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Barcarrota 2026: 2 plazas de Auxiliar de Administración (C2)

19 min de lectura

2 plazas de Auxiliar de Administración General (C2) en Barcarrota (Badajoz) por concurso-oposición: requisitos, 24 temas y el plazo, que aún no ha empezado.

El Ayuntamiento de Barcarrota (Badajoz, Extremadura) convoca 2 plazas de Auxiliar de Administración General como personal funcionario de carrera, en la escala de Administración General, subescala Auxiliar (grupo C, subgrupo C2), por turno libre mediante concurso-oposición. Las bases y la convocatoria las aprobó la Alcaldía el 24 de septiembre de 2026 y se publicaron íntegras en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz n.º 185, de 28 de septiembre de 2026 (anuncio 3738/2026). El plazo todavía no está abierto: son 20 días hábiles que empiezan a contar el día siguiente a la publicación de un extracto de la convocatoria en el BOE, y a 30 de septiembre de 2026 ese extracto no se había publicado. Aquí tienes la plaza, los requisitos, el examen, el temario y cómo se presenta la instancia, con las bases como fuente.

Datos clave de la convocatoria

DatoValor
OrganismoAyuntamiento de Barcarrota (Badajoz, Extremadura)
Plazas2 vacantes de Auxiliar de Administración General, funcionario de carrera
Grupo y subgrupoC2, escala de Administración General, subescala Auxiliar
Sistema selectivoConcurso-oposición en turno libre (art. 61.6 TREBEP)
Origen de las plazasOEP de 2026, publicada en el DOE n.º 134, de 14 de julio de 2026
Aprobación de las basesResolución de Alcaldía de 24 de septiembre de 2026
Publicación de las basesBOP de Badajoz n.º 185, de 28 de septiembre de 2026 (anuncio 3738/2026)
Plazo de solicitudes20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE (a 30 de septiembre de 2026, extracto sin publicar)
FormularioAnexo I, generado en la sede electrónica municipal
Fase de oposición2 ejercicios eliminatorios, 20 puntos
Fase de concursoExperiencia profesional, hasta 5 puntos
Puntuación total25 puntos, con aprobado obligatorio en todos los ejercicios
Temario24 temas (anexo II): 6 comunes y 18 específicos

¿En qué punto está el proceso?

La convocatoria está publicada, pero el plazo de instancias no ha empezado. Este es el recorrido hasta hoy:

  • 14 de julio de 2026: se publica la Oferta de Empleo Público de 2026 en el Diario Oficial de Extremadura n.º 134, de la que salen las dos plazas, que están dotadas presupuestariamente y son vacantes.
  • 24 de septiembre de 2026: resolución de Alcaldía por la que se aprueban las bases y la convocatoria.
  • 28 de septiembre de 2026: publicación de las bases íntegras en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz n.º 185, anuncio 3738/2026, y en el tablón de empleo de la Diputación de Badajoz.
  • Pendiente a 30 de septiembre de 2026: la publicación de un extracto de la convocatoria en el BOE. Desde el día siguiente a esa publicación corren los 20 días hábiles de presentación de solicitudes.

La base tercera es tajante en dos cosas: el cómputo se hace desde el BOE, y la presentación fuera de plazo no se subsana. Mientras tanto, la forma de seguir la convocatoria es vigilar el sumario del BOE y la sede electrónica del Ayuntamiento de Barcarrota, donde aparecerán también la lista provisional de admitidos, la definitiva y las convocatorias a los ejercicios.

La plaza: dos vacantes del subgrupo C2

Son dos plazas vacantes de personal funcionario de carrera de Auxiliar de Administración General, encuadradas en la escala de Administración General, subescala Auxiliar, grupo C y subgrupo C2. Las bases confirman que están dotadas presupuestariamente y que figuran en la Oferta de Empleo Público de 2026 publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 134, de 14 de julio de 2026.

El procedimiento es de acceso libre: la convocatoria lo dice expresamente («mediante sistema de concurso-oposición libre»), así que no hace falta estar de funcionario de carrera ni pertenecer a ningún cuerpo para presentarse. La vía de la promoción interna o de la movilidad no forma parte de este anuncio: solo sale por este procedimiento quien reúna los requisitos de la base segunda.

