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Arquitecto técnico en Elda 2026: 1 plaza, turno libre

21 min de lectura

Convocatoria del Ayuntamiento de Elda para una plaza de Arquitecto/a Técnico/a A2 por oposición libre: requisitos, temario, pruebas y plazo de 20 días hábiles.

El Ayuntamiento de Elda convoca una plaza de Arquitecto/a Técnico/a como personal funcionario de carrera, por el sistema de oposición en turno libre, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Medio, Grupo A y Subgrupo A2, y perteneciente a la Oferta de Empleo Público de 2024. El proceso tiene tres ejercicios obligatorios y eliminatorios con un máximo de 30 puntos, y hay que sacar al menos 5 en cada uno de ellos. El plazo de presentación de instancias es de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el BOE y, a fecha de 26 de septiembre de 2026, ese anuncio todavía no se había publicado: las bases salieron en el BOPA el 14 de agosto de 2026 y el extracto en el DOGV el 22 de septiembre de 2026, pero los sumarios del BOE consultados entre el 18 y el 26 de septiembre no contenían ninguna convocatoria de Arquitecto/a Técnico/a del Ayuntamiento de Elda, de modo que el cómputo aún no había empezado a contar.

Datos clave de la convocatoria

DatoDetalle
OrganismoAyuntamiento de Elda (Alicante), Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Medio
Plazas1 plaza vacante en la plantilla
Grupo y subgrupoGrupo A, subgrupo A2
CondiciónPersonal funcionario de carrera
Sistema de selecciónOposición, turno libre
Oferta de Empleo PúblicoOEP 2024
Norma de la convocatoriaResolución D-2975/2026, de 12 de agosto de 2026, de la Alcaldía-Presidencia
Bases íntegrasBOPA nº 153, de 14 de agosto de 2026, anuncio 6351
Extracto de las basesDOGV nº 10456, de 22 de septiembre de 2026 (CVE DOGV-C-2026-29688)
Tasa por derechos de examen50,00 € en cuota general
Pruebas3 ejercicios, 30 puntos de nota máxima, mínimo 5 en cada uno
Temario18 materias comunes y 48 materias específicas
Plazo de instancias20 días hábiles desde el día siguiente al BOE (sin publicar a 26-sep-2026)

El plazo de instancias: cómo se cuenta y cuándo empieza

La base quinta de la convocatoria es tajante: el plazo de presentación de solicitudes es de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El extracto que el Ayuntamiento publicó en el DOGV el 22 de septiembre de 2026 repite la misma regla: «veinte días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado».

Estado del plazo a fecha de 26 de septiembre de 2026: el anuncio de la convocatoria en el BOE no se había publicado. Se comprobaron los sumarios oficiales del BOE de los días 18, 21, 22, 23, 24, 25 y 26 de septiembre de 2026: ninguno contiene una convocatoria de Arquitecto/a Técnico/a del Ayuntamiento de Elda, y la única resolución del Ayuntamiento de Elda publicada en ese tramo corresponde al Instituto Municipal de Servicios Sociales, que es otro proceso. En consecuencia, a esa fecha el plazo de instancias no había empezado a contar.

Cuando salga el anuncio en el BOE, habrá que:

  • Contar 20 días hábiles desde el día siguiente al de su publicación: los sábados, los domingos y los festivos no computan, de manera que si dentro de la ventana cae un festivo local de Elda el último día de plazo se corre.
  • Presentar la solicitud dentro de ese plazo y en la forma telemática exigida por la base sexta: fuera de plazo o en otra forma, la solicitud no se admite.
  • Vigilar además el tablón de edictos de la sede electrónica y la página web municipal del Ayuntamiento de Elda, donde se publican los sucesivos anuncios, la relación provisional y la definitiva de admitidos y excluidos, y todos los llamamientos a los ejercicios.

Requisitos para presentarte

Todos los requisitos se refieren al día en que finalice el plazo de presentación de instancias y deben mantenerse hasta la toma de posesión como personal funcionario de carrera.

