Calahorra 2026: 1 plaza de Arquitecto Técnico A2
Oposición a Arquitecto/a Técnico/a (Director/a de Parque de Servicios) en Calahorra 2026: 1 plaza A2, turno libre, temario, requisitos y plazo de instancias.
El Ayuntamiento de Calahorra convoca una plaza de Arquitecto/a Técnico/a, Director/a del Parque de Servicios, para cubrir una vacante de personal funcionario de carrera en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo A y subgrupo A2, por el sistema de oposición en turno libre y en ejecución de la Oferta de Empleo Público de 2024. El proceso tiene un solo ejercicio obligatorio y eliminatorio: la resolución de dos o más supuestos prácticos-teóricos en 2,5 horas, con un máximo de 10 puntos, un mínimo de 5 en la calificación final y un mínimo de 2,5 en cada supuesto. Las bases se aprobaron por la Junta de Gobierno Local el 14 de septiembre de 2026 y se publicaron íntegras en el Boletín Oficial de La Rioja núm. 184, de 24 de septiembre de 2026. El plazo de instancias es de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE y, a fecha de 26 de septiembre de 2026, ese extracto todavía no se había publicado: los sumarios del BOE consultados del 21 al 26 de septiembre de 2026 no contenían ninguna convocatoria del Ayuntamiento de Calahorra, de modo que el cómputo no había empezado a contar.
Datos clave de la convocatoria
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Organismo | Excmo. Ayuntamiento de Calahorra (La Rioja) |
| Puesto | Arquitecto/a Técnico/a, Director/a del Parque de Servicios (puesto nº 179 de la RPT municipal) |
| Plazas | 1 plaza vacante, personal funcionario de carrera |
| Escala y subescala | Administración Especial, Subescala Técnica |
| Grupo y subgrupo | Grupo A, subgrupo A2 |
| Sistema y turno | Oposición en turno libre; promoción interna: no |
| Oferta de Empleo Público | OEP 2024 |
| Acuerdo de las bases | Junta de Gobierno Local de 14 de septiembre de 2026 |
| Publicación de las bases | BOR núm. 184, de 24 de septiembre de 2026 (expediente 202609220124612, anuncio II.1093) |
| Extracto en el BOE | Pendiente de publicación a fecha de 26 de septiembre de 2026 |
| Plazo de instancias | 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE |
| Derechos de examen | 15,00 €, con exención para demandantes de empleo acreditados |
| Pruebas | Un ejercicio práctico-teórico: 2 o más supuestos, 2,5 horas, 10 puntos |
| Trámite oficial | Sede Electrónica del Ayuntamiento de Calahorra, código de convocatoria 7/2026/PE-EMP |
Las fuentes de esta pieza son el anuncio de la convocatoria y sus bases íntegras en el BOR núm. 184, de 24 de septiembre de 2026 y el catálogo de trámites de la Sede Electrónica de Calahorra, donde está el impreso normalizado.
Qué hace la plaza: Director/a del Parque de Servicios
No es un puesto de despacho puramente urbanístico: las bases describen un puesto con funciones propias de la estructura organizativa municipal, con jornada que puede ser continuada o partida según la Relación de Puestos de Trabajo, sometido al régimen de incompatibilidades vigente, que debe utilizar los medios materiales que aporte la Administración y conducir los vehículos municipales adscritos al servicio según las necesidades del servicio. El puesto vinculado a la plaza convocada queda además sujeto al sistema de guardias operativo en el servicio técnico de urbanismo.
Quien resulte aprobada nace con el puesto: al tratarse de una sola plaza con un solo puesto de trabajo, el nombramiento y la toma de posesión conllevan la adscripción a ese puesto. Las personas aspirantes que superen el ejercicio pero no obtengan la plaza forman, por su calificación, una bolsa ordenada para cubrir vacantes, suplencias o sustituciones en la categoría de Arquitecto/a Técnico/a; la puntuación obtenida en ejercicios no superados no cuenta para ordenar esa bolsa, y la nueva bolsa prevalece sobre las vigentes.
El plazo de instancias: cómo se cuenta y cuándo empieza
La base 4.3 es contundente: veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Las bases se publican en el BOR, pero el reloj lo arranca el extracto del BOE, que exige el Real Decreto 896/1991 para los procesos de funcionarios de Administración Local.
