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Letrado del Consell de Formentera 2026: 1 plaza, bases y plazo

15 min de lectura

El Consell Insular de Formentera convoca 1 plaza de Letrado/a A1 en turno libre (OPE 2024): requisitos, temario de 90 temas y plazo hasta el 3 de noviembre.

El Consell Insular de Formentera busca un letrado o una letrada, personal funcionario de carrera, grupo A1: una sola plaza por turno libre dentro de la Oferta Pública de Empleo Extraordinaria de 2024. Las bases se aprobaron por acuerdo de la Junta de Govern de 19 de diciembre de 2025 y se han publicado en el BOIB núm. 122, de 29 de septiembre de 2026; el anuncio de la convocatoria apareció después en el BOE núm. 247, de 5 de octubre de 2026, y es esa publicación la que abre el reloj de las solicitudes. No es una oposición cómoda: suma un filtro de idioma (catalán C1), un temario de 90 temas muy volcado en el derecho balear y un formato de concurso-oposición en el que la experiencia y la formación pesan 40 puntos.

Datos clave de la convocatoria

DatoDetalle
Plazas convocadas1 plaza de Letrado/a, vacante en la plantilla de funcionarios
GrupoA1
EncuadreEscala de Administración General, subescala técnica
TurnoLibre, personas no funcionarias que cumplan los requisitos
OfertaOferta Pública de Empleo Extraordinaria (OPE) de 2024
Sistema selectivoConcurso-oposición: oposición 60 puntos + concurso 40 puntos
TitulaciónGrado o Licenciatura en Derecho o equivalente
Requisito lingüísticoCatalán, nivel C1
Tasa de examen24 €, con exenciones
Publicación de las basesBOIB núm. 122, de 29 de septiembre de 2026
Anuncio en el BOEBOE núm. 247, de 5 de octubre de 2026 (BOE-A-2026-20640)
Plazo de solicitud20 días hábiles desde el día siguiente al BOE: del 6 de octubre al 3 de noviembre de 2026
Lugar de presentaciónSede electrónica del Consell (ovac.conselldeformentera.cat) u Oficina de Atención Ciudadana

Quién puede presentarse

La base tercera fija los requisitos, y hay que cumplirlos el día en que termina el plazo de solicitudes y mantenerlos hasta la toma de posesión. Son estos:

  • Nacionalidad. Nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea (o de los Estados con libre circulación de trabajadores por tratados ratificados por España). Quien no tenga la nacionalidad española debe acreditarla documentalmente y, si de su origen no se desprende el conocimiento del castellano, aportar el diploma DELE o equivalente.
  • Edad. Haber cumplido 16 años en la fecha de fin del plazo y no superar la edad de jubilación forzosa.
  • No estar inhabilitado. No haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna administración pública ni hallarse inhabilitado de forma absoluta o especial para cargos públicos.
  • Derechos de examen. Haber abonado la tasa en la forma de la base cuarta.
  • Titulación. Estar en posesión del título de Grado o titulación equivalente en Derecho, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que acabe el plazo. Las titulaciones extranjeras necesitan convalidación u homologación.
  • Lengua catalana. Acreditar el nivel C1 de catalán con un certificado igual o superior al que exige el Decreto 11/2017, expedido o reconocido como equivalente por el órgano autonómico balear competente (o por la Escuela Balear de Administración Pública).

El catalán C1 no es un mérito, es un requisito de admisión: sin el certificado —o sin su homologación por el órgano balear— la solicitud queda fuera. Ojo con un detalle que tumba candidaturas cada año: los certificados obtenidos en Cataluña o en la Comunitat Valenciana, y los estudios de ESO o bachillerato cursados en esas comunidades, no son válidos directamente; hay que pedir la homologación al órgano balear, y esa homologación debe estar hecha antes de que acabe el plazo.

La base aclara además que las personas que opten al turno de reserva para personas con discapacidad deben indicarlo expresamente en la solicitud, y que cualquier adaptación para realizar las pruebas (también en el turno libre) se pide en el momento de inscribirse.

Plazo, tasa y presentación de la solicitud

El plazo es de 20 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el BOE, no desde su publicación en el BOIB. El anuncio salió en el BOE núm. 247, de 5 de octubre de 2026, de modo que el cómputo arranca el 6 de octubre y termina el 3 de noviembre de 2026. El 12 de octubre (Fiesta Nacional) es festivo y no cuenta como día hábil. Las solicitudes presentadas fuera de ese plazo se excluyen y se archivan.