Las bases no fijan tasa de examen ni cuota de inscripción, y no publican las retribuciones concretas de los puestos; ese dato, si lo necesitas para comparar, viene de la tabla de retribuciones de la Oferta de Empleo Público de 2026 en el DOE.

Requisitos para presentarse

La base segunda exige cinco requisitos, y todos deben cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes, mantenerse durante todo el proceso y durante el nombramiento y la toma de posesión:

  1. Nacionalidad española o cumplir los requisitos del artículo 57 del TREBEP para nacionales de otros Estados.
  2. Capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Las personas con discapacidad participan en igualdad de condiciones y pueden pedir adaptaciones de tiempos y medios en la propia instancia, con certificado de la Administración competente; el Tribunal las concede o deniega aplicando la Orden PJC/804/2025, sin que puedan desvirtuar el contenido del ejercicio.
  3. Dieciséis años cumplidos sin exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
  4. No haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública ni estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas (art. 56 TREBEP).
  5. Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o el certificado de estudios primarios, Graduado Escolar o títulos de formación profesional de Técnico Auxiliar, Técnico o equivalentes (disposición adicional trigésima primera de la LO 2/2006 y Orden EDU/1603/2009). Las titulaciones obtenidas en el extranjero necesitan la credencial de homologación, equivalencia o convalidación.

Estar en la lista definitiva de admitidos no prejuzga la posesión de los requisitos: si después de aprobado el proceso la documentación demuestra que falta alguno, se decaen en todos los derechos derivados de la participación.

El plazo de solicitudes: 20 días hábiles desde el extracto en el BOE

Este es el dato que decide si te presentas este año o no, y el que más se presta a confusión:

  • La base 3.1: el plazo es de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de un extracto de la convocatoria en el BOE.
  • La cabecera del anuncio repite la misma regla: veinte días hábiles desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
  • Estado a 30 de septiembre de 2026: sin extracto publicado en el BOE, luego el plazo no ha empezado a correr.

Tres consecuencias prácticas que conviene tener claras:

  • No hay fecha de cierre todavía. El anuncio en el BOP abre la información, no el plazo; la convocatoria en el BOE abre el plazo.
  • La instancia tardía no se subsana. Las bases lo dicen de forma expresa: la falta de presentación de la solicitud en plazo no será objeto de subsanación. Presentarse el último día no es un riesgo menor que presentarse el primero.
  • El cómputo es en días hábiles, con el calendario de días hábiles e inhábiles aplicable: los sábados, domingos y festivos no cuentan.

Cuando el extracto salga, el camino es el de siempre: instancias por el registro, esperar la lista provisional con su plazo de subsanación de 10 días hábiles, la lista definitiva con la composición del Tribunal y la fecha y hora de los ejercicios, y los llamamientos con al menos 48 horas de antelación.

Cómo se presenta la solicitud

  1. Genera el formulario del anexo I en la sede electrónica del Ayuntamiento de Barcarrota (barcarrota.sedelectronica.es). Las bases no admiten ninguna solicitud que no haya sido cumplimentada y generada con ese formulario.
  2. Regístrala en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Cumplimentarla por internet no exime de registrarla en plazo ni de firmarla.
  3. Si la registras por vía telemática, dentro del plazo envía copia íntegra de la solicitud a ayuntamiento@barcarrota.es: tiene meros efectos informativos para dar continuidad al procedimiento y no vale sin la entrada original en el Ayuntamiento.
  4. Adjunta la documentación: solicitud cumplimentada y firmada (anexo I), copia auténtica del DNI o pasaporte o documento acreditativo de la nacionalidad en vigor, y copia auténtica de la titulación exigida. El Ayuntamiento puede pedir en cualquier momento el cotejo con el original.
  5. Si pedes adaptaciones por discapacidad, concreta en la instancia la adaptación que necesitas y adjunta el certificado correspondiente; el Tribunal resolverá antes de las pruebas.

La presentación implica la aceptación expresa de las bases, y en la instancia se declara que se reúnen todos los requisitos referidos a la fecha de expiración del plazo.

El examen: dos ejercicios eliminatorios

La fase de oposición vale 20 puntos y se resuelve en dos ejercicios independientes y eliminatorios, convocados en llamamiento único (con la única excepción documentada de embarazo de riesgo o parto). Durante las pruebas no se pueden usar móviles, relojes electrónicos ni ningún dispositivo de emisión o recepción: su uso puede suponer la exclusión.

