuticos, inspeccionarlos, controlar el mercado de medicamentos, productos sanitarios y cosméticos, gestionar las alertas farmacéuticas y mantener los registros oficiales de centros, servicios, establecimientos y profesionales.

Si te presentas pensando en un servicio de farmacia hospitalaria que dispensa a pacientes, o en una oficina de farmacia con público, este no es ese puesto: aquí se trabaja sobre el cumplimiento de la normativa por parte de terceros, con expediente y con visita de inspección.

De dónde sale la respuesta: los números de plaza

El anexo II de la convocatoria publicada en el BON identifica las tres vacantes con su número de plaza, su departamento, su ámbito de adscripción, su localidad y sus requisitos:

PlazaDepartamentoÁmbito de adscripciónRégimenLocalidadCarnet
3846Departamento de SaludD. G. de SaludFuncionarialPamplonaB
8736Departamento de SaludD. G. de SaludFuncionarialPamplonaB
10229Departamento de SaludD. G. de SaludFuncionarialPamplonaB

Esos tres números no son un identificador administrativo anónimo: aparecen con nombre y apellidos en la plantilla orgánica que el Gobierno de Navarra publica cada año. En la publicada por la Orden Foral 73/2025, de 31 de octubre (BON nº 230 extraordinario, de 17 de noviembre de 2025, con la situación a 31 de diciembre de 2024), bajo el epígrafe Departamento de Salud → Dirección General de Salud → Servicio de Ordenación e Inspección Sanitaria y de Farmacia → Sección de Ordenación e Inspección Farmacéutica, figuran estos puestos:

PlazaDenominación en la plantillaGrupoRégimenSituaciónLocalidad
3970FarmacéuticaAFuncionarialOcupadaPamplona
9361Jefa de secciónAFuncionarialOcupadaPamplona
3846Personal farmacéuticoAFuncionarialVacantePamplona
8736Personal farmacéuticoAFuncionarialVacantePamplona
10229Personal farmacéuticoAFuncionarialVacantePamplona

La consecuencia práctica es clara: las tres plazas que se convocan son los tres puestos vacantes de farmacéutico de esa sección. La sección tiene cuatro puestos de personal farmacéutico más la jefatura; uno está ocupado y los otros tres son los que salen a oposición. La elección de vacantes, por tanto, no te cambia el tipo de trabajo: las tres filas del anexo II son idénticas en departamento, ámbito, localidad y requisitos.

La propia convocatoria cuenta de dónde vienen estas tres plazas y por qué salen ahora. Proceden de las ofertas de empleo público del ámbito Administración Núcleo de 2024 (Decreto Foral 115/2024) y de 2025 (Decreto Foral 146/2025); el puesto se intentó cubrir primero por concurso de traslado, convocado por Resolución 537/2026, de 18 de febrero, de la directora general de Función Pública, y ese concurso se declaró desierto por Resolución 1075/2026, de 27 de marzo. Traducido: no había funcionarios del puesto esperando ese destino, y por eso se abre al ingreso libre, con una plaza en cada turno.

Las funciones, una a una

El detalle de lo que se hace en la sección no hay que interpretarlo: está escrito en el artículo 17 del Decreto Foral 246/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Salud. Este es el texto literal y, al lado, qué significa en el día a día.

Lo que dice el decreto foralTraducción al trabajo diario
a) Ordenación, inspección y propuesta de autorización y acreditación, y sistemas de información de servicios farmacéuticos y de establecimientos sanitarios.Elaborar y tramitar los expedientes de autorización de nuevos establecimientos y servicios, mantener sus datos y los flujos de información del sector.
b) Ordenación, inspección y propuesta de autorización de entidades de distribución de medicamentos de uso humano y de uso veterinario, fabricantes y distribuidores de productos sanitarios e inspección y control de laboratorios farmacéuticos.Autorizar y auditar almacenes de distribución, fabricantes de productos sanitarios y laboratorios, y verificar sus licencias y sus registros.
c) Inspección y control del mercado de medicamentos, productos sanitarios, productos cosméticos y de cuidado personal.Campañas de control de mercado, toma de muestras oficial y análisis, seguimiento de incidencias de calidad.
d) Inspección de verificación del cumplimiento de buenas prácticas en el ámbito de los medicamentos, los productos sanitarios y los productos cosméticos.Verificar sobre el terreno las buenas prácticas de distribución, de fabricación, de farmacovigilancia y de laboratorio, y certificarlas.
e) Vigilancia de productos sanitarios y cosmetovigilancia. Gestión de las notificaciones de incidentes adversos asociados a productos sanitarios y a productos cosméticos.Recibir, evaluar y tramitar los incidentes adversos de productos sanitarios y cosméticos, y hacerles seguimiento.
f) Gestión y difusión de alertas farmacéuticas en relación con la seguridad, calidad, problemas de suministro u otros, de los medicamentos, así como con los productos sanitarios, productos cosméticos y de cuidado personal.Clasificar la alerta, difundirla a quien debe actuar, comprobar la retirada o la corrección y cerrarla.
g) Control y, en su caso, autorización de la publicidad de los establecimientos farmacéuticos, de los medicamentos y de los productos sanitarios.Revisar y autorizar o denegar la publicidad, y perseguir la que no cumple.
h) Gestión, custodia y mantenimiento del Registro Oficial de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios, en relación con los servicios farmacéuticos y los establecimientos sanitarios, así como del Registro oficial de Profesionales Sanitarios respecto a dichos servicios y establecimientos.Llevar los registros al día: altas, bajas, modificaciones y certificaciones.
i) Programación y seguimiento de la atención farmacéutica continuada.Organizar las guardias de las oficinas de farmacia, los horarios de atención al público y los cierres temporales.
j) Cualquier otra que determine el ordenamiento vigente o le sea encomendada.La cláusula de cierre: funciones nuevas por normativa o por encargo.