Cada aspirante debe acompañar a la solicitud:

  • DNI o NIE (y, en su caso, el documento que acredite la nacionalidad).
  • Justificante del abono de la tasa o, si procede, de la exención.
  • Titulación o certificado académico de haber cursado y aprobado los estudios, sin perjuicio de presentar el título después.
  • Certificado de catalán de nivel C1 emitido por el órgano competente.
  • Relación de méritos que quiera que se le valoren en la fase de concurso.

La tasa son 24 €, según la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos del Consell. Se paga con la carta de pago de la sede electrónica del Consell (ovac.conselldeformentera.cat), en cajeros o en la banca electrónica de CaixaBank y Banco Sabadell para quien tenga certificado digital; si se ingresa directamente en la entidad bancaria, hay que incorporar el resguardo a la solicitud. Quedan exentas del pago las personas en situación de desempleo, las familias numerosas y las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, acreditando la circunstancia (informe del SOIB, título de familia numerosa o certificado de discapacidad).

Dónde se presenta. Preferentemente en la sede electrónica del Consell o en la plataforma habilitada, o de forma presencial en la Oficina de Atención Ciudadana, en la calle de Ramón Llull, número 6, de Sant Francesc. También cabe usar cualquiera de las vías del artículo 16 de la Ley 39/2015; si se envía por una administración distinta, hay que remitir la justificación de la fecha de envío al correo convocatories@conselldeformentera.cat. En la solicitud hay que declarar bajo responsabilidad que se cumplen todos los requisitos: la falta de esa declaración responsable es causa de exclusión. Una vez cerrado el plazo, la presidencia publica en el plazo máximo de un mes la lista provisional de admitidos y excluidos, y quien quede fuera tiene diez días hábiles para reclamar.

Proceso selectivo: oposición y concurso

El procedimiento es de concurso-oposición. La oposición vale 60 puntos y es eliminatoria; solo quien la supera pasa al concurso, que añade hasta 40 puntos más. La nota final es la suma de las dos fases.

Fase de oposición (60 puntos)

Primera prueba: cuestionario tipo test. 80 preguntas con cuatro respuestas alternativas —16 del temario general y 64 del específico—, con un 10 % más de preguntas de reserva, en 145 minutos. Cada acierto vale 0,375 puntos; las preguntas sin contestar o con más de una marca no restan, y cada tres respuestas erróneas penalizan como una acertada. El temario general (0 a 6 puntos) exige un mínimo de 3 puntos; el específico (0 a 24) exige un mínimo de 12. Si no se supera el general, el tribunal no corrige la parte específica. La prueba completa (máximo 30 puntos) se supera con 15.

Segunda prueba: práctica. Resolución de uno o varios ejercicios prácticos que pueden consistir en la redacción de informes y proyectos, la resolución de supuestos y similares. Si es un supuesto práctico a desarrollar por escrito, se elige por sorteo entre cuatro casos propuestos por el tribunal, siempre relacionados con las funciones de la plaza y con el temario específico. El tiempo lo fija el tribunal y no puede pasar de 180 minutos. Se pueden usar textos legales, pero no los comentados, anotados ni subrayados (sí los textos consolidados). Se valora de 0 a 30 puntos y se supera con 15.

Puntuación de la oposición. La suma de ambas pruebas da la nota de oposición, con un mínimo de 30 puntos para superarla y un máximo de 60.

Fase de concurso (40 puntos)

Solo accede quien supera la oposición, y el concurso se suma para fijar el orden definitivo. Los méritos se valoran con referencia a la fecha de fin del plazo de solicitudes (aunque la documentación se entregue después, en diez días hábiles desde la lista de aprobados de la oposición). El reparto es:

  • Experiencia profesional: hasta 15 puntos. Servicios en la Administración Pública en un puesto del mismo subgrupo (o grupo): 0,20 puntos por mes completo. Ejercicio profesional de tareas relacionadas con el puesto, por cuenta ajena o como autónomo: 0,10 puntos por mes, con un máximo de 3 puntos.
  • Formación: hasta 20 puntos. Titulaciones académicas (máximo 10): doctorado 4 puntos, otra licenciatura, grado o diplomatura 3, máster universitario relacionado 2, máster propio o experto 1. Cursos de formación (máximo 8): 0,005 por hora impartida, 0,003 por hora aprovechada y 0,0015 por hora de asistencia. Publicaciones (máximo 2): 0,50 por autoría y 0,25 por coautoría en libro, y 0,10 y 0,05 en revista, congreso o jornada.
  • Idiomas: hasta 5 puntos. Catalán C2: 2 puntos; certificado LA: 0,50 (acumulable al C2). Lenguas extranjeras por niveles del MCER: A1 0,25, A2 0,50, B1 0,75, B2 1, C1 1,5 y C2 2 puntos, por el nivel más alto de cada lengua.

