Controlador/a instalaciones deportivas Fuenlabrada 2026: 2 plazas
Oposición a controlador/a de instalaciones deportivas en Fuenlabrada 2026: 2 plazas C2, requisitos, temario, pruebas y plazo (20 días hábiles desde el BOE).
El Ayuntamiento de Fuenlabrada (Madrid) convoca 2 plazas de personal laboral fijo en la categoría Controlador/a de Instalaciones Deportivas del Patronato Municipal de Deportes (PMD), asimilada al subgrupo C2: una plaza de la OEP 2023 y otra de la OEP 2024, en turno libre y por el sistema de concurso-oposición. Las bases las aprobó la Junta de Gobierno Local el 18 de septiembre de 2026 y se publicaron en el BOCM núm. 229, de 25 de septiembre de 2026. El plazo de instancias todavía no está abierto: son 20 días hábiles que empiezan a contar el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE, y a 29 de septiembre de 2026 ese extracto seguía sin salir.
Datos rápidos de la convocatoria
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Organismo | Ayuntamiento de Fuenlabrada, a través del Patronato Municipal de Deportes (PMD) |
| Categoría | Controlador/a de Instalaciones Deportivas |
| Plazas | 2 (1 de la OEP 2023 y 1 de la OEP 2024) |
| Vínculo | Personal laboral fijo de plantilla, asimilado al subgrupo C2 |
| Turno | Libre |
| Sistema | Concurso-oposición: primero oposición (eliminatoria) y después concurso de méritos |
| Requisito de titulación | Graduado/a en ESO, FP Básica o equivalente |
| Plazo de instancias | 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE |
| Estado el 29-09-2026 | Plazo sin abrir: sin extracto publicado en el BOE |
| Bases expuestas en el tablón | Desde el 22 de septiembre de 2026 |
| Publicación en el BOCM | Núm. 229, de 25 de septiembre de 2026, páginas 328 y 329 |
| Temario | 20 temas: 8 comunes y 12 específicos |
| Fecha de examen | Sin anunciar |
Qué hace un/a controlador/a de instalaciones deportivas del PMD
Antes de apuntarte conviene saber qué se hace en la plaza, porque las bases la describen sin rodeos. Las funciones de los titulares de la plaza son las siguientes:
- Información específica sobre actividades deportivas, de escuelas y espacios deportivos, tanto telefónica como presencial.
- Controlar que los usuarios hacen un correcto uso de las instalaciones, cumpliendo las normas de acceso establecidas por el PMD, indicando la forma de hacerlo si fuera oportuno, y reportar cualquier incidencia relacionada con la seguridad de las personas a los departamentos competentes.
- Apertura y cierre de las instalaciones según sus horarios.
- Uso de todas las aplicaciones informáticas de gestión que el PMD ponga a disposición del puesto.
- Realizar el cobro de tasas de cualquier actividad con la supervisión del responsable para el correcto funcionamiento de las instalaciones.
- Control y apoyo de actividades deportivas.
Es, en suma, un puesto de atención al público, control de instalaciones y apoyo a la programación deportiva municipal: un trabajo de cara al usuario con responsabilidad sobre el acceso y la seguridad en los recintos. La plaza es laboral fija, no una plaza de funcionariado de carrera, y esa distinción importa después, en el contrato y en la carrera profesional.
Por cierto, esta convocatoria nació corregida: la OEP 2023 recogía inicialmente una plaza de «Controlador DOM y festivos» en el subgrupo AP, y la Junta de Gobierno rectificó la oferta para convertirla en «Controlador Instalaciones Deportivas», subgrupo C2. Ese encuadre es el primer punto del acuerdo de 18 de septiembre de 2026.
Requisitos para presentarse
Las bases fijan unos requisitos generales comunes a todo el proceso y unos específicos del puesto. En todos los casos se exige su cumplimiento tanto en el momento de presentar la solicitud como en el de la firma del contrato.
Requisitos generales:
- Ser española o de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea.
- Tener la mayoría de edad y estar en pleno uso de los derechos civiles.
- No haber sido separada del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse en situación de inhabidación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- Tener el título de Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria, de Formación Profesional Básica o de otro nivel equivalente.
Sobre ese último punto, las bases admiten excepciones que conviene conocer si no tienes el título:
- Las personas que acrediten una experiencia laboral de al menos 3 años en puestos de la misma categoría o grupo profesional, o que estén en posesión de certificado de profesionalidad.