Tres de esas funciones explican por qué la plaza pide carnet de conducir B: la inspección (apartados a, b, c y d) y la vigilancia se hacen en los establecimientos, que están repartidos por toda Navarra, incluidas oficinas de farmacia de municipios con botiquín rural.

Qué NO es este puesto

Casi todas las confusiones sobre esta oposición vienen de mezclarla con otros destinos de farmacia de la misma administración:

  • No es farmacia hospitalaria. La dispensación y la atención farmacéutica de los hospitales dependen del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, que es un organismo autónomo distinto (en la plantilla orgánica aparece en su propio anexo), con sus servicios y unidades de farmacia. El Servicio de Ordenación e Inspección Sanitaria y de Farmacia, en cambio, está dentro de la Dirección General de Salud del departamento.
  • No es farmacovigilancia. Las notificaciones de sospechas de reacciones adversas a medicamentos las gestiona la Sección de Control de Farmacovigilancia, que es otra sección del mismo servicio y tiene sus funciones propias en el artículo 18 del decreto: evaluación de notificaciones, base de datos FEDRA, señales de seguridad, formación en farmacovigilancia y cooperación con la AEMPS. Lo que sí toca a la Sección de Ordenación e Inspección Farmacéutica es la vigilancia de productos sanitarios y la cosmetovigilancia (apartado e), que es cosa distinta de la farmacovigilancia de medicamentos.
  • No es una oficina de farmacia. Aquí no se dispensa: se comprueba que quien dispensa cumple.
  • No es un puesto aislado. La sección trabaja dentro de un servicio que se estructura en tres secciones (Inspección de Actividades Sanitarias, Ordenación e Inspección Farmacéutica y Control de Farmacovigilancia), y con la jefatura de sección por encima. El equipo de la sección, según la plantilla publicada, son cuatro puestos de personal farmacéutico más la jefatura.
  • No es un puesto de jornada parcial compatible con otra actividad. El propio decreto foral reconoce a los puestos de médico y farmacéutico de esta sección el complemento de dedicación exclusiva, bajo el epígrafe régimen de plena disponibilidad y absoluta dedicación (disposición adicional quinta).

El temario es el manual del puesto

El anexo I de la convocatoria tiene 80 temas: 18 de la parte general (Constitución, Unión Europea, Derecho comunitario, régimen foral de Navarra, Parlamento, Gobierno de Navarra, fuentes del derecho, Ley 40/2015, Ley Foral 11/2019, acto y procedimiento administrativo, Estatuto del Personal, Hacienda Pública, contratos, subvenciones, administración electrónica, transparencia, protección de datos y igualdad) y 62 de la parte específica. No hay que buscarle tres pies: los 62 temas específicos son, literalmente, el manual de trabajo de la sección.