A fecha de 26 de septiembre de 2026 ese extracto no había aparecido: se consultaron los sumarios del BOE del 21 al 26 de septiembre de 2026 y ninguno contenía una convocatoria del Ayuntamiento de Calahorra de Arquitecto/a Técnico/a. Por eso el plazo todavía no estaba abierto cuando se escribió esta página, y por eso aquí no se da una fecha de cierre calculada: sería inventada. La comprobación es fácil de repetir en el buscador del BOE por el texto «Ayuntamiento de Calahorra» y la sección de oposiciones.
Dos avisos prácticos sobre la publicación:
- Una vez que empiece el plazo, el Tablón de Anuncios electrónico del Ayuntamiento de Calahorra es el único medio oficial de publicación de todos los anuncios del proceso, incluidos los de celebración de los ejercicios y sus calificaciones. La Sede Electrónica publica además, sin efectos administrativos, un ejemplar en el apartado de Oferta de Empleo Público.
- Hay que mirar el tablón de Calahorra con regularidad desde que se publique el extracto: las listas de admitidos, las fechas del ejercicio y las calificaciones no se anuncian en ningún boletín autonómico.
Requisitos para presentarte
Todos los requisitos hay que tenerlos al finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el procedimiento de selección (base 2.2):
- Nacionalidad: española o de un Estado miembro de la Unión Europea, en los términos del art. 57.1 del TREBEP. También pueden participar, con independencia de la nacionalidad, los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros y sus descendientes, siempre que no estén separados de derecho, y los menores de 21 años o mayores dependientes.
- Edad: 16 años cumplidos sin exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
- Titulación: título de Grado en Arquitectura Técnica o equivalente según la normativa vigente en materia de títulos educativos y de función pública, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de instancias. Las titulaciones extranjeras exigen homologación.
- Capacidad: capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la plaza, sin exclusión por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales salvo que sean incompatibles con el desempeño. Quien tenga reconocida una discapacidad de al menos el 33 % puede pedir adaptaciones de tiempo y medios, acreditando la compatibilidad de la discapacidad con el puesto y concretando la adaptación en la solicitud.
- No incompatibilidad ni separación del servicio: no estar en causa de incapacidad o incompatibilidad legal, no haber sido separado o despedido disciplinariamente de ninguna Administración Pública y no estar en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos.
- Tasa: abonar los 15 euros de derechos de examen, salvo exención.
- Carné de conducir Clase B en vigor.
- Diploma oficial del curso básico de Prevención de Riesgos Laborales.
La tasa: 15 €, cómo se paga y quién está exento
Los derechos de examen ascienden a quince euros (punto 2.1.f de las bases) y hay que abonarlos dentro del mismo plazo de presentación de solicitudes, acompañando el justificante a la instancia. Cuatro formas admitidas:
- Telemáticamente, en la sede electrónica del Ayuntamiento, con tarjeta bancaria en el apartado «PAGOS».
- Presencialmente, en las Oficinas de Atención al Ciudadano, con tarjeta bancaria.
- Carta de pago en cualquier entidad bancaria.
- Transferencia bancaria a la cuenta ES96-2100-8980-1402-0001-0236, con el concepto «Pago tasa proceso selectivo DIRECTOR PARQUE ARQUITECTO TEC».
Para las tres primeras modalidades hay que generar antes el recibo de autoliquidación en la Sede, apartado «Autoliquidaciones» → «Crear nueva liquidación» → «Derechos de examen» → «Validar importe». El abono debe acreditarse con resguardo o documento con sello bancario.
Exención: los aspirantes que acrediten su condición de demandantes de empleo con documento emitido por los servicios públicos de empleo correspondientes están exentos del pago. Ese documento debe presentarse dentro del plazo de instancias; fuera de él no hay subsanación posible, ni total ni parcial, y hay que abonar la tasa íntegra. Y recuerda el final de la base 4.3: pagar la tasa en plazo no sustituye a presentar la instancia en plazo y forma.
Cómo se presenta la instancia
- Se dirige a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento y se presenta preferentemente de forma telemática en la Sede Electrónica, en el trámite creado al efecto (Catálogo de trámites): sede.calahorra.es. El código de identificación de la convocatoria en la solicitud es 7/2026/PE-EMP.
- En todo caso es obligatorio el impreso normalizado, que sale del propio procedimiento telemático, se facilita en el Registro de la Corporación o se descarga de la Sede en «Publicaciones Oficiales» → «Oferta Pública de Empleo» → «Convocatorias».
- También se puede presentar presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento o por los demás medios del art. 16.4 de la Ley 39/2015. Si se envía por Correos, en sobre abierto, que es lo que hace fe en la fecha de entrada.