Requisitos generales

  • Nacionalidad española o de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, en los términos de los artículos 56 y 57 del TREBEP (Real Decreto Legislativo 5/2015); para nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado ni en situación equivalente ni sancionado de modo que impida el acceso al empleo público en su propio Estado.
  • Haber cumplido 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • No haber sido separado del servicio como personal funcionario de carrera ni tener revocado el nombramiento como interino con carácter firme en procedimiento disciplinario de ninguna Administración Pública, y no estar en inhabilitación absoluta o especial por sentencia firme.
  • Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las funciones de la plaza.
  • Abonar los derechos de examen según la Ordenanza Fiscal municipal.

Requisitos específicos: titulación

Estar en posesión del título universitario oficial que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto/a Técnico/a de Obras Públicas conforme al sistema vigente de titulaciones: Arquitectura Técnica o Grado en Arquitectura Técnica, o equivalente. También se admite estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. Las equivalencias y las titulaciones expedidas en el extranjero deben estar reconocidas u homologadas por la Administración competente en cada caso y acreditadas debidamente por la persona aspirante.

Diversidad funcional

Las personas con diversidad funcional se admiten en igualdad de condiciones, sin exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas salvo que sean incompatibles con las funciones de la plaza. Para concurrir hay que tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 % y acreditarlo con el certificado correspondiente junto con la solicitud, indicando, si procede, las adaptaciones de tiempo y medios que se necesiten. La compatibilidad con las funciones se acredita, para quien resulte propuesta, con certificación de los servicios sociales competentes (en la Comunitat Valenciana, el Centro de Orientación, Diagnóstico y Tratamiento de los Servicios Sociales de la Consellería de Bienestar Social).

La tasa por derechos de examen

Para el Grupo A (subgrupo A2), la Ordenanza Fiscal del Ayuntamiento de Elda fija tres cuotas:

CuotaImporteSupuestoDocumentación
General (100 %)50,00 €Quien no cumpla ningún supuesto de reducciónNinguna
Reducida (5 %)2,50 €Demandantes de empleo sin subsidio con antigüedad de al menos 2 meses (LABORA/SEPE); discapacidad ≥ 33 %; víctimas de violencia de género; rentas familiares iguales o inferiores al IPREM; demanda de alquiler social (certificado del IMSSE)Certificado del servicio público de empleo, credencial de discapacidad, denuncia o documento equivalente, declaración de la renta o certificado de no presentación, certificado municipal
Reducida (50 %)25,00 €Familias numerosas con rentas iguales o inferiores a 1,5 veces el IPREM (título o Libro de Familia Numerosa); demandantes de empleo con antigüedad mínima de 1 mes que no cumplan el supuesto del 5 %Copia del título o Libro de Familia Numerosa más declaración de la renta o certificado de no presentación; certificado del servicio público de empleo

El pago de la tasa es obligatorio para poder participar: la autoliquidación y el pago se hacen dentro del propio trámite telemático de solicitud, y no acreditar el abono dentro del plazo es causa de exclusión. Si se tiene derecho a reducción, la documentación acreditativa se adjunta en el mismo trámite.

Cómo se presenta la instancia

La solicitud se presenta exclusivamente de forma telemática, identificándose con certificado electrónico o con cualquiera de los métodos que ofrece la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Elda, en la Ventanilla Virtual Expert@ (elda.es), mediante el trámite específico creado al efecto. Ese trámite permite la inscripción en línea, el pago o autoliquidación de la tasa, la aportación de documentación complementaria y el registro electrónico de la solicitud.

Los tres pasos obligatorios —inscripción, pago y registro electrónico— deben completarse todos para que el trámite se entienda realizado, y entonces se genera el justificante de presentación. En la solicitud se declara responsablemente que se reúnen todos los requisitos de la base cuarta, que se aceptan las bases en todos sus extremos y que los requisitos se acreditarán después, si se resulta seleccionado.