  • Temas 1 a 9 — establecimientos y servicios farmacéuticos: autorización y registro de servicios y establecimientos sanitarios y de profesionales; oficinas de farmacia y botiquines rurales; servicios de farmacia de centros hospitalarios y sociosanitarios; depósitos de medicamentos; fórmulas magistrales y preparados oficinales; preparación de medicamentos (estériles y no estériles); sistemas personalizados de dosificación; tratamientos sustitutivos con opiáceos; atención farmacéutica continuada, guardias, horarios y cierres.
  • Temas 10 a 14 — los establecimientos de productos sanitarios y asimilados: óptica, audioprótesis, ortopedia, laboratorios de prótesis dental y fabricantes de productos sanitarios a medida.
  • Temas 15 a 31 — distribución, fabricación y control de calidad: distribución de medicamentos, buenas prácticas de distribución (BPD) y de principios activos, medicamentos veterinarios, laboratorios farmacéuticos y comercio exterior, normas de correcta fabricación (NCF), radiofármacos y su preparación extemporánea, buenas prácticas de laboratorio (BPL), ensayos clínicos, comités de ética, estudios observacionales, farmacovigilancia y buenas prácticas de farmacovigilancia en la industria.
  • Temas 32 a 39 — productos sanitarios: regulación europea y española, fabricación, agrupación e importación, distribuidores y venta, vigilancia de productos sanitarios, diagnóstico in vitro, clasificación y evaluación de la conformidad, implantables activos y evaluación clínica.
  • Temas 40 a 42 — cosméticos: reglamento europeo, fabricantes e importadores, normas de correcta fabricación y cosmetovigilancia.
  • Temas 43 a 56 — medicamento de uso humano, de la autorización a la alerta: autorización y registro, condiciones de dispensación, ficha técnica, etiquetado y prospecto, receta médica y órdenes de dispensación, venta a distancia e internet, medicamentos falsificados, calidad de los medicamentos comercializados y toma de muestras, control de productos sanitarios en el mercado, alertas farmacéuticas, estupefacientes y psicótropos, usos indebidos y desvíos, publicidad y venta directa.
  • Temas 57 a 62 — el sistema de calidad y las instituciones del ramo: sistemas de garantía de calidad y procedimientos normalizados de trabajo; sistemas de calidad de los servicios de inspección y auditorías (el Joint Audit Programme internacional, las auditorías con la AEMPS y las comunidades autónomas y las auditorías bienales del Centro de Farmacovigilancia de Navarra); el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, con su régimen sancionador; la estructura y funciones del Departamento de Salud y de la propia Sección de Ordenación e Inspección Farmacéutica; la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios; y el Comité Técnico de Inspección.

Fíjate en los tres últimos: el tema 60 es tu propia unidad de destino, el 61 es la agencia con la que se coordina la inspección y el 62 es el órgano de coordinación estatal de los servicios de inspección. No son temas de cultura general: son la parte del temario que contesta “¿dónde voy a trabajar y con quién?”.

El reparto completo, con cada uno de los 80 temas, está en el post del temario de la oposición.

Las condiciones del puesto

DatoDetalle
Plazas3, de nivel A, grupo de clasificación A
Turnos1 plaza en el turno libre, 1 en el turno de promoción y 1 en el turno de reserva para personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 %
CarácterFuncionarial (nombramiento como funcionaria o funcionario de nómina y plantilla)
AdscripciónDirección General de Salud, Sección de Ordenación e Inspección Farmacéutica
LocalidadPamplona
Jornada y dedicaciónDedicación exclusiva: el Decreto Foral 246/2023 reconoce a los puestos de médico y farmacéutico de esta sección el complemento de dedicación exclusiva, bajo el epígrafe de plena disponibilidad y absoluta dedicación (disposición adicional quinta), conforme al Decreto Foral 100/2005
Carnet de conducirClase B, exigido en las tres plazas
IdiomaEl anexo II no marca requisito de idioma en ninguna de las tres plazas
TitulaciónLicenciatura en Farmacia, o grado que habilite para el ejercicio de la profesión, o título declarado equivalente
Tasa41,60 euros, con exención para quienes tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 33 % y para quienes figuren inscritas como desempleadas durante, al menos, el mes anterior a la publicación de la convocatoria

El nombramiento llega tras la oposición, la acreditación de requisitos y la elección de vacantes, y el nombramiento se publica en el Boletín Oficial de Navarra; la toma de posesión se fija en la propia resolución. Quien no toma posesión sin causa justificada pierde todos sus derechos, y esa baja se cubre con la siguiente persona de la relación de aprobados.

Fechas y pruebas, en corto

  • Publicación: Resolución 2970/2026, de 14 de septiembre, de la directora general de Función Pública, en el BON nº 192, de 28 de septiembre de 2026.
  • Plazo de solicitudes: la base 3.1 fija veinte días naturales contados a partir del día siguiente a su publicación en el BON, lo que sitúa la última jornada en el 18 de octubre de 2026 (el plazo es improrrogable); la ficha oficial del trámite en navarra.es publica como plazo el 29 de septiembre al 19 de octubre de 2026. Es una diferencia de un día que conviene mirar en la ficha antes de apurar: la inscripción se hace solo por internet, con certificado digital o Cl@ve.
  • Examen: la oposición da comienzo a partir de enero de 2027; el lugar, la fecha y la hora de la primera prueba se fijan en la resolución que aprueba la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.
  • Estructura: tres pruebas. La segunda y la tercera, además de las materias de la parte específica, evalúan «los conocimientos necesarios para el desarrollo de las funciones propias del puesto de trabajo» (bases 6.3.2 y 6.3.3). Los detalles están en el post del examen.