Primer ejercicio: test de 25 preguntas en 30 minutos

  • Cuestionario de 25 preguntas más 5 de reserva, con tres alternativas y una sola correcta, sobre el temario completo del anexo II.
  • 30 minutos.
  • Cada respuesta correcta suma 0,40 puntos, cada incorrecta resta 0,20 y las no contestadas ni suman ni restan.
  • Hacen falta 5 puntos sobre 10 para superarlo.
  • Después se publica la plantilla de respuestas y hay 5 días hábiles para impugnar preguntas o reclamar respuestas; si se anulan más preguntas que las de reserva, la puntuación se recalcula proporcionalmente sobre las válidas.

Segundo ejercicio: tres supuestos prácticos en 90 minutos

Solo lo realizan quienes hayan superado el primero. Consiste en tres supuestos prácticos sobre la parte específica del programa (temas 7 a 24), en un máximo de 90 minutos:

  • Uno de los tres es obligatoriamente de ofimática: un test de 20 preguntas más 5 de reserva con tres alternativas sobre el paquete LibreOffice (Writer, Calc y Base), con +0,5 por acierto y −0,2 por error.
  • La puntuación global del ejercicio es la media de los tres supuestos calificados sobre 10, y hacen falta 5 puntos para superarlo.
  • Los errores, las omisiones, las imprecisiones o la ausencia de argumentación razonada restan; las calificaciones de los miembros del Tribunal se promedian y se elimina la máxima y la mínima cuando la diferencia es de 2 puntos o más.
  • Hay 5 días hábiles de reclamaciones tras la publicación del resultado.

La nota final de la fase de oposición es la suma de ambos ejercicios, y hace falta superar los dos para pasar a la fase de concurso.

La fase de concurso: hasta 5 puntos por experiencia

Después de la oposición viene el concurso, con un máximo de 5 puntos, y solo para quien haya aprobado los dos ejercicios. Se valora exclusivamente experiencia profesional en la Administración Pública en plaza igual a la ofertada: 0,1 puntos por mes de servicio efectivo, con un tope de 50 meses (es decir, 5 puntos). Los servicios prestados en jornada inferior a la completa se valoran proporcionalmente, salvo la reducción de jornada por maternidad, que se computa al 100%.

Los méritos se computan hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. Tras publicarse la nota final de la oposición, el Tribunal abre un plazo de 10 días hábiles para presentar por registro los documentos acreditativos, con 5 días hábiles para alegar sobre la puntuación del concurso. Los méritos que consten en el expediente se piden de oficio.

La calificación total del proceso es la suma de los 20 puntos de oposición y los 5 del concurso, hasta un máximo de 25 puntos. En caso de empate decide la mejor nota del primer ejercicio; si persiste, la del segundo; y si sigue, sorteo. Hay que aprobar todos los ejercicios para ser propuesto: no basta con sumar nota.

El temario: 24 temas en dos bloques

El anexo II tiene 24 temas. Los seis primeros son materias comunes y los dieciocho restantes, específicas.

Materias comunes (temas 1 a 6)

  1. Constitución Española: Título Preliminar (derechos, deberes y garantías).
  2. Constitución Española: Título VIII, con los principios generales y el Capítulo II de la Administración Local.
  3. Estatuto de Autonomía de Extremadura: disposiciones generales, derechos, deberes, principios rectores, competencias e instituciones.
  4. Legislación de transparencia, acceso a la información pública, buen gobierno y reutilización de la información del sector público.
  5. Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  6. Ley Orgánica 3/2018 de protección de datos y garantía de los derechos digitales: principios y derechos.

Materias específicas (temas 7 a 24)

  • Régimen local: Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local en dos temas (disposiciones generales y municipio; organización, competencias y relaciones interadministrativas) y el ROF de las entidades locales (RD 2568/1986), con el estatuto de los miembros de las Corporaciones y la organización necesaria del municipio.
  • Procedimiento administrativo: la Ley 39/2015 en cuatro temas (Título Preliminar e interesados; actividad, actos administrativos; disposiciones comunes; revisión en vía administrativa) y un tema propio de especialidades del régimen local: el registro de documentos, el registro telemático, ORVE, SIR y la Red SARA, órganos colegiados municipales, actas, notificaciones y publicación de acuerdos.
  • Régimen jurídico: la Ley 40/2015 con principios de actuación, órganos, potestad sancionadora, responsabilidad patrimonial y funcionamiento electrónico.
  • Personal: el TREBEP en dos temas (objeto y ámbito, personal al servicio de las Administraciones, derechos, deberes y código de conducta; adquisición y pérdida de la relación de servicio y situaciones administrativas).
  • Hacienda local: el TRLRHL en dos temas (Título Preliminar y recursos; presupuesto y gasto público).
  • Contratos: la Ley 9/2017 en dos temas (Título Preliminar y disposiciones generales; preparación, adjudicación y procedimiento abierto).
  • Protección de datos: la Ley Orgánica 3/2018 en un tema dedicado.
  • Administración electrónica y ofimática: conceptos, seguridad informática, hardware y software, archivo, redes, correo electrónico; y un tema de ofimática con Microsoft Office (Word, Excel y Access) y LibreOffice (Writer, Calc y Base).

Las bases advierten de algo útil al preparar: la normativa citada en el temario se entiende referida a la que la sustituya, y el Tribunal exige la normativa vigente el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Calendario previsto en las bases

  • Admisión: resolución de la Alcaldía declarando la lista provisional en un plazo máximo de 2 meses desde el cierre del plazo, con 10 días hábiles de subsanación y reclamaciones.
  • Lista definitiva: resolución en los 15 días siguientes al fin de la subsanación, publicando también la composición del Tribunal y el lugar, fecha y hora del inicio de las pruebas.
  • Inicio del proceso: antes de que pasen 6 meses desde el cierre del plazo de instancias; la resolución de las pruebas selectivas no puede tardar más de 12 meses.
  • Nombramiento: propuesta a la Alcaldía con los aprobados por orden de puntuación; después, 20 días hábiles para aportar DNI, titulación, declaración de no separación y certificado médico, y 5 días hábiles para tomar posesión.
  • Lista de espera: quienes aprueben al menos el primer ejercicio entran en una bolsa que caduca con un nuevo proceso o a los 4 años, publicada permanentemente en la sede electrónica.

El Tribunal lo forman cinco miembros (presidencia, secretaría y tres vocalías), personal funcionario de carrera con titulación igual o superior a la exigida, y no puede haber preparado aspirantes a pruebas selectivas en los últimos cinco años. Las bases finan con recursos de reposición (1 mes) y contencioso-administrativo (2 meses) desde su publicación en el BOP.

Qué preparar mientras se abre el plazo

Mientras el BOE no publica el extracto, el tiempo se aprovecha preparando: el temario es el de siempre de Administración Local, así que sirve para esta convocatoria y para cualquier otra del mismo subgrupo. El Pack Auxiliar Administrativo se centra en lo que más pesa en los exámenes de C2 (TREBEP, Ley 39/2015 y Ley 40/2015, con 60 preguntas razonadas y plantillas de escritos), y el Pack de Administración Local: Parte Común cubre el bloque de régimen local que aquí son los temas 7 a 12. Para seguir el pulso de la oposición en la provincia, la convocatoria de 17 plazas de auxiliar administrativo en la provincia de Badajoz y el test de Auxiliar Administrativo de Extremadura 2026 son la lectura de acompañamiento; y si estás empezando, la guía de cómo son las oposiciones de Auxiliar Administrativo explica el recorrido entero.

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

¿Cuántas plazas convoca el Ayuntamiento de Barcarrota y por qué sistema?

Dos plazas vacantes de personal funcionario de carrera de Auxiliar de Administración General (C2), encuadradas en la escala de Administración General, subescala Auxiliar, grupo C y subgrupo C2. Se convocan por turno libre mediante concurso-oposición, con dos fases: una fase de oposición con dos ejercicios eliminatorios y, solo para quienes la superen, una fase de concurso que valora experiencia profesional. Las plazas están dotadas presupuestariamente y figuran en la Oferta de Empleo Público de 2026 publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 134, de 14 de julio de 2026.

¿Cuándo cierra el plazo de la convocatoria de Barcarrota?