Si alguien presenta la solicitud de forma presencial, el órgano convocante le requerirá para que la subsane electrónicamente (artículo 68 de la Ley 39/2015). Y si se produce una incidencia técnica que imposibilite el funcionamiento ordinario de la sede, el Ayuntamiento podrá acordar la ampliación de los plazos no vencidos, publicándolo en la sede y en la web municipal.

Las pruebas selectivas: tres ejercicios

La fase de oposición vale 30 puntos y se compone de tres ejercicios, todos obligatorios y eliminatorios. Cada uno se califica de 0 a 10 y hace falta un mínimo de 5 puntos para no quedar eliminado del proceso. La nota final es la suma de los tres.

Primer ejercicio: test de 50 preguntas sobre las Materias Comunes

Un cuestionario de 50 preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativas de las que solo una es correcta, puntuado con la fórmula:

[nº de respuestas correctas − (nº de respuestas incorrectas / 3)] × 10/50

Las preguntas sin responder no puntúan. El ejercicio dura como máximo 1 hora y sus preguntas versarán sobre las Materias Comunes del anexo (constitución, procedimiento administrativo, régimen local, hacienda local, prevención de riesgos laborales y protección de datos, entre otras).

Segundo ejercicio: tema de composición sobre las Materias Específicas

Desarrollo teórico por escrito de una temática de composición sorteada entre varias propuestas del Órgano Técnico de Selección, en la que hay que relacionar distintos epígrafes de diferentes temas de las Materias Específicas. Se valora especialmente la forma de redacción y exposición y la capacidad de relacionar contenidos de varios temas de manera justificada, no la mera enumeración secuencial. El tiempo máximo se fija inmediatamente antes de empezar, y el tribunal puede citar a la persona aspirante para que exponga total o parcialmente el ejercicio.

Tercer ejercicio: supuestos prácticos

Uno o varios supuestos prácticos sorteados entre varios propuestos, relativos a las funciones propias de la plaza y resueltos con los contenidos de las Materias Específicas. Se permite la consulta únicamente de textos legales no comentados y de colecciones de jurisprudencia, y se valora el razonamiento, la sistemática en el planteamiento y en la formulación de conclusiones y el conocimiento e interpretación de la normativa aplicable.

Llamamiento y publicaciones. El orden de actuación, cuando no se realiza de forma conjunta, empieza alfabéticamente por la letra que salga en el sorteo público. Los resultados, llamamientos y convocatorias se publican en el tablón de edictos de la sede electrónica, que surte efectos de notificación. Hay que acudir con DNI u otro documento oficial vigente: llegar una vez iniciado el ejercicio o no comparecer, aun con causa justificada, deja a la persona decaída de su derecho y excluida del proceso.

Temario: 18 materias comunes y 48 específicas

El anexo de las bases contiene dos bloques de temario. Las Materias Comunes alimentan el primer ejercicio (el test) y las Materias Específicas alimentan el segundo y el tercero. Si un tema se modifica o se deroga después de publicadas las bases, se exige la legislación vigente en el momento de realizar las pruebas.

Materias comunes (18 temas)

  1. La Constitución Española de 1978: principios generales y valores constitucionales (Título Preliminar). Derechos fundamentales y libertades públicas (Título I).
  2. La Constitución Española de 1978: organización territorial del Estado (Título VIII). Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana: naturaleza y principios generales (Título I) y organización institucional (Título III).
  3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común: interesados, actividad de las Administraciones y actos administrativos.
  4. Ley 39/2015: disposiciones sobre el procedimiento administrativo común y fases del procedimiento.
  5. Ley 39/2015: revisión de los actos en vía administrativa.
  6. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público: disposiciones generales, principios de actuación, órganos de las Administraciones y Administración electrónica.
  7. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: competencias municipales y organización; disposiciones comunes de las Entidades Locales.
  8. El personal al servicio de las corporaciones locales: estructura y clases.
  9. Derechos y deberes del personal al servicio de las entidades públicas, incompatibilidades y régimen disciplinario.
  10. La responsabilidad de la Administración Pública.
  11. La Unión Europea: instituciones, ordenamiento jurídico de la Comunidad Europea y su recepción, aplicación y control en España.
  12. El servicio público en la esfera local, formas de gestión, patrimonio y bienes de las corporaciones locales.
  13. Régimen de contratación del sector público y contratación en la administración local.
  14. Haciendas locales: clasificación de los ingresos, ordenanzas fiscales, impuestos locales, ingresos no impositivos y de derecho privado, tasas y contribuciones especiales y precios públicos.
  15. El presupuesto de las entidades locales: concepto y contenido, principios presupuestarios, elaboración, tramitación, aprobación, ejecución, liquidación y modificaciones.
  16. Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: principios generales y II Plan Municipal de Igualdad del Ayuntamiento de Elda.
  17. Ley 31/1995, de prevención de Riesgos Laborales: derechos y obligaciones, y riesgos y medidas preventivas específicas en pantallas de visualización de datos y trabajo en oficinas.
  18. Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Materias específicas (48 temas)