- Hay que declarar en la solicitud que se cumplen todas las condiciones de la base 2 y acompañar la documentación de la base 4.5: el justificante del pago (o el documento de exención) y, solo si se pide adaptación por discapacidad, la acreditación correspondiente.
- La no presentación en tiempo y forma supone la exclusión, y la presentación implica aceptar las bases y la declaración responsable de cumplir todos los requisitos.
Las pruebas selectivas: un solo ejercicio
La base 1.2 fija el sistema en oposición, y el Anexo II desarrolla la fase: un ejercicio obligatorio y eliminatorio de naturaleza práctico-teórica.
- Qué se hace: resolver dos o más supuestos prácticos-teóricos relacionados con las materias del programa del Anexo I, aplicando los conocimientos teóricos y prácticos correspondientes y fundamentando normativa y técnicamente las soluciones propuestas.
- Formato del ejercicio: puede ser diverso: cuestionarios, preguntas breves, redacción extensa, preparación de modelos, informes, propuestas, documentos, cálculos, planos, etc.
- Tiempo: máximo de 2,5 horas.
- Calificación: hasta 10 puntos; quedan eliminados los aspirantes con menos de 5 puntos en la calificación final y también los que bajen de 2,5 puntos en cualquiera de los supuestos. Cada supuesto se puntúa hasta 10 y la nota final es la media aritmética de los supuestos. La puntuación del ejercicio y de cada supuesto sale de la media aritmética de los miembros del Tribunal, descartando la máxima y la mínima.
- Material permitido: textos legales no comentados (solo impresiones del texto publicado en el boletín oficial correspondiente, sin anotaciones, subrayados ni transcripciones, ni siquiera propias), elementos de dibujo y calculadora propios.
- Material prohibido: ni ordenadores, ni tabletas, ni teléfonos, ni otros dispositivos similares, salvo los que el Tribunal proporcione directamente.
- Después del ejercicio: si el Tribunal decide no corregir directamente, hay lectura pública, explicación y defensa del ejercicio, con preguntas del Tribunal sobre su contenido. Las calificaciones se publican en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. Contra las resoluciones y actos del Tribunal cabe recurso de alzada ante la autoridad que nombró a su Presidente/a.
Un detalle para preparar el formato: al constar de varios supuestos, se valora tanto la corrección técnica como la expresión del lenguaje técnico y administrativo, la motivación de las soluciones y el uso adecuado de la normativa. No basta con acertar: hay que razonar por escrito.
Temario: seis grupos en el Anexo I
El Anexo I reparte el programa en seis grupos. Este es el resumen de cada uno; el detalle epígrafe por epígrafe está en las bases enlazadas arriba.
Grupo 1 — Bloque 1. Constitución, régimen local, administrativo y financiero. La Constitución Española de 1978; la organización territorial del Estado y las Administraciones Públicas; el Derecho Administrativo y sus fuentes, el reglamento y el procedimiento administrativo común (tramitación, informes, papel, medios electrónicos, consultas, quejas y sugerencias); el acto administrativo, su invalidez y los recursos; las disposiciones generales y los procedimientos especiales, con el silencio administrativo y los convenios; la organización municipal con sus concejalías, órganos, elecciones y tunelado electrónico; la potestad reglamentaria del Ayuntamiento (competencia, iniciativa, elaboración, aprobación y publicación); el personal al servicio de las Administraciones Locales (clasificación de puestos, provisión, carrera, movilidad y escalas); el presupuesto municipal (principios, clases, estructura, elaboración, aprobación, liquidación y prórroga); igualdad de trato, no discriminación, igualdad de género y protección de datos; prevención de riesgos laborales; los recursos de las Haciendas Locales (financieros, tasas, contribuciones especiales, precios públicos e impuestos municipales); y el dominio público, con sus clases, su aprovechamiento y el dominio público hidráulico.
Grupo 2 — Legislación urbanística. El texto refundido de la legislación de suelo y rehabilitación urbana, con la Ley 5/2006 de La Rioja de ordenación y valoración del territorio: clases de suelo, disciplina urbanística, instrumentos de ordenación, ejecución del planeamiento, proyectos de urbanización y formas de determinación del valor.
Grupo 3 — Legislación local. El Plan General de Calahorra y sus revisiones y modificaciones; ordenanzas municipales de servicios públicos (suministro, alumbrado, mercados, mataderos, instalaciones municipales) y reglamento del servicio de abastecimiento de agua y saneamiento; contratos administrativos (formalización, modificaciones, extinción, efectos, garantías e incidentes); patrimonio histórico de La Rioja y actuaciones de protección; contratos de gestión de servicios públicos; polígonos industriales; solicitudes de actividad y títulos habilitantes.