- Para los puestos de oficio, podrá sustituirse por un título de grado medio o grado básico o certificado de profesionalidad de nivel intermedio o básico.
Requisitos específicos del puesto: estar dada de alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda, poseer la capacidad profesional necesaria y no incurrir en ninguna incompatibilidad, todo conforme a las bases generales del Ayuntamiento.
El plazo de instancias: cómo se cuenta y cuándo empieza
Este es el dato que más dudas genera, así que va literal. El acuerdo de la Junta de Gobierno establece:
Plazo de presentación de solicitudes: 20 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del anuncio del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
La cronología real hasta hoy es esta:
- 18 de septiembre de 2026. La Junta de Gobierno Local aprueba la rectificación de la OEP 2023, las bases y la convocatoria (expediente 2026/GPR_01/003988).
- 21 y 22 de septiembre de 2026. Se firman electrónicamente los documentos y las bases quedan expuestas en el tablón de anuncios electrónico.
- 25 de septiembre de 2026. Se publica el anuncio en el BOCM núm. 229 y el portal de empleo público del Ayuntamiento marca la convocatoria como «En proceso», con fecha de modificación del 25 de septiembre de 2026.
- 29 de septiembre de 2026. El extracto de la convocatoria sigue sin aparecer en el BOE, así que el plazo todavía no ha empezado a contar.
Mientras el BOE no publique el extracto, no hay fecha límite que anotar. Cuando lo haga, los 20 días hábiles se cuentan desde el día siguiente a esa publicación (los sábados, domingos y festivos no cuentan) y esa publicación es la que fija el cierre. Por eso lo único sensato hoy es prepararse y vigilar el BOE, no improvisar una presentación.
La presentación de la solicitud y de la documentación se rige, según la base sexta de las bases específicas, por la base quinta de las bases generales por las que se regirán los procesos selectivos del Ayuntamiento, aprobadas por la Junta de Gobierno Local de 15 de mayo de 2026 y con reseña publicada en el BOCM núm. 128, de 1 de junio de 2026. En cuanto al destino final de la documentación, las bases sí lo concretan para quien resulte seleccionado: las personas aspirantes propuestas deberán presentar en el Registro General del Ayuntamiento, en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente en que se notifique, la documentación acreditativa de los requisitos.
Las dos fases del proceso
El procedimiento de selección consta de dos fases sucesivas:
- Oposición, con carácter eliminatorio.
- Concurso, que va después, no es eliminatorio y no sirve para superar la oposición: puntúa los méritos ya acreditados en el documento de autobaremación.
Primer ejercicio: test de 40 preguntas
Es una prueba de conocimiento que consiste en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el Órgano de Selección, con 40 preguntas sobre el contenido de los 20 temas del Anexo I. Un dato que cambia cómo se prepara: un quinto de las preguntas (8) versará sobre el Bloque I, el común, y las 32 restantes sobre el Bloque II, el específico del PMD.
- Tiempo: 50 minutos.
- Opciones: tres respuestas alternativas por pregunta, con una sola correcta.
- Valoración: 0 a 10 puntos, con un mínimo de 5 puntos para superarla.
- Penalización: cada respuesta errónea se penaliza con la quinta parte del valor asignado a la contestación correcta. La pregunta no contestada —las tres letras en blanco o con más de una opción marcada— no tiene valoración.
- Plantilla: con carácter previo a las calificaciones, el Tribunal Calificador publica el cuestionario y la plantilla con las respuestas correctas, con carácter provisional.
Sobre esa plantilla provisional, los aspirantes disponen de dos días hábiles para formular alegaciones sobre el contenido de la prueba y la plantilla correctora, que resuelve el Tribunal. Después se publica el anuncio con las alegaciones e impugnaciones estimadas, el cuadernillo y la plantilla definitiva, junto con las calificaciones provisionales; contra estas, otros dos días hábiles de alegaciones, que se resuelven individualmente en el anuncio de las calificaciones definitivas.
Segundo ejercicio: prueba práctica
Consiste en un ejercicio de carácter práctico relacionado con las funciones del puesto, realizando las pruebas que determine el Tribunal con carácter previo, por un tiempo no inferior a veinte minutos. El tribunal queda facultado para determinar el nivel mínimo exigido para superarlo y el sistema de valoración que acuerde en cada ejercicio.
Se califica de 0 a 10 puntos y hacen falta 5 puntos para superarlo. Las dos pruebas son eliminatorias.
Criterios de desempate
Si hay empate, la base undécima de las bases específicas fija este orden:
- a) La mayor puntuación en la media de las pruebas de oposición.
- b) La mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
- c) La mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
- d) La mayor puntuación obtenida en la fase de méritos.
- e) La mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia.
- f) La mayor puntuación obtenida en el apartado de formación.
- g) La persona aspirante que pertenezca al género infrarrepresentado en la categoría objeto de la convocatoria en el Ayuntamiento.
La calificación de las fases de concurso y de oposición y la calificación final del proceso se rigen por la base novena de las bases generales del Ayuntamiento de 15 de mayo de 2026 (reseña en BOCM núm. 128, de 1 de junio de 2026).
Fase de concurso: baremo de los méritos
Aquí se puntúan los méritos del documento de autobaremación, con sus justificantes, hasta un máximo de 15 puntos repartidos así:
| Apartado | Qué puntúa | Máximo |
|---|---|---|
| A) Trabajo desempeñado | Experiencia en la categoría convocada | 6 |
| B) Formación técnica y transversal | Cursos de formación y perfeccionamiento | 6 |
| C) Superación de ejercicios | Pruebas eliminatorias de otras convocatorias | 2 |
| D) Otros méritos | Certificado de profesionalidad y titulación superior | 1 |
A) Trabajo desempeñado (máximo 6 puntos). Por trabajo desarrollado en cualquier Administración Local de régimen de gran población, en puestos de la categoría convocada, del mismo subgrupo y en el mismo ámbito: 1,8 puntos por año. En cualquier Administración Local de régimen común, en puestos de la categoría, subgrupo y ámbito convocados: 0,26 puntos por año. En cualquier otra Administración Pública: 0,13 puntos por año. En organizaciones no comprendidas en los apartados anteriores: 0,06 puntos por año. Los periodos inferiores a un año se prorratean por días.
B) Formación técnica y transversal (máximo 6 puntos). Cursos directamente relacionados con las funciones de la plaza, o formativos sobre elementos y programas de uso habitual en el puesto, o materias transversales (igualdad, prevención de riesgos laborales, habilidades sociales, trabajo en equipo, idiomas y competencias digitales), impartidos por el Ayuntamiento y demás Administraciones Públicas, o por centros no públicos dirigidos a empleados y empleadas públicas:
- Hasta 11 horas: 0,20 puntos.
- De 12 a 40 horas lectivas: 0,40 puntos.
- De 41 a 75 horas lectivas: 0,60 puntos.
- De 76 a 100 horas lectivas: 0,9 puntos.
- De 101 horas en adelante: 1,5 puntos.
Quien además haya impartido esos cursos multiplica la puntuación en horas por 2.
C) Superación de ejercicios (máximo 2 puntos). Un punto por cada prueba eliminatoria superada en la categoría convocada dentro de la Administración Local de gran población, hasta un máximo de 2. Solo se valoran las pruebas que exigen una puntuación mínima para superarse.
D) Otros méritos (máximo 1 punto). Certificado de profesionalidad relacionado con las funciones propias de la plaza: 1 punto. Disponer de la titulación superior a la requerida: 0,5 puntos por ítem.
Fórmula: la calificación de la fase de concurso es la suma de los puntos obtenidos dividida entre el total máximo que se puede conseguir y multiplicada por 10.
Reglas de la baremación, que importan más que los números:
- La fecha límite para computar cualquier mérito es el último día del plazo de presentación de solicitudes: lo que se acredite después ya no puntúa.
- Solo se valoran los méritos consignados en el autobaremo y debidamente acreditados en el plazo concedido; una vez cerrado el plazo del anuncio del tablón y la web municipal, no se admite más documentación a efectos de valoración.
- La experiencia se acredita con informe de la Vida Laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social junto con el Anexo I (administración pública) o certificado de empresa (sector privado).
- La formación se acredita con diploma o título en que consten los créditos ECTS o las horas lectivas y el contenido: 25 horas por crédito ECTS, o 10 horas por crédito cuando no se trate de ECTS. Las asignaturas o seminarios de un título académico no se pueden hacer valer como cursos.