  1. Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana: disposiciones generales, condiciones básicas de igualdad, situaciones básicas del suelo y criterios básicos de utilización.
  2. Organización administrativa: distribución de competencias entre administraciones urbanísticas y autonomía municipal.
  3. Distinción entre ordenación del territorio y urbanismo; instrumentos de la LOTUP y otros instrumentos de ordenación.
  4. Concepto de actividad urbanística, planeamiento, ordenación estructural y pormenorizada, naturaleza jurídica de los planes y límites a la potestad del planeamiento.
  5. Estándares urbanísticos y de edificabilidad en la LOTUP.
  6. Reserva de viviendas sujetas a régimen de protección pública y normativa aplicable.
  7. Promoción, tramitación y aprobación de planes: generales, especiales, parciales, de reforma interior, catálogos y estudios de detalle.
  8. Modificación de los planes, suspensión de licencias, publicación, vigencia y ejecutividad de los planes y tramitación de las obras públicas.
  9. Formulación y aprobación del programa para el desarrollo de actuaciones integradas.
  10. Programas para el desarrollo de actuaciones aisladas.
  11. La reparcelación y las cuotas de urbanización.
  12. Áreas semiconsolidadas, valoraciones, responsabilidad patrimonial de la administración por potestades urbanísticas y régimen urbanístico.
  13. La licencia urbanística: actos sujetos a licencia, naturaleza, régimen jurídico y procedimiento de otorgamiento.
  14. Licencias de usos y obras provisionales, autorizaciones para construir y ocupar edificios, régimen de comunicación previa, cédula de garantía urbanística y parcelaciones.
  15. Deber de edificar y rehabilitar, deber de conservación y edificación o rehabilitación forzosa.
  16. La declaración de ruina, sus clases e intervención en edificios catalogados.
  17. Protección de la legalidad urbanística: obras sin licencia o disconformes, suspensión y revisión de licencias.
  18. Autorizaciones de usos y aprovechamientos del suelo no urbanizable y procedimiento de declaración de interés comunitario.
  19. LOTUP: instrumentos de ordenación territorial y gestión territorial.
  20. LOTUP: instrumentos para la protección, ordenación y gestión del paisaje.
  21. Régimen legal de las valoraciones en el Texto Refundido de la Ley del Suelo y el Reglamento de Valoraciones.
  22. Código Técnico de la Edificación: disposiciones generales, características y estructura y responsables de su aplicación.
  23. CTE: contenido del proyecto y documentación del seguimiento de la obra.
  24. CTE: normativa básica de salubridad (DB-HS).
  25. CTE: normativa básica de protección en caso de incendio (DB-SI).
  26. CTE: normativa básica de seguridad de utilización (DB-SUA).
  27. CTE: protección frente al ruido (DB-HR).
  28. Accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas en la edificación y en el medio urbano.
  29. Exigencias básicas de diseño y calidad en edificios de vivienda y alojamiento en la Comunitat Valenciana.
  30. Seguridad y salud en las obras de construcción: normativa, sujetos que intervienen, prevención de riesgos laborales y coordinador de seguridad y salud.
  31. Estudio de seguridad y salud en los proyectos de obra, plan de seguridad y salud y libro de incidencias.
  32. Producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
  33. Patología en la edificación: generalidades, causas más usuales y solución.
  34. Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación: competencias y responsabilidades entre los participantes en la obra y responsabilidad decenal.
  35. Ley 3/2004 de la Generalitat de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación (LOFCE): proceso de edificación, autorizaciones y licencia municipal de ocupación.
  36. Actuaciones de rehabilitación de edificios y viviendas, presupuesto protegido, promotores, criterios de coherencia y ayudas del reglamento de rehabilitación.
  37. El contrato de obras I: proyecto y replanteo, formas de adjudicación, formalización y ejecución.
  38. El contrato de obras II: modificación, cumplimiento y resolución, cesión, subcontratación y ejecución por la propia administración.
  39. El contrato de concesión de obras: principios, derechos y obligaciones, régimen económico financiero, extinción y subcontratación.
  40. Organización de una obra: diagramas de Gantt, técnicas y cálculo de mallas, análisis de tiempos, CPM y PERT, programación, seguimiento y gestión.
  41. La concesión de servicios: normas reguladoras y formas de adjudicación.
  42. Ley 6/2014 de la Generalitat de Prevención, Calidad y Control ambiental de Actividades en la Comunitat Valenciana: intervención municipal, licencia ambiental y comunicación ambiental.
  43. Legislación autonómica de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos y sus procedimientos de apertura.
  44. Legislación valenciana sobre patrimonio cultural: inventario general y régimen de protección de los bienes inventariados y de bienes de interés cultural.
  45. El Plan General de Ordenación Urbana de Elda: estructura y generalidades.
  46. Ordenanza municipal reguladora de la ocupación del dominio público mediante mesas, sillas y elementos auxiliares.
  47. Ordenanza sobre prevención y control de la contaminación acústica.
  48. Los delitos relativos a la ordenación del territorio, el urbanismo, la protección del patrimonio histórico, los recursos naturales y el medio ambiente.

Calendario del proceso: qué viene después

  1. Publicación del anuncio en el BOE (sin publicar a 26 de septiembre de 2026): desde el día siguiente arrancan los 20 días hábiles de plazo de instancias.
  2. Relación provisional de admitidos y excluidos, publicada en el BOPA, en el tablón de la sede electrónica y en la web municipal, con 10 días hábiles desde el día siguiente para subsanar defectos o formular alegaciones. Entre las causas de exclusión figurarán no reunir requisitos, presentar la solicitud fuera de plazo, no usar el modelo oficial y no acreditar el pago de la tasa.
  3. Relación definitiva de admitidos y excluidos, publicada en el BOPA con efectos de notificación, que fijará la fecha, la hora y el lugar del primer ejercicio. Ese ejercicio no puede celebrarse antes de que transcurran 15 días hábiles desde el día siguiente a su publicación.
  4. Ejercicios: test de las Materias Comunes, tema de composición y supuestos prácticos, con llamamiento público y publicación de resultados en la sede electrónica.
  5. Relación definitiva de aprobados por orden decreciente de puntuación y propuesta de nombramiento: en caso de empate se desempata por nota del tercer ejercicio, después por la del segundo, después por la del primero, después por el sexo menos representado en la categoría y, en último lugar, por sorteo público. No puede proponerse a más personas que plazas convocadas.
  6. Período de prácticas de seis meses, obligatorio y evaluado, y después nombramiento como personal funcionario de carrera. Se forma además una Bolsa de Trabajo Temporal de la misma categoría, vigente hasta que se apruebe una nueva bolsa.

Las bases permiten además acumular al proceso otras plazas vacantes de la misma categoría incluidas en Ofertas de Empleo Públicas posteriores y no convocadas de forma independiente, en cualquier momento anterior al tercer ejercicio, sin abrir un nuevo plazo de instancias salvo que el acuerdo de acumulación lo diga expresamente. Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición en un mes o recurso contencioso-administrativo en dos meses.