Grupo 4 — Otras normativas. Medio ambiente en La Rioja y su desarrollo reglamentario; Código Técnico de la Edificación (DB-SE, DB-SI y DB-HE); incendios según el RD 513/2017; instalaciones eléctricas y de telecomunicaciones (REBT-RITI y luminotecnia); servicio de alumbrado exterior; instalaciones térmicas (RITE); actividad taurina; piscinas (RD 742/2013 y su reglamento); legionelosis; reglamento de explosivos, con transporte, almacenamiento y pirotecnia; y autoprotección (Ley 3/2015).
Grupo 5 — Construcción y urbanización. Ley de Ordenación de la Edificación: agentes de la edificación, proyecto de obra, dirección facultativa, ejecución material, recepción de la obra y responsabilidades; procedimientos de ruina, patología y sistemas constructivos, con los daños por humedades y filtraciones; rehabilitación en materia de eficiencia energética de edificios existentes; accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas y cédula de ocupación; solicitudes, autorizaciones y uso de la vía pública; organización de la obra y de la urbanización, gestión de residuos y seguridad en obras de construcción.
Grupo 6 — Temas 59 a 68. Contratación pública. Los contratos del sector público: objeto y tipos; principios de la contratación; regulación especial; preparación del contrato (necesidad, informes de necesidad y viabilidad, memoria documental, proyectos, valor estimado y criterios de solvencia); adjudicación (órganos de contratación, procedimientos, tramitación simplificada, consulta abierta y abreviada y urgencia); ejecución; modalidades especiales; contratos con entidades del sector público; contratación de servicios básicos y de subvenciones.
Después de la instancia: listas, bolsa y recursos
Expirado el plazo, la Alcaldía-Presidencia dicta una Resolución con la lista provisional de admitidos y excluidos, con la causa de exclusión, que se publica únicamente en el Tablón de Anuncios y la Sede Electrónica municipales. Esa resolución abre 10 días hábiles para reclamar y para subsanar los defectos de los excluidos: si no se subsana en ese plazo, hay desistimiento y exclusión definitiva. Si no llega ninguna reclamación, la lista provisional pasa a definitiva automáticamente; en otro caso, resueltas las reclamaciones, la Alcaldía-Presidencia eleva a definitivas las listas por nueva resolución, publicada igualmente en tablón y sede.
Además, la base 4.7 permite subsanar errores de hecho en cualquier momento (art. 109 de la Ley 39/2015), y la base 4.8 protege a quien presentó su solicitud y no aparezca en ninguna de las dos listas: el Tribunal la admite provisionalmente para el ejercicio si acredita ante él la copia de la solicitud sellada por la oficina receptora, en una sesión especial que celebra antes del primer ejercicio.
Contra el acuerdo de convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición potestativo ante la Junta de Gobierno Local en el plazo de un mes desde la publicación; transcurrido un mes sin resolver se entiende denegado y cabe el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Logroño en el plazo de seis meses (o de dos meses desde la resolución expresa).
Esta no es la primera vez que Calahorra convoca este puesto
El mismo puesto ya se convocó antes en 2026: las bases se publicaron en el BOR núm. 35, de 20 de febrero de 2026, fueron rectificadas por un error material de transcripción en el BOR núm. 37, de 24 de febrero de 2026, y su extracto llegó al BOE el 16 de marzo de 2026 (BOE-A-2026-6162), con el mismo cómputo de veinte días hábiles. La convocatoria vigente es la nueva, publicada en el BOR núm. 184, de 24 de septiembre de 2026: si vienes del proceso de febrero, las diferencias están en las bases publicadas en septiembre y hay que leer estas, no aquéllas.
Cómo preparar esta oposición
Si esta es tu convocatoria, en Red Opositor tienes el Pack Arquitecto Técnico La Rioja 2026, con el temario desarrollado de la parte general y de la parte específica, test por tema con soluciones, simulacros con el formato real y supuestos prácticos guiados: el bloque de urbanismo riojano, Código Técnico de la Edificación, Ordenación de la Edificación y contratación es común con esta convocatoria, y resolver supuestos con la normativa a mano es exactamente el ejercicio del Anexo II. Ten en cuenta una diferencia de formato: ese pack está montado sobre las bases del cuerpo de Arquitecto Técnico de la Comunidad de La Rioja, que tiene tres ejercicios, mientras que aquí hay un único ejercicio de supuestos en 2,5 horas; usa el pack para el fondo normativo y encuadra el formato con las bases de esta convocatoria.
Para situarte en el panorama, la guía de requisitos y temario de las oposiciones de Arquitecto y Arquitecto Técnico 2026 recorre el conjunto de la familia A1 y A2, y en cuánto cobra un Arquitecto Técnico están las tablas salariales por administración. En el hub de la convocatoria de La Rioja, Arquitecto Técnico en La Rioja 2026: 6 plazas, tienes la otra gran oportunidad de la comunidad, con sus tres ejercicios y su temario de 82 temas.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas plazas de Arquitecto/a Técnico/a convoca el Ayuntamiento de Calahorra en 2026?
Una sola plaza: Arquitecto/a Técnico/a, Director/a del Parque de Servicios, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento (puesto nº 179 de la Relación de Puestos de Trabajo municipal), en Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo A y subgrupo A2, por oposición en turno libre y en ejecución de la Oferta de Empleo Público de 2024. No hay promoción interna.
¿Cuándo se abre el plazo para presentar la instancia en Calahorra?
Veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE. Las bases se publicaron en el BOR núm. 184, de 24 de septiembre de 2026, y a fecha de 26 de septiembre de 2026 el extracto del BOE todavía no había salido, de modo que el plazo no había empezado a contar. Una vez abierto, el Tablón de Anuncios electrónico del Ayuntamiento es el único medio oficial de publicación del proceso.
¿Qué requisitos pide el Ayuntamiento de Calahorra para la plaza de Arquitecto/a Técnico/a?
Nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea (con las ampliaciones del art. 57.1 del TREBEP para cónyuges y familiares), 16 años cumplidos sin exceder de la edad de jubilación forzosa, título de Grado en Arquitectura Técnica o equivalente o estar en condiciones de obtenerlo al finalizar el plazo de instancias, capacidad funcional, no estar separado del servicio de ninguna Administración ni en inhabilitación, abonar la tasa, carné de conducción Clase B en vigor y el diploma del curso básico de Prevención de Riesgos Laborales. Todos los requisitos se poseen al cerrar el plazo y se mantienen durante todo el proceso.
¿Cómo es el examen de la oposición de Arquitecto Técnico de Calahorra?
Una fase única de oposición con un solo ejercicio obligatorio y eliminatorio de naturaleza práctico-teórica: resolver dos o más supuestos prácticos-teóricos sobre el temario del Anexo I en un máximo de 2,5 horas, fundamentando normativa y técnicamente las soluciones. Se califica de 0 a 10 puntos; se elimina con menos de 5 en la calificación final y con menos de 2,5 en cualquiera de los supuestos. Se puede llevar textos legales no comentados, elementos de dibujo y calculadora, pero ni ordenadores ni tabletas ni teléfonos. Si no se corrige directamente, hay lectura pública, explicación y defensa del ejercicio ante el Tribunal.
¿Cuál es el temario de la convocatoria de Arquitecto Técnico de Calahorra?
Seis grupos en el Anexo I: constitución, régimen local, administrativo y financiero de las entidades locales (incluida la legislación urbanística del texto refundido del suelo y la Ley 5/2006 de La Rioja, con clases de suelo y valoraciones); ordenación urbanística municipal, ejecución urbanística y disciplina de la edificación, con las ordenanzas municipales, el Plan General de Calahorra, la contratación administrativa y el patrimonio histórico; normativa de seguridad y salubridad de la edificación, con el Código Técnico de la Edificación, incendios, instalaciones eléctricas y de telecomunicaciones, climatización, agua y saneamiento, accesibilidad y residuos; construcción y urbanización, con la Ley de Ordenación de la Edificación, la ruina y la rehabilitación energética; y los temas 59 a 68 sobre contratos del sector público, su preparación y su adjudicación.
¿Cuánto cuesta la tasa de examen y cómo se paga?
Quince euros por derechos de examen, según el punto 2.1.f de las bases. Se paga dentro del plazo de instancias, de las cuatro formas admitidas: telemáticamente en la sede electrónica del Ayuntamiento con tarjeta en el apartado PAGOS, presencialmente en las Oficinas de Atención al Ciudadano con tarjeta, con carta de pago en cualquier entidad bancaria, o por transferencia bancaria con el concepto de la tasa. Las tres primeras exigen generar antes el recibo de autoliquidación en la sede, apartado Autoliquidaciones. Quien acredite ser demandante de empleo con documento de los servicios públicos de empleo dentro del plazo queda exento; la exención no se puede subsanar una vez cerrado el plazo.
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