Después: listas de contratación temporal

Una parte de esta oposición que casi nadie mira y que a mucha gente le cambia el año: la base 12 crea, con quienes participan en el proceso y no obtienen plaza, dos listas de aspirantes a la contratación temporal en el ámbito de Administración Núcleo:

  • la lista de aprobados sin plaza, y
  • la lista de aspirantes que no hayan resultado aprobados sin plaza.

Los llamamientos y las contrataciones se rigen por el Decreto Foral Legislativo 251/1993 y por la Orden Foral 814/2010, de gestión de la contratación temporal; los empates se resuelven con los mismos criterios de desempate de la convocatoria, y antes de aprobar las listas puede abrirse un plazo para acreditar el nivel de idiomas. En la ficha del trámite, el Gobierno de Navarra da un teléfono propio para las dudas sobre estas listas, separado del de las bases.

Dicho de otro modo: presentarse tiene valor aunque no se saque una de las tres plazas, porque el mismo perfil de puesto se cubre con contratos temporales y las listas salen de este proceso. Y si lo que quieres es la plaza fija, el camino está en el temario y en el simulacro: los 80 temas, con 62 dedicados a inspección, ordenación y control, no se aprueban a base de lecturas sueltas.

Cómo prepararlo

El pack de la oposición reúne el temario desarrollado por bloques, banco de preguntas y simulador con el formato de las pruebas. Puedes verlo aquí: Pack Farmacéutico/a Navarra 2026. Si antes quieres ordenar el proceso completo, empieza por el resumen de la oposición, pasa por los requisitos y el “¿me presento?” y sigue por cómo preparar la oposición.

Preguntas frecuentes

¿Qué hace un farmacéutico de la Administración foral de Navarra?

Inspección y ordenación farmacéutica. La Sección de Ordenación e Inspección Farmacéutica autoriza, registra e inspecciona establecimientos y servicios farmacéuticos (oficinas de farmacia, botiquines, servicios de farmacia hospitalarios y sociosanitarios, depósitos de medicamentos, distribuidores y laboratorios), controla el mercado de medicamentos, productos sanitarios, cosméticos y productos de cuidado personal, gestiona las alertas farmacéuticas y mantiene los registros oficiales de centros, servicios, establecimientos y profesionales. Las funciones exactas están en el artículo 17 del Decreto Foral 246/2023, de 15 de noviembre.

¿Dónde se trabaja, en un hospital o en oficinas centrales?

El puesto está adscrito a la Dirección General de Salud y radicado en Pamplona, en la Sección de Ordenación e Inspección Farmacéutica del Servicio de Ordenación e Inspección Sanitaria y de Farmacia. No es un puesto de dispensación a pacientes: el trabajo se reparte entre el expediente (autorizaciones, registros, publicidad) y las visitas de inspección a establecimientos de toda Navarra, en oficinas de farmacia, botiquines rurales, servicios de farmacia de centros hospitalarios y sociosanitarios, depósitos de medicamentos, entidades de distribución, laboratorios y establecimientos de productos sanitarios, óptica, ortopedia y audioprótesis.

¿Hace falta el carnet de conducir B para esta oposición?

Sí. Las tres plazas del anexo II de la convocatoria llevan marcado el requisito de carnet de conducir de la clase B, y la base 2.1.5 lo exige para acceder a una plaza con ese requisito. Se acredita con copia del permiso cuando superas la oposición, en el trámite de acreditación de requisitos, no al inscribirte.

¿Es un puesto de dedicación exclusiva?

El Decreto Foral 246/2023 reconoce a los puestos de médico y farmacéutico adscritos a la Sección de Ordenación e Inspección Farmacéutica (y a la de Control de Farmacovigilancia) el complemento de dedicación exclusiva, dentro de su disposición adicional quinta, titulada régimen de plena disponibilidad y absoluta dedicación. Es una plaza de dedicación plena, no una compatibilidad de media jornada.

Si no saco plaza, ¿puedo trabajar igualmente con esta oposición?

Sí, la base 12 de la convocatoria crea dos listas de aspirantes a la contratación temporal con quienes hayan participado en el proceso: la lista de aprobados sin plaza y la de quienes no hayan resultado aprobados sin plaza. Los llamamientos se hacen con el Decreto Foral Legislativo 251/1993 y la Orden Foral 814/2010, y el mismo perfil de puesto se cubre en contratos temporales mientras no haya plaza fija.

Fuentes

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