Cómo preparar esta oposición

Con una sola plaza en juego y 48 temas específicos de urbanismo, CTE, contratación y obra, la diferencia la marca el segundo y el tercer ejercicio: ahí no basta con saberse el temario, hay que relacionar epígrafes y resolver supuestos con la normativa a mano. El primer ejercicio, en cambio, se juega entero en las 18 Materias Comunes, donde el baremo está mucho más concentrado.

Si estás preparando esta convocatoria, en Red Opositor tienes el Pack Arquitecto y Arquitecto Técnico de la Administración Pública 2026, con temario desarrollado, banco de preguntas y simulacros para los tres ejercicios.

Antes de presentarte, conviene que repases el marco general de la familia: en la guía de requisitos y temario de las oposiciones de Arquitecto y Arquitecto Técnico 2026 tienes el recorrido completo de la oposición A1 y A2, y en cuánto cobra un Arquitecto Técnico encuentras las tablas salariales por administración. Si te interesa el mismo ayuntamiento, el Ayuntamiento de Elda también convoca 1 plaza de Ingeniero/a Técnico/a de Obras Públicas, y en la Convocatoria de Arquitecto/a Técnico/a del Ayuntamiento de Elche 2026 tienes otra oportunidad en la misma provincia con cinco plazas.

Preguntas frecuentes

¿Qué titulación necesito para presentarme a la plaza de Arquitecto/a Técnico/a de Elda?

El título universitario oficial que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto/a Técnico/a de Obras Públicas: Arquitectura Técnica o Grado en Arquitectura Técnica, o equivalente. También se admite estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. Las equivalencias y las titulaciones obtenidas en el extranjero deben estar reconocidas por la Administración competente y acreditadas por quien se presenta.

¿Tiene esta oposición una parte práctica de proyectos?

No hay ejercicio de proyecto de obra, pero sí hay un tercer ejercicio de carácter práctico y escrito: uno o varios supuestos prácticos sorteados entre varios propuestos, relativos a las funciones propias de la plaza y sobre las Materias Específicas del anexo. Solo se permite consultar textos legales no comentados y colecciones de jurisprudencia. Se califica de 0 a 10 puntos y hace falta un mínimo de 5 para no quedar eliminado del proceso.

¿Cuándo empieza el plazo de 20 días hábiles para pedir la plaza?

Desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE. A fecha de 26 de septiembre de 2026 el anuncio no aparecía todavía en los sumarios del BOE consultados entre el 18 y el 26 de septiembre, de modo que el cómputo de los veinte días no había empezado. El extracto de las bases sí salió en el DOGV nº 10456, de 22 de septiembre de 2026, y las bases íntegras en el BOPA nº 153, de 14 de agosto de 2026.

¿Cómo se presenta la instancia y cuánto cuesta la tasa?

Exclusivamente de forma telemática, con certificado electrónico o con los métodos de identificación que ofrece la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Elda (elda.es, Expert@ Menu Ventanilla Virtual), a través del trámite específico: inscripción, pago de la tasa y registro electrónico, los tres obligatorios; el trámite solo se entiende completado cuando hay pago y registro, lo que genera justificante. La tasa por derechos de examen para el Grupo A (subgrupo A2) es de 50,00 € en cuota general, 2,50 € al 5 % y 25,00 € al 50 % con la documentación acreditativa correspondiente. No se admiten solicitudes presentadas fuera de plazo o fuera de la forma establecida.

¿Cuántas plazas hay y cuándo será el examen?

Hay 1 plaza convocada, vacante en la plantilla del Ayuntamiento de Elda, y la plaza se provisionará como personal funcionario de carrera. Todavía no hay fecha de examen a 26 de septiembre de 2026: la resolución de admisión definitiva fijará la fecha, la hora y el lugar del primer ejercicio, y este no puede celebrarse antes de que pasen 15 días hábiles desde el día siguiente a su publicación en el BOPA.

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