- No se puntúan dos veces méritos que coincidan en el tiempo: a cada periodo se le aplica una sola puntuación. El tiempo en permisos y beneficios de protección de la maternidad y la conciliación sí computa (artículo 57 de la Ley Orgánica 3/2007).
- La documentación en un idioma distinto del castellano debe ir acompañada de traducción oficial al castellano por traductor/a jurado/a habilitado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; sin ella, el mérito no se valora.
Temario oficial (Anexo I)
Son 20 temas en dos bloques, y el primer ejercicio es sobre los 20: un quinto de las preguntas sobre el Bloque I y el resto sobre el Bloque II.
Bloque I. Comunes (temas 1 a 8)
- La Constitución española: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales.
- Derechos y deberes fundamentales. Garantías de las libertades y derechos fundamentales. Suspensión.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Estatuto Básico del Empleado Público. Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos.
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de la ley. Principio de igualdad y tutela contra la discriminación. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades.
- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Disposiciones generales. El municipio: concepto y elementos del municipio: territorio, población y organización municipal. Competencias municipales. El régimen de organización de los municipios de gran población.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.
- Acuerdo Colectivo de condiciones comunes de empleados y empleadas públicos/as del Ayuntamiento de Fuenlabrada y sus organismos autónomos.
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Derechos y obligaciones de los trabajadores en materia de seguridad.
Bloque II. Temas específicos (temas 9 a 20)
- Reglamento municipal sobre la utilización de las instalaciones y servicios deportivos municipales de Fuenlabrada.
- Control de accesos. Apertura y cierre de instalaciones deportivas.
- Instalaciones deportivas y otros espacios deportivos del ayuntamiento de Fuenlabrada.
- Tipos y características de las instalaciones y espacios deportivos.
- Comunicación con el usuario. Factores que favorecen la comunicación en las relaciones interpersonales. Modelos, normas y estilos de comunicación. Pautas básicas en la resolución de conflictos.
- Protocolo básico de atención al usuario. Normas para el trato directo con el cliente. Normas para el trato telefónico con el cliente. Normas para el trato electrónico con el cliente.
- Accesibilidad y uso de instalaciones deportivas. Objetivos, sistemas de accesos, circulación de usuarios, evacuación y control de aforos. Protocolos normalizados. Actuación en caso de emergencia.
- Manejo del programa de gestión integral deportivo OMESA.
- Funcionamiento del servicio online del PMD de Fuenlabrada.
- Procedimiento de inscripciones, plazos y matriculación de las Escuelas deportivas Municipales de Fuenlabrada.
- Normativa de actividades dirigidas de escuelas municipales de Fuenlabrada. Normativa oficial de uso de Piscina municipal de verano del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
- Primeros auxilios. Protocolos de actuación en caso de incidencias y emergencias y situaciones de riesgo.
Las bases prevén que cualquier cuestión relativa al temario se dirija al tribunal en el plazo de tres días hábiles desde su publicación, y que las modificaciones del temario se anuncian en la sede electrónica del Ayuntamiento.
Qué pasa después del examen
- Admisión. El tribunal resuelve sobre la admisión de las personas aspirantes y publica las listas, con recurso de reposición en el mes siguiente.
- Acreditación documental. Las personas aspirantes propuestas presentan la documentación que acredite el nivel de estudios, la experiencia, la formación y el resto de méritos alegados en el autobaremación, con los requisitos exigidos en las bases.
- Concurso. Se resuelve la fase de concurso con los méritos ya presentados.
- Propuesta y contrato. Quienes superen las pruebas quedan propuestos en orden de puntuación y, tras notificación, disponen de 20 días hábiles para acreditar la documentación en el Registro General del Ayuntamiento. Finalmente se formaliza el contrato como personal laboral fijo de plantilla, tal como prevé la decimotercera de las bases específicas.
Contra la resolución que pone fin a la vía administrativa cabe interponer recurso de reposición en el mes siguiente ante el mismo órgano o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su recepción, ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Madrid.
Cómo preparar la parte común
El reparto de preguntas es la clave del diseño del examen: 8 preguntas sobre el bloque común y 32 sobre el bloque específico. El bloque común —Constitución, EBEP, régimen local, procedimiento administrativo, acuerdo colectivo, prevención de riesgos laborales e igualdad— es normativa que se repite en casi todas las convocatorias municipales, y ahí se contesta rápido y bien; el grueso de la nota se juega en el bloque específico del Patronato Municipal de Deportes, que sale literalmente de las bases y del reglamento municipal de uso de instalaciones.
