Oposiciones letrado Almería 2026: 2 plazas, promoción interna
El Ayuntamiento de Almería convoca 2 plazas de Letrado/a (A1) por oposición de promoción interna: requisitos, temario de 30 temas, ejercicios y plazo.
El Ayuntamiento de Almería convoca dos plazas de Letrado/a, grupo A1, para su plantilla de personal funcionario, y ahí está la letra pequeña que decide casi todo: se cubren por oposición, pero dentro del turno de promoción interna horizontal, no por turno libre. Es decir, solo pueden presentarse quienes ya sean funcionarios de carrera de ese Ayuntamiento con al menos dos años de antigüedad en un puesto A1. Si no trabajas en el Ayuntamiento de Almería, esta convocatoria no es para ti, por muy buen letrado que seas.
Publicada en el B.O.P. de Almería núm. 181, de 18 de septiembre de 2026 (referencia 2026/44613P), la convocatoria pertenece a la oferta de empleo público (OEP) para el año 2026 y se desarrolla según las Bases Generales publicadas en el BOP de Almería núm. 57, de 24 de marzo de 2017. Trae tasa, requisitos, tres ejercicios y el programa completo de 30 temas; lo desglosamos entero a continuación.
Datos clave de la convocatoria
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Plazas convocadas | 2 plazas de Letrado/a, vacantes en la plantilla de funcionarios |
| Grupo | A / subgrupo A1 |
| Encuadre | Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Plazas de Técnicos Superiores |
| Sistema y turno | Oposición, turno de promoción interna horizontal (no es turno libre) |
| Año de la oferta | OEP 2026, publicada en el BOP de Almería núm. 119, de 23 de junio de 2026 |
| Publicación | BOP de Almería núm. 181, de 18 de septiembre de 2026 |
| Plazo de solicitud | 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el BOE |
| Tasa de examen | 22 € (Ordenanza Fiscal núm. 14, EP.1) |
| Ejercicios | 3, todos eliminatorios: 3,5 h, 3 h y 2 h |
| Inicio del proceso | Febrero de 2027 |
| Resolución | Almería, 9 de septiembre de 2026 |
Quién puede presentarse
Las bases fijan dos requisitos específicos, y ninguno de los dos es fácil de saltar:
- Pertenecer al personal A1 del propio Ayuntamiento de Almería. Hay que ser funcionario de carrera de la Escala de Administración General, Subescala Técnica (Técnico de Administración General) o de la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnicos Superiores, con plaza en el Ayuntamiento de Almería y una antigüedad de al menos dos años en la plaza del Grupo A/Subgrupo A1.
- Titulación en Derecho. Licenciado o Grado en Derecho o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
A esos dos se suman los requisitos generales de las Bases Generales del BOP de Almería núm. 57, de 24 de marzo de 2017, que es donde se regulan la capacidad, las incompatibilidades y el resto de condiciones de acceso.
Cómo se solicita: plazo, tasa y registro
La solicitud, dirigida a la Alcaldesa, se presenta en el registro electrónico del Ayuntamiento de Almería (almeriaciudad.es/registro-electronico) o por cualquiera de los medios previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015. Por Correos va en sobre abierto, para que la oficina estampe la fecha antes de certificarla.
El plazo es de 20 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el BOE, no desde su publicación en el BOP provincial. A fecha de 25 de septiembre de 2026, el extracto de esta convocatoria no se había publicado todavía en el BOE: se comprobó en los sumarios del BOE del 18, 19, 21, 22, 23, 24 y 25 de septiembre (el domingo 20 no hay edición) y no aparecía. En consecuencia, a esa fecha el plazo aún no había empezado a contar y no hay día de cierre fijado todavía.
Otros puntos del trámite que conviene no perder de vista:
- Tasa de 22 €, según el art. 6 de la Ordenanza Fiscal núm. 14. Se paga con el impreso de autoliquidación de la Oficina Virtual Tributaria (aytoalmeria.tributoslocales.es/040137/AALMERIA/tasas, opción «documentos administrativos EP.1»), en entidad o con tarjeta desde la sede.
- La acreditación del pago se aporta con la solicitud: sello de pago contabilizado o NRC. Sin acreditación en plazo hay exclusión; lo mismo para quien esté exento y no aporte la documentación completa de la exención.
- En la solicitud hay que manifestar que se reúnen todas y cada una de las condiciones de las bases; los méritos presentados fuera de plazo no se tienen en cuenta.