No hay todavía fecha de cierre. La base tercera abre un plazo de 20 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de un extracto de la convocatoria en el BOE, y a 30 de septiembre de 2026 ese extracto no estaba publicado. El anuncio de las bases salió en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz n.º 185, de 28 de septiembre de 2026, pero el cómputo del plazo empieza con el BOE, no con el BOP. Además, las bases advierten de que la falta de presentación de la solicitud en plazo no será objeto de subsanación.

¿Qué requisitos pide el Ayuntamiento de Barcarrota para auxiliar de administración?

Cinco, y todos deben cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso: nacionalidad española o los requisitos del artículo 57 del TREBEP para nacionales de otros Estados; capacidad funcional para el desempeño de las tareas; haber cumplido 16 años sin exceder la edad de jubilación forzosa; no haber sido separado del servicio de ninguna Administración por expediente disciplinario ni estar inhabilitado para funciones públicas (art. 56 TREBEP); y estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en ESO, certificado de estudios primarios, Graduado Escolar o títulos de FP de Técnico Auxiliar, Técnico o equivalentes.

¿Cómo es el examen de Auxiliar de Administración General de Barcarrota?

La fase de oposición tiene dos ejercicios eliminatorios y un máximo de 20 puntos. El primero es un test de 25 preguntas más 5 de reserva, con tres alternativas y una sola correcta, en 30 minutos y sobre el temario completo del anexo II: cada acierto suma 0,40 puntos, cada error resta 0,20 y las no contestadas no puntúan; hacen falta 5 puntos sobre 10 para superarlo. El segundo, solo para quien apruebe el primero, son tres supuestos prácticos en 90 minutos sobre los temas 7 a 24, uno de ellos obligatorio de ofimática con un test de 20 preguntas más 5 de reserva sobre LibreOffice (Writer, Calc y Base); la media de los tres supuestos debe llegar a 5 puntos sobre 10.

¿Qué temario entra en la oposición de Barcarrota?

El anexo II tiene 24 temas: seis materias comunes y dieciocho específicas. Las comunes son el Título Preliminar de la Constitución, el Título VIII (organización territorial y Administración Local), el Estatuto de Autonomía de Extremadura, la normativa de transparencia y buen gobierno, la Ley Orgánica 3/2007 de igualdad y la Ley Orgánica 3/2018 de protección de datos. Las específicas cubren la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local, el ROF de las entidades locales, la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015, el TREBEP, las Haciendas Locales, la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, la administración electrónica y la ofimática.

¿Cómo se presenta la solicitud y qué documentación hace falta?

Con el formulario del anexo I, generado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Barcarrota: no se admite ninguna solicitud que no haya sido cumplimentada con ese formulario. Se registra en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento o en cualquiera de los lugares del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, y si la registras por vía telemática hay que enviar copia íntegra a ayuntamiento@barcarrota.es dentro del plazo, con meros efectos informativos. A la instancia se acompañan copia auténtica del DNI o pasaporte y copia auténtica de la titulación exigida. La mera cumplimentación online no exime de registrar ni de firmar.

¿Cómo se puntúa la fase de concurso y cuánto vale en total la oposición?

El proceso completo vale 25 puntos: 20 de la fase de oposición y un máximo de 5 de la fase de concurso. El concurso valora solo experiencia profesional en la Administración Pública en una plaza igual a la ofertada, con 0,1 puntos por mes de servicio efectivo y un tope de 50 meses; los méritos se computan hasta el cierre del plazo de solicitudes y se acreditan con documentación en los 10 días hábiles siguientes al anuncio del Tribunal, con 5 días hábiles de alegaciones. En caso de empate decide la mejor nota del primer ejercicio, después la del segundo y, si persiste, el sorteo. Para ser nombrado hay que aprobar todos los ejercicios.

¿Qué pasa si no llego a plaza en Barcarrota?

Las bases prevén una lista de espera o bolsa de empleo para nombramientos interinos y contrataciones laborales, integrada por quienes no consigan plaza pero hayan superado como mínimo el primer ejercicio. El orden sale de la lista de aprobados, seguido de quienes aprobaron el primer ejercicio ordenados por su puntuación. La bolsa caduca al producirse un nuevo proceso selectivo o al transcurso de cuatro años, y se mantiene publicada de forma permanente en la sede electrónica municipal.

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