En caso de empate, decide primero la mejor nota de la oposición, después la del concurso, luego la experiencia en puestos análogos, después el sexo menos representado y, en último lugar, un sorteo.

Temario: 90 temas con mucho peso balear

El programa completo está en el anexo I de las bases y se divide en dos bloques. El temario general son los temas 1 a 21: la Constitución de 1978 y su reforma, el Gobierno y la Administración General del Estado, el Estado de las autonomías, la Unión Europea, el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, el régimen local, los consejos insulares, las haciendas y la tesorería local, las fuentes del derecho administrativo, el régimen jurídico del sector público, el acto administrativo y su validez, el procedimiento administrativo, la potestad sancionadora, la responsabilidad patrimonial, los recursos, los contratos del sector público, las subvenciones y la actividad de servicio público.

El temario específico va del tema 22 al 90 y es donde el programa se vuelca en la administración de la isla y en el derecho procesal:

  • Organización institucional: las Cortes Generales y el control del Gobierno, el poder judicial, las competencias municipales, insulares y autonómicas del Consell de Formentera, el Parlament y el Govern de les Illes Balears, la administración institucional.
  • Administración local y autonómica balear: la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares (con atención especial a su disposición transitoria cuarta sobre el Reglamento Orgánico de Formentera) y el Reglamento Orgánico del Consell Insular de Formentera en sus cuatro bloques (organización, presidente, estatuto de los consellers y órganos consultivos).
  • Transparencia y control: la Ley 19/2013 de transparencia y el derecho de acceso a la información pública.
  • Bienes, patrimonio y urbanismo: los bienes de las entidades locales, la Ley del Patrimonio Histórico de las Illes Balears, la expropiación forzada, el presupuesto de las entidades locales, la Ley 12/2017 de urbanismo de las Illes Balears y la planificación territorial de las islas.
  • Función pública y contratación: el TREBEP, la Ley 3/2007 de función pública de la CAIB, el régimen disciplinario, la Ley 53/1984 de incompatibilidades y la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
  • Material procesal y sustantivo: la jurisdicción contencioso-administrativa y su procedimiento, la obligación civil y los derechos reales, la tutela y adopción (con las competencias insulares en infancia y adolescencia), los delitos contra la Administración Pública y contra el medio ambiente, el contrato de trabajo y el proceso laboral, el proceso civil y el proceso penal, el derecho de la Unión Europea y la administración electrónica.

El temario dibuja el perfil del puesto: un letrado de asesoría jurídica que informa, redacta y defiende los asuntos del Consell —urbanismo, contratos, personal, patrimonio y contencioso— y que por eso necesita tanto la parte de derecho local balear como la procesal.

Qué pasa después: prácticas, nombramiento y bolsín

Quien supera el proceso es nombrado funcionario en prácticas, con un periodo que no puede exceder los seis meses y que se retribuye con las cantidades del puesto. Quien acredite haber prestado servicios en el Consell Insular de Formentera durante al menos seis meses en el mismo subgrupo y categoría con valoración adecuada puede ser nombrado directamente funcionario de carrera, sin pasar por las prácticas. Superado el periodo, el nombramiento definitivo se publica en el BOIB.

Además, el proceso alimenta un bolsín de interinidades: en el acta de la última sesión se incluye la relación de quienes hayan superado al menos la primera prueba (el test), por orden de puntuación, para cubrir vacantes, sustituciones e incidencias temporales en puestos de la misma categoría. Aprobar el test sin superar la oposición no te da la plaza, pero sí te coloca en la bolsa para trabajar como interino.

Cómo preparar esta oposición

El formato condiciona la estrategia. El test reparte el peso de forma muy desigual —6 puntos el temario general y 24 el específico— y, además, sin superar el general no se corrige el específico: descuidar la Constitución y el derecho administrativo general para irse directo al derecho balear es un error que se paga con la exclusión. El bolsillo del programa donde de verdad se decide la nota es el específico, con un bloque de derecho local balear (Ley 4/2022, Reglamento Orgánico del Consell, función pública, urbanismo y patrimonio) que apenas aparece en otras oposiciones y que hay que estudiar con las normas consolidadas a la vista.

Para esa base común de derecho administrativo local —la que comparten las oposiciones de ayuntamientos, consells y diputaciones— puedes apoyarte en la Parte común Administración Local 2026: cubre Constitución, Ley 7/1985, Leyes 39/2015 y 40/2015, TREBEP, haciendas locales, transparencia e igualdad con 50 preguntas resueltas y citadas, un esquema de los artículos clave de la Ley 7/1985 y un diagnóstico interactivo. Cuesta 36,00 € y se entrega como guía web privada e imprimible desde el área de cliente.

Si estás comparando oposiciones de letrado, te servirán también las 2 plazas de letrado del Ayuntamiento de Cádiz, las de letrado/a asesor/a del Ayuntamiento de Zaragoza y la del letrado del Ayuntamiento de Almería: las tres comparten con Formentera el grueso de derecho local y procesal.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas plazas de letrado convoca el Consell Insular de Formentera en 2026? Una sola plaza de Letrado/a, de personal funcionario de carrera, perteneciente a la escala de Administración General, subescala técnica, grupo A1. Se cubre por turno libre dentro de la Oferta Pública de Empleo Extraordinaria (OPE) de 2024, aprobada por la Junta de Govern del Consell en sesión de 19 de diciembre de 2025.

¿Qué requisitos piden para la plaza de letrado del Consell de Formentera? Los generales de cualquier oposición de funcionario (nacionalidad española o de la UE, 16 años cumplidos y no alcanzar la jubilación forzosa, no estar inhabilitado, estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Grado o Licenciatura en Derecho) más dos que filtran mucho: acreditar catalán de nivel C1 y abonar la tasa de examen.

¿Hasta cuándo se puede presentar la solicitud? El plazo es de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el BOE. El anuncio salió en el BOE núm. 247, de 5 de octubre de 2026, así que el plazo va del 6 de octubre al 3 de noviembre de 2026, ambos inclusive (el 12 de octubre, Fiesta Nacional, no cuenta por ser festivo).

¿Cuánto cuesta la tasa de examen y quién está exento? La tasa son 24 €, que se abonan con la carta de pago de la sede electrónica del Consell. Están exentos quienes se encuentren en situación legal de desempleo, las familias numerosas y las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, siempre que acrediten esa circunstancia en el plazo de solicitud.

¿En qué consiste el examen de letrado del Consell de Formentera? Es un concurso-oposición. La oposición (60 puntos) tiene dos pruebas eliminatorias: un test de 80 preguntas (16 del temario general y 64 del específico, 145 minutos, 0,375 puntos por acierto y penalización de una pregunta acertada por cada tres errores) y una prueba práctica de supuestos, informes o proyectos de hasta 180 minutos. Después, el concurso añade hasta 40 puntos por experiencia, formación e idiomas.

¿El temario es de derecho local y autonómico? En buena parte, sí. El programa tiene 90 temas que se reparten en un temario general de 21 (Constitución, organización del Estado, Unión Europea, procedimiento administrativo, contratos, subvenciones…) y un temario específico de 69 (Ley 4/2022 de consells insulares, Reglamento Orgánico del Consell de Formentera, función pública balear, urbanismo y ordenación territorial de las Illes Balears, patrimonio histórico, además de contencioso-administrativo, civil, penal y laboral).

¿Hace falta el máster de abogacía o estar colegiado para presentarse? Las bases no lo exigen. El único requisito de titulación es el Grado o la Licenciatura en Derecho (o titulación equivalente, o estar en condiciones de obtenerla al acabar el plazo). No mencionan ni el máster de acceso a la abogacía ni la colegiación obligatoria como condición de admisión.


Fuentes. Bases específicas que rigen las pruebas selectivas para el ingreso, por turno libre, para proveer una plaza vacante de Letrado/a del Consell Insular de Formentera, OPE 2024, publicadas en el BOIB núm. 122, de 29 de septiembre de 2026 (anuncio núm. 9653, páginas 53202 a 53226): https://www.caib.es/eboibfront/pdf/es/2026/122/1229183. Anuncio de la convocatoria en el BOE núm. 247, de 5 de octubre de 2026 (BOE-A-2026-20640): https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-20640.

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