- Cabe subsanar la omisión de los requisitos del art. 66 de la Ley 39/2015, pero no en los casos previstos en la propia convocatoria: concurrir a un sistema selectivo distinto del convocado, no declarar que se reúnen los requisitos, presentar la solicitud fuera de plazo, no pagar la tasa o pagar parcialmente, faltar la documentación de exención y cualquier otra omisión de dato o requisito distinta de las del art. 66.
Proceso selectivo: los tres ejercicios
El anuncio avisa de que las personas aspirantes deben estar atentas a las novedades que se publiquen por intranet municipal, y que el Tribunal podrá constituirse y reunirse de forma telemática o presencial. El inicio del proceso selectivo tendrá lugar en el mes de febrero de 2027.
La selección es una oposición ajustada a las Bases IX y X de las Bases Generales, con tres ejercicios, todos obligatorios y eliminatorios. Cada uno se califica de 0 a 10 y hay que alcanzar al menos 5 puntos para seguir.
- Primer ejercicio (teórico, 3 horas y 30 minutos). Desarrollo por escrito de un epígrafe del bloque I y dos temas del bloque II del programa, extraídos al azar en presencia de las aspirantes y leídos en sesión pública ante el Tribunal.
- Segundo ejercicio (teórico, 3 horas). Desarrollo por escrito de dos temas del bloque III, con el mismo sorteo público.
- Tercer ejercicio (práctico, 2 horas). Un supuesto práctico que el Tribunal planta justo antes de empezar, relativo a tareas propias de la plaza. Se corrige a ciegas: quedan automáticamente anulados los ejercicios en los que consten marcas o signos identificativos.
Criterios de corrección
El Tribunal valora, por este orden: conocimiento de las materias y adecuación al marco normativo vigente; desarrollo y estructuración correcta de los contenidos; capacidad de interrelación entre temas; capacidad de síntesis; uso del vocabulario específico y actualizado; expresión escrita y corrección ortográfica y gramatical; y calidad de la presentación (legible, claro, ordenado y coherente). Puede añadir criterios específicos, que informará antes de cada ejercicio, y las incorrecciones reiteradas y graves pueden suponer la calificación de no apto/a. No se pueden consultar textos, manuales ni dispositivos de apoyo salvo autorización expresa en el propio ejercicio.
Temario: los 30 temas del programa
El programa acompaña a la convocatoria y se reparte en tres bloques. Los dos primeros se examinan en el primer ejercicio (un epígrafe del bloque I y dos temas del bloque II); el tercero, en el segundo (dos temas).
Bloque I. Materias comunes
- La Administración Local. Régimen jurídico-administrativo de las Corporaciones Locales. Régimen de organización de los municipios de gran población.
- El procedimiento administrativo: principios informadores, fases del procedimiento y ejecución forzosa.
- La potestad sancionadora de la Administración: principios del ejercicio y procedimiento sancionador.
- El presupuesto de las Entidades Locales: elaboración, aprobación, ejecución, control y fiscalización.
- Personal al servicio de las Entidades Locales: tipología, régimen disciplinario, responsabilidad e incompatibilidades.
- El servicio público local: concepto, gestión directa e indirecta.
Bloque II. Derecho Administrativo Local
- La organización municipal: órganos necesarios y complementarios, concejo abierto y otros regímenes especiales, con especial referencia a los municipios de gran población.
- El procedimiento administrativo: eficacia, suspensión y revocación, ejecución forzosa y nulidad del acto administrativo.
- Los recursos administrativos: concepto y clases, requisitos generales, materias recurribles, legitimación y órgano competente; recurso de reposición, de alzada y extraordinario de revisión.
- Las leyes 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, con especial referencia al ámbito local y al Ayuntamiento de Almería.
- La responsabilidad patrimonial de la Administración: evolución histórica, régimen jurídico actual, caracteres, presupuestos, daños resarcibles, acción administrativa y responsabilidad de autoridades y personal.
- Régimen jurídico de los contratos del Sector Público: tipos de contratos, Administración contratante y órganos de contratación, contratista, capacidad y solvencia, y prohibiciones de contratar.
- La adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas: procedimientos de adjudicación, garantías exigibles, perfeccionamiento y formalización.
- Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos: prerrogativas de la Administración, ejecución y modificación, suspensión, extinción, cesión y subcontratación.
- Régimen urbanístico del suelo. Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía: clasificación del suelo, derechos y deberes de los propietarios.
- Intervención administrativa en la edificación y uso del suelo: licencia urbanística, actos sujetos a licencia y régimen jurídico, declaraciones responsables y comunicaciones previas.
- El deber urbanístico de conservación: órdenes de ejecución y declaración de ruina, protección de la legalidad urbanística.
- Infracciones y sanciones urbanísticas. Responsabilidad penal.
Bloque III. Derecho Procesal
- Los órdenes jurisdiccionales, conflictos de jurisdicción y cuestiones de competencia. La defensa en juicio y el ejercicio de acciones judiciales en las Entidades Locales. La Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Almería.
- El proceso civil (I): jurisdicción y competencia civil, las partes y el juicio verbal.
- El proceso civil (II): juicio ordinario, demanda, contestación, audiencia previa, prueba, sentencia y cosa juzgada.
- El proceso penal (I): modos de iniciación, las partes y el proceso penal ordinario.
- El proceso penal (II): procedimiento abreviado, enjuiciamiento rápido de determinados delitos y procedimiento por delitos leves.
- Delitos contra la Administración Pública: prevaricación, cohecho y tráfico de influencias; delitos contra la ordenación del territorio.
- La jurisdicción social (I): ámbito y competencia, partes procesales y proceso ordinario.
- La jurisdicción social (II): modalidades procesales, con especial referencia al despido y a las sanciones; extinción del contrato de trabajo por causas objetivas, despido colectivo y otras causas; conflictos colectivos e impugnación de convenios; tutela de derechos fundamentales y libertades públicas.
- La jurisdicción contencioso-administrativa: concepto y naturaleza, extensión y límites, órganos y competencias, legitimación, objeto del recurso y pretensiones.
- El procedimiento contencioso-administrativo en primera o única instancia, medidas cautelares y costas.
- El procedimiento abreviado, procedimientos especiales y plazos en la jurisdicción.
- La ejecución de la sentencia en el procedimiento contencioso-administrativo. Recursos.
Cómo se califica
Cada ejercicio se califica de 0 a 10, con un mínimo de 5 para no ser eliminado. La nota de cada persona aspirante es la media aritmética de las calificaciones de los miembros del Tribunal, eliminando la mayor y la menor. La calificación global resulta de sumar la fase de concurso y la fase de oposición conforme a la Base XI de las Bases Generales; el detalle de la fase de concurso —los méritos que puntúan— está en esas bases, no en el anuncio.
Tribunal, recursos y reconocimiento médico
El Tribunal lo forman presidente/a y cuatro vocales con voz y voto, más secretario/a con voz y sin voto, con sus suplentes, y debe tener titulación igual o superior a la exigida para la plaza, con paridad y composición predominantemente técnica. Sus miembros deben abstenerse si concurren las circunstancias del art. 23 de la Ley 40/2015 o si han hecho tareas de preparación de aspirantes en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria (art. 13.2 del RD 364/1995); las aspirantes pueden recusarlos en cualquier momento.
Tras superar el proceso, la toma de posesión queda supeditada a la superación del reconocimiento médico del Servicio de Prevención del Ayuntamiento. Y contra la convocatoria cabe recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes (arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015) o recurso contencioso-administrativo directamente en el plazo de dos meses (art. 46, en relación con el art. 8, de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
La admisión se decide sobre los documentos presentados con la solicitud, con posibilidad de verificación y comprobación de datos en cualquier momento; los originales de las fotocopias se exhiben al hacerse efectiva la contratación o el nombramiento.
Cómo preparar esta oposición
Con tres ejercicios escritos y un programa de 30 temas, el error más común es repartir el tiempo al revés: el bloque III (derecho procesal) es el que más temas concentra fuera del derecho local y el que más se descuida, pero es el que se examina en un ejercicio entero de tres horas. Conviene atacar primero el bloque común —que es el que más rápido se acumula si ya vienes de preparar otra oposición de Administración Local—, y luego ir a por el bloque II y el III con esquemas de plazos y de órganos.
Para esa base común está la Parte común Administración Local 2026: bloque jurídico común de las oposiciones de ayuntamientos y diputaciones, con 50 preguntas resueltas con cita legal, esquema de los artículos clave de la Ley 7/1985, comparativa entre régimen común y de gran población, plan de estudio de seis semanas y diagnóstico interactivo. Cuesta 36,00 € y se entrega como guía web privada e imprimible desde el área de cliente: ver la Parte común Administración Local 2026.
Si comparas convocatorias de letrado/a municipal, te servirán también las 2 plazas de letrado del Ayuntamiento de Cádiz, las de letrado/a asesor/a del Ayuntamiento de Zaragoza y la del asesor jurídico letrado de la Diputación de Jaén: las tres son oposiciones municipales o provinciales de letrado, y en las tres el temario de derecho local y procesal se parece más de lo que parece.
Preguntas frecuentes
¿Es turno libre la convocatoria de letrado/a del Ayuntamiento de Almería 2026? No. Las dos plazas se convocan por oposición, pero dentro del turno de promoción interna horizontal de la OEP 2026: solo pueden presentarse quienes ya sean funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Almería con dos años de antigüedad en un puesto A1. Quien no sea personal de ese Ayuntamiento no puede concurrir a esta convocatoria, aunque tenga Grado o Licenciatura en Derecho.
¿Qué requisitos piden para las plazas de letrado/a del Ayuntamiento de Almería? Dos requisitos específicos, además de los generales de las Bases Generales: pertenecer a la Escala de Administración General, Subescala Técnica, Técnico de Administración General, o a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnicos Superiores, del Ayuntamiento de Almería, con plaza de funcionario de carrera y antigüedad de al menos dos años en un puesto A1; y poseer Licenciatura o Grado en Derecho o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo cuando cierre el plazo de solicitudes.
¿Hace falta el máster de abogacía para las plazas de letrado/a del Ayuntamiento de Almería? El anuncio de la convocatoria no exige el máster de acceso a la abogacía: el único requisito de titulación que fija es la Licenciatura o Grado en Derecho o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo al finalizar el plazo de solicitud. Comprobado sobre el texto del BOP de Almería núm. 181, de 18 de septiembre de 2026, a fecha de 25 de septiembre de 2026.
¿Hay que estar colegiado para presentarse a estas oposiciones de letrado/a? No, según el anuncio publicado. Estas bases no mencionan la colegiación en el ilustre colegio de abogados como requisito de admisión ni de los ejercicios: la inscripción exige la titulación universitaria en Derecho y el cumplimiento de los requisitos de antigüedad. Comprobado sobre el texto del BOP de Almería núm. 181, de 18 de septiembre de 2026, a fecha de 25 de septiembre de 2026.
¿El temario es de derecho local? Sí, en su parte específica. El programa tiene 30 temas en tres bloques: un bloque común de seis temas de Administración Local, un bloque de derecho administrativo local con los temas 7 a 18 (organización municipal, procedimiento, recursos, transparencia, responsabilidad patrimonial, contratos y disciplina urbanística) y un bloque de derecho procesal con los temas 19 a 30, que incluye la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Almería, el proceso civil, penal, social y contencioso-administrativo.
¿Cuándo es el plazo de solicitud y cuándo empieza el examen? El plazo es de 20 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el BOE. A fecha de 25 de septiembre de 2026 el extracto de la convocatoria no había aparecido todavía en el BOE, por lo que el plazo no había empezado a contar. Según el propio anuncio, el inicio del proceso selectivo tendrá lugar en el mes de febrero de 2027; la fecha concreta de los ejercicios se avisará después, con atención a las novedades publicadas por el Ayuntamiento.
Fuentes. Anuncio de convocatoria de dos plazas de Letrado/a, del Excmo. Ayuntamiento de Almería, publicado en el B.O.P. de Almería núm. 181, de 18 de septiembre de 2026 (ref. 2026/44613P, resolución de 9 de septiembre de 2026): https://app.dipalme.org/bop/services/manager/edicto/2026/2502/anuncio.pdf. Oferta de empleo público 2026, BOP de Almería núm. 119, de 23 de junio de 2026. Bases Generales para la provisión de plazas vacantes de funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Almería, BOP de Almería núm. 57, de 24 de marzo de 2017. Sumarios del BOE del 18 al 25 de septiembre de 2026, comprobados el 25 de septiembre de 2026.
Artículos relacionados
Oposiciones letrado Ayuntamiento de Cádiz 2026: 2 plazas
Convocatoria de 2 plazas de letrado/a del Ayuntamiento de Cádiz (OEP 2021): requisitos, pruebas y plazo de solicitud.
Oposiciones Letrado/a Asesor/a Zaragoza 2026: 2 plazas
El Ayuntamiento de Zaragoza convoca 2 plazas de Letrado/a Asesor/a (A1, OEP/26) por oposición: dos ejercicios orales de cinco temas y un dictamen práctico.
Asesor Jurídico Letrado Diputación de Jaén 2026: 2 plazas
La Diputación Provincial de Jaén convoca 2 plazas de Asesor/a Jurídico/a Letrado/a por oposición en turno libre, con plazo hasta el 8 de octubre de 2026.