Para esa parte común, el pack de Personal de Servicios y Subalternos (Grupo E/AP) 2026 cubre el núcleo que se repite en las bases de esta familia: Constitución elemental, organización administrativa, atención al público, prevención de riesgos laborales e igualdad, con 40 tests razonados, autoevaluación y plan de estudio. El bloque específico del PMD —reglamento municipal, control de accesos, OMESA, escuelas deportivas y piscina— va aparte, y la fuente que prevalece son las propias bases de esta convocatoria.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas plazas de controlador/a de instalaciones deportivas convoca el Ayuntamiento de Fuenlabrada?
Convoca 2 plazas de personal laboral fijo de la categoría Controlador/a de Instalaciones Deportivas del Patronato Municipal de Deportes, asimilada al subgrupo C2: una correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2023 y otra a la de 2024, ambas en turno libre y por el sistema de concurso-oposición. Las bases prevén además que el número de plazas pueda ampliarse antes de terminar el proceso si aparecen nuevas vacantes o si alguna plaza sale desierta.
¿Está abierto el plazo de instancias de la oposición de controlador deportivo de Fuenlabrada?
No, a 29 de septiembre de 2026. El plazo es de 20 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del anuncio del extracto de la convocatoria en el BOE, y ese extracto seguía sin aparecer. Las bases estaban expuestas en el tablón electrónico desde el 22 de septiembre de 2026 y el anuncio salió en el BOCM el 25 de septiembre de 2026, pero hasta que no publique el BOE no empiezan a contar los 20 días.
¿Qué titulación se necesita para presentarse a controlador/a de instalaciones deportivas en Fuenlabrada?
Estar en posesión del título de Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria, de Formación Profesional Básica o de otro nivel equivalente. Las bases admiten dos excepciones: acreditar una experiencia laboral de al menos 3 años en puestos de la misma categoría o grupo profesional, o estar en posesión de certificado de profesionalidad; para los puestos de oficio se puede sustituir por un título de grado medio o grado básico o por certificado de profesionalidad de nivel intermedio o básico.
¿Cuál es el temario de la oposición de controlador/a de instalaciones deportivas de Fuenlabrada?
El Anexo I tiene 20 temas en dos bloques: los temas 1 a 8 de materias comunes (Constitución española, derechos y fundamentales, EBEP, igualdad de trato, Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo, Acuerdo Colectivo del Ayuntamiento y Prevención de Riesgos Laborales) y los temas 9 a 20 de materias específicas (reglamento municipal de instalaciones deportivas, control de accesos, instalaciones y espacios deportivos de Fuenlabrada, comunicación con el usuario, protocolo de atención al cliente, accesibilidad y control de aforos, programa OMESA, servicio online del PMD, escuelas deportivas, piscina municipal y primeros auxilios).
¿Cómo es el examen de controlador/a de instalaciones deportivas de Fuenlabrada?
Son dos ejercicios consecutivos y eliminatorios: un test de 40 preguntas con tres opciones de respuesta y una sola correcta, 50 minutos, mínimo de 5 puntos y penalización de la quinta parte del valor de la pregunta por cada errónea (las preguntas en blanco no se valoran); un quinto de las preguntas cae sobre el bloque común y las restantes sobre el bloque específico. Después, un ejercicio de carácter práctico relacionado con las funciones del puesto, con un tiempo no inferior a 20 minutos y nota mínima de 5 sobre 10.
¿Cómo se puntúan los méritos en la fase de concurso?
La fase de concurso suma hasta 15 puntos: trabajo desempeñado (máximo 6), formación técnica y transversal (máximo 6), superación de ejercicios de otras convocatorias (máximo 2) y otros méritos (máximo 1). La puntuación es los puntos obtenidos divididos entre el máximo y multiplicado por 10, con fecha límite de acreditación en el último día del plazo de presentación de solicitudes. La fase de concurso va después de la oposición y no es eliminatoria.
¿Es funcionario o laboral fijo este puesto?
Es personal laboral fijo de plantilla del Patronato Municipal de Deportes, no una plaza de funcionariado de carrera, tal como indican las bases específicas de la convocatoria.
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