Soneja 2026: 1 plaza de Agente de Policía Local por oposición
Soneja convoca 1 plaza de Agente de Policía Local: requisitos, temario de 40 temas, pruebas físicas y psicotécnica. El plazo se abre con el extracto del BOE.
El Ayuntamiento de Soneja (Castellón) convoca 1 plaza de Agente de la Policía Local por el sistema de oposición en turno libre, con carácter permanente y con constitución de bolsa de trabajo. Es una plaza del grupo C1 de la escala básica, incluida en la oferta de empleo público municipal de 2024, y las bases que la rigen se publicaron íntegras el 24 de septiembre de 2026 en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón.
Lo que más importa saber antes que nada: el plazo de solicitudes todavía no está abierto. Las bases exigen que el reloj corra veinte días hábiles desde el día siguiente a la publicación de un extracto de la convocatoria en el BOE, y a fecha de 29 de septiembre de 2026 ese extracto no se había publicado. Presentar la instancia antes de tiempo no tiene sentido, pero prepararla sí: el proceso es una oposición de las de cinco fases eliminatorias, con pruebas físicas con marcas, psicotécnico y dos ejercicios de conocimientos sobre 40 temas.
Datos esenciales de la convocatoria
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Cuerpo o puesto | Agente de Policía Local (escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, escala básica) |
| Organismo | Ayuntamiento de Soneja (Castellón) |
| Plazas | 1, con carácter permanente |
| Grupo | C, subgrupo C1 |
| Sistema de acceso | Oposición, turno libre |
| Oferta de empleo | OEP 2024 (BOP de Castellón núm. 86, de 16 de julio de 2024; DOCV núm. 9873, de 18 de junio de 2024) |
| Plazo de solicitudes | 20 días hábiles desde el día siguiente al extracto en el BOE; a 29 de septiembre de 2026 el extracto no estaba publicado |
| Publicación oficial | BOP de Castellón núm. 115, de 24 de septiembre de 2026 (bases íntegras) |
| Aprobación de las bases | Decreto de Alcaldía núm. 2026-0325, de 29 de mayo de 2026; anuncio firmado el 11 de septiembre de 2026 |
| Bolsa de trabajo | Se constituye con quienes superen las pruebas sin plaza; vigencia máxima de 3 años |
Fuentes: anuncio íntegro con las bases en el BOP de Castellón y sede electrónica del Ayuntamiento de Soneja, donde se publicarán los sucesivos anuncios (listas de admitidos, fecha y lugar de las pruebas).
Una sola plaza, por oposición libre
La base primera es clara: la plaza es de Agente, no de Oficial ni de Inspector, y se convoca «por turno libre» mediante oposición, al amparo del artículo 55 de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat, de coordinación de Policías Locales de la Comunitat Valenciana, y del Decreto 179/2021, de 5 de noviembre, del Consell, que fija las bases generales de selección, promoción y movilidad en los cuerpos de policía valencianos.
Que sea turno libre significa que no hay reserva de plaza para funcionarios de carrera de otras administraciones ni requisito de pertenecer a un cuerpo: se puede concurrir desde la sociedad civil, sin ser funcionario y sin tener experiencia previa en seguridad. Las reservas que sí se respetan son las del Anexo I del propio Decreto 179/2021, las habituales de los procesos selectivos (personas con discapacidad y, en su caso, víctimas de violencia de género).
Conviene no confundir este anuncio con otra convocatoria de Soneja publicada en el mismo mes: el BOE del 23 de septiembre de 2026 (BOE-A-2026-19744) recoge la resolución de una plaza de Operario o Operaria de Servicios Múltiples por concurso-oposición, un proceso distinto con sus propias bases, su propio plazo y su propio temario. Si buscas la plaza de Policía Local, el anuncio que te interesa es el del BOP de Castellón núm. 115, de 24 de septiembre.
A la plaza convocada pueden adicionarse las vacantes que se produzcan hasta la celebración del curso selectivo de formación inicial, previa inclusión en la oferta de empleo, y las que generen el artículo 9.2 del Decreto 179/2021: con una sola plaza convocada, ese es el techo realista del proceso.
Requisitos para presentarse
Los requisitos se acreditan en el día en que finalice el plazo de presentación de instancias y deben mantenerse durante todo el proceso selectivo. Las bases los enumeran así:
- Nacionalidad española.
- No estar inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme ni estar separado del servicio de ninguna administración pública mediante expediente disciplinario.
- Carecer de antecedentes penales.
- Estar en posesión del título de Bachiller o de Técnico o Técnica de Formación Profesional, o de la titulación equivalente, o cumplidas las condiciones para obtenerlo, en la fecha de cierre del plazo.
- Tener al menos 18 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
- Comprometerse, mediante declaración responsable, a portar armas de fuego y, si es preciso, a utilizarlas.
- Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases B y A2 (Reglamento General de Conductores, Real Decreto 818/2009).
- No sufrir enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones, según el cuadro de exclusiones médicas del anexo de las bases.
- Tener una altura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,58 metros las mujeres.
El detalle de la titulación es el más habitual: con FP de grado medio o superior se cumple, y también se cumple si a cierre del plazo solo faltan trámites para obtener el título. El permiso de conducir A2 no se puede subsanar después: figura como requisito del día de cierre del plazo.
Tasa de examen, exenciones y bonificaciones
Las bases remiten el importe a la Ordenanza Municipal Reguladora de Tasa por Derechos de Examen y no publican cifra en el anuncio, así que quien se presente debe comprobar el importe vigente en el propio ayuntamiento antes de ingresar: el pago se acredita con el justificante que acompaña a la instancia, y el no abonar la tasa total o parcialmente determina la exclusión sin posibilidad de subsanación.
Sí recoge las bonificaciones, que no son acumulables entre sí:
- Exención total para quien tenga una discapacidad igual o superior al 33 % (certificado emitido por la Dirección General de Servicios Sociales y actualizado a la fecha de cierre del plazo) y para quien figure como demandante de empleo durante al menos el mes anterior a la convocatoria, con los requisitos habituales de no haber rechazado oferta de empleo adecuada ni carecer de prestación por desempleo o rentas superiores al salario mínimo interprofesional.
- Bonificación del 50 % de la cuota íntegra para quienes tengan la condición de familia numerosa o de familia monoparental o monomaternal en la fecha de cierre del plazo.
Si concurren varias causas, se opta por una sola; y si no se ejerce la opción, la administración aplica el orden de preferencia decreciente que resulte más favorable. Procede devolución si la actividad técnica no se realiza por causas no imputables al interesado o si hay una modificación sustancial de las bases; no procede en caso de exclusión por causa imputable al aspirante.
Cómo se presenta la instancia y cuándo
Las instancias y la documentación se dirigen al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Soneja y se presentan en el Registro General, con la instancia modelo del ayuntamiento, preferentemente de forma telemática o en la forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (la sede electrónica del municipio publica el formulario). A la instancia hay que acompañar:
- Fotocopia del DNI.
- Justificante del ingreso de la tasa por derechos de examen y confección de expediente.
- Consentimiento expreso de cesión de datos a otros ayuntamientos, en caso de que se ceda la bolsa.
Además, en la propia instancia se manifiesta que se reúnen todos los requisitos y el compromiso de prestar el juramento o la promesa.
El reloj del plazo. La base quinta fija veinte días hábiles «a partir del siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado», en aplicación del artículo 3.2 del Decreto 179/2021. Las bases se publicaron en el BOP de Castellón el 24 de septiembre de 2026, pero ese BOP no arranca el cómputo: a fecha de 29 de septiembre de 2026 el extracto en el BOE no se había publicado, comprobado contra los sumarios oficiales del 23, 24, 25, 26 y 28 de septiembre, de modo que el plazo de instancias no había empezado. Cuando salga el extracto, los veinte días hábiles se cuentan desde el día siguiente, descontando sábados, domingos y festivos; las fiestas locales de Soneja pueden correr el cierre, así que la ventana exacta conviene leerla en el anuncio de apertura del ayuntamiento, no contarla a mano.
El anuncio indica además que la convocatoria se publica en el BOP, en la sede electrónica del ayuntamiento en el apartado de ofertas de empleo, con extracto en el DOGV y en el BOE, y que los sucesivos anuncios (admitidos, subsanaciones, listas y convocatoria de pruebas) se publicarán en el BOP y en la sede electrónica.
El sistema selectivo: cinco fases, todas eliminatorias
La base décima primera ordena las pruebas. Este es el orden real del proceso y lo que puntúa cada una:
1. Prueba de aptitud física (apto / no apto). Antes de nada se comprueba la altura con certificado médico oficial vigente, con una antigüedad máxima de 90 días, en el modelo del Anexo VIII del Decreto 179/2021: sin ese certificado se queda uno fuera del proceso. Después, cuatro ejercicios con marcas de referencia del Anexo I:
| Ejercicio | Marca de apto (hombres) | Marca de apto (mujeres) |
|---|---|---|
| Carrera de 60 metros en pista | hasta 10 segundos | hasta 12 segundos |
| Lanzamiento de balón medicinal | 4 kg y 5,90 metros o más | 3 kg y 5,90 metros o más |
| Carrera de 1.000 metros | 3 minutos 50 segundos | 4 minutos 10 segundos |
| Natación, 50 metros estilo libre | hasta 55 segundos | hasta 58 segundos |
La calificación global es de apto o no apto y hay que ser apto en los cuatro ejercicios. Cada uno tiene sus nulos y sus eliminaciones (salida anticipada, dos nulos, conducta antideportiva, calzado con clavos, elementos auxiliares en la piscina…), y el reglamento es escaso con los intentos: en los 60 metros hay dos; en el lanzamiento y en los 1.000 metros, uno solo con posibilidad de repetir si el primero sale nulo; en natación, lo mismo. La prueba de natación es la más habitualmente determinante: es obligatoria y eliminatoria y se hace en piscina de 25 o 50 metros.
2. Prueba psicotécnica (apto / no apto, eliminatoria). El Anexo II la describe como un test que evalúa personalidad general y personalidad laboral en relación con el perfil del puesto, y que puede usarse instrumentalmente en pruebas posteriores. En la personalidad general se miden tres bloques: estabilidad emocional (ansiedad, depresión, paranoia, hostilidad, estrés, tolerancia al fracaso, autocontrol, atención y concentración), ajuste social (liderazgo, trabajo en equipo, sociabilidad, asertividad) y ajuste organizacional (compromiso con el trabajo, atención a las normas, flexibilidad, planificación e iniciativa), con una escala de sinceridad para detectar tanto problemas psicológicos como la intención de dar un perfil concreto. En la personalidad laboral se agrupan cuatro dominios: relación con los demás, emoción (tolerancia al estrés y autocontrol), innovación (iniciativa y creatividad) y gestión (organización, toma de decisiones, responsabilidad e implicación).
3. Ejercicio escrito de preguntas con respuesta alternativa (0 a 50 puntos, mínimo 25). Un cuestionario de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas, solo una cierta, en una hora, sobre el Anexo IV apartado A. Lleva al menos cinco preguntas adicionales de reserva, que sustituyen por orden a las que puedan anularse, y las preguntas se reparten proporcionalmente entre los grupos del temario según el número de temas de cada uno. La calificación es de 0 a 50 y hace falta un 25 como mínimo. Las respuestas erróneas se penalizan con la fórmula clásica (A − E/(n−1)) × M/N, y las no contestadas no puntúan ni a favor ni en contra: ante la duda, dejarla en blanco suele ser mejor negocio que una respuesta al azar.
4. Ejercicio práctico sobre el temario (0 a 50 puntos, mínimo 25). Un caso práctico resuelto por escrito en una hora, con preguntas sobre el planteamiento del caso; se valora especialmente el conocimiento de la norma aplicable y la capacidad de relacionar el caso con el contenido teórico del Anexo IV. También exige un 25 para superarlo.
5. Reconocimiento médico (apto / no apto, eliminatorio). Según el cuadro de exclusiones médicas de los procesos de selección de policías locales de la Comunitat Valenciana por turno libre (Anexo II, apartado A, del Decreto 179/2021). Entre los criterios: obesidad o delgadez superiores al 25 % del peso ideal, agudeza visual sin corrección por debajo de dos tercios de la visión normal, determinados umbrales de audición, patología locomotora, cardiovascular (no superar 150 mm Hg de sistólica y 85 de diastólica en reposo), respiratoria, nerviosa (epilepsia, psicosis, alcoholismo, toxicomanías) y diabetes o enfermedades transmisibles en actividad, siempre que limiten el desarrollo del trabajo.
Hay, además, una fase de reconocimiento médico previa al final del proceso en la descripción de las bases, con el mismo cuadro y el mismo carácter de obligatoria y eliminatoria.
Orden, llamamientos y corrección
El orden de actuación se inicia en la letra que fije la resolución de la Conselleria de Justicia vigente en ese momento, y las pruebas no pueden comenzar hasta que pasen 15 días hábiles desde la publicación de la relación definitiva de admitidos. Entre un ejercicio y el siguiente no pueden transcurrir más de 45 días, y el llamamiento a la sesión siguiente se notifica con 24 horas de antelación si es del mismo ejercicio y con dos días si es de uno nuevo. Los aspirantes son convocados en un único llamamiento: quien no se presente, aun con causa justificada, queda decaído en su derecho a participar en ese ejercicio y en los sucesivos, salvo casos fortuitos o fuerza mayor apreciados por el órgano. La corrección busca la anonimización de los ejercicios siempre que la naturaleza de la prueba lo permite.
Qué temario hay que estudiar: 40 temas en siete grupos
El Anexo IV recoge el temario de la categoría de Agente, 40 temas agrupados en siete bloques:
- Grupo I. Derecho constitucional (temas 1 a 10). Estructura y reforma de la Constitución de 1978, organización política del Estado, poder legislativo, ejecutivo y judicial, organización territorial, derechos y deberes fundamentales, Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana (Generalitat, Les Corts, Consell, Síndic de Greuges, Sindicatura de Comptes, Consell Jurídic Consultiu, Acadèmia Valenciana de la Llengua), fuentes del Derecho y Unión Europea.
- Grupo II. Derecho penal (temas 11 a 18). El delito y la responsabilidad penal, homicidio y lesiones, delitos contra la libertad e indemnidad sexual, patrimonio y orden socioeconómico, seguridad vial (alcohol, velocidad, conducción temeraria, omisión del deber de socorro), violencia doméstica y de género, delitos contra la administración pública y delitos contra derechos fundamentales cometidos por funcionarios, atentados y resistencia.
- Grupo III. Policía judicial y administrativa (temas 19 a 22). La Policía Local como Policía Judicial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, atestado, entrada y registro, detención y derechos del detenido, habeas corpus, procedimiento administrativo y recursos, y Policía Administrativa: competencias municipales en actividades, urbanismo, ocupación de la vía pública, venta ambulante, escolarización, espectáculos y videovigilancia.
- Grupo IV. Régimen local (temas 23 a 26). El municipio, la Alcaldía y las concejalías, órganos colegiados (Pleno y Junta de Gobierno Local), obligaciones y competencias de los ayuntamientos, ordenanzas y reglamentos, potestad sancionadora y bandos de Alcaldía, y la función pública local.
- Grupo V. Policía (temas 27 a 31). Infracciones y sanciones de la Ley Orgánica 4/2015 de Seguridad Ciudadana y protección de datos, Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la Policía Local en la Ley 17/2017 valenciana, la AVSRE y el IVASPE, y régimen disciplinario.
- Grupo VI. Policía de Tráfico y Movilidad (temas 32 a 37). Disposiciones generales de tráfico, Reglamento General de Circulación, Reglamento General de Conductores, Reglamento General de Vehículos, transportes (incluido el escolar y el de mercancías peligrosas), alcohol y drogas en la conducción, y accidentes de tráfico con la actuación de la Policía Local.
- Grupo VII. Ciencias sociales (temas 38 a 40). Delitos de odio y trata de personas, Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y menores infractores, delincuencia juvenil, acoso escolar y desprotección infantil.
Con 40 temas y solo un ejercicio escrito de 50 preguntas, el reparto proporcional por grupos significa que el Grupo I (10 temas) pesa el doble que el Grupo IV o el V. Un plan de estudio que no pondere el número de temas de cada bloque desaprovecha el diseño de la prueba.
Calificación, empate y cuándo se constituye la bolsa
La fase de oposición sobre los ejercicios escritos, prácticos, psicotécnico y de aptitud física se puntúa en el conjunto de 0 a 100 puntos, con un mínimo de 50 puntos para declararse apto: son los puntos de los dos ejercicios de conocimientos más la mejor calificación obtenida en las pruebas psicotécnica y de aptitud física. A partir de ahí:
- Anuncio de la calificación provisional: el Pleno del Ayuntamiento aprueba la lista en el plazo máximo de un mes desde el cierre del plazo de presentación de instancias, con nombre, DNI, calificación y situación de mérito. Para las reclamaciones previas son 10 días hábiles, y la calificación provisional solo puede ser confirmada o modificada. Esa es la que se traslada al organismo de gestión del empleo público para iniciar el baremo de los méritos alegados.
- Reclamaciones contra la relación definitiva: 10 días hábiles desde su publicación, contra la calificación y contra la composición de los tribunales.
- Empate en la nota final (en el orden que fijen las bases): mayor puntuación en el ejercicio escrito, después en el práctico, después pertenecer al sexo infrarrepresentado y, si el empate persiste, sorteo.
- Bolsa de trabajo: se constituye con quienes superen las pruebas y no accedan a plaza. La vigencia máxima es de tres años desde su publicación en el tablón digital del ayuntamiento. Las altas en la bolsa se anuncian en el BOP y en la sede, con quince días naturales para alegar en casos de renuncia o no superación de pruebas. Las bajas por causas ajenas a la voluntad del aspirante se pueden solicitar mientras la oferta de empleo siga vigente; los llamamientos para cubrir plazas pueden ser por orden del turno libre, por apertura de convocatoria de oposición o por sorteo (con antigüedad si hay empatos), y quienes no se presenten por causa no imputable no pierden la posición ni sufren penalización.
El órgano de selección está formado por cinco miembros, nombrados por resolución de la Alcaldía con criterio de representación proporcional y publicación en el BOP: la presidencia la ocupa el jefe o la jefa del Cuerpo de la Policía Local, que no la ejerce si no tiene la condición de funcionario; el secretariado, una persona con titulación superior adscrita a la corporación; dos vocales nombrados entre funcionarios de la AVSRE, de las diferentes Administraciones Públicas o con la condición de personal investigador; y un vocal nombrado entre funcionarios de carrera de la clase de policía local de ayuntamientos valencianos. El tribunal actúa colegiadamente desde el primer ejercicio y las decisiones se adoptan por mayoría: entre los puestos no impartidos en la calificación cabe obtener el 50 % de los ejercicios como complemento, por acuerdo unánime, con voto particular de quien disienta y publicación en el BOP.
Después del examen: posesión, IVASPE y prácticas
Quien supera la oposición con plaza entra en la fase de curso selectivo de formación inicial en el IVASPE, que tiene dos fases independientes pero conectadas:
- Fase de formación y selección: desplazamiento al centro, prácticas de tiro, fotografías, huellas dactilares y expediente para carné de armas, estudio de los sistemas de armas, armaduras y de la defensa personal, y formación en Derecho Constitucional y penal, técnicas de intervención policial y tráfico.
- Fase de prácticas en el ayuntamiento: 12 semanas en la dependencia policial municipal, con evaluación continua y calificación por jefatura y tutores, todo ello aprobado por el Pleno. La puntuación final reparte un 20 % a la formación y un 80 % a las prácticas municipales, con mínimo de 50 puntos.
Quien lo supera es nombrado Personal Funcionario en prácticas y cesa en esa situación si no supera el curso; la acreditación de que ha superado los tres periodos de prácticas (que incluyen el de alarma, movilización general y emergencias) habilita para ser nombrado Personal Funcionario de carrera, a propuesta del órgano competente en la fase de acceso libre. Quien no supere la fase de formación puede pedir reincorporarse a la bolsa cuando haya un nuevo curso. Quien cese en prácticas puede pedir al Órgano de Recurso que se le reponga en el período anterior de prácticas si hay causas ajenas a su voluntad, y los errores de hecho y de derecho se corrijen. El nombramiento como personal estatutario en expectativa de derechos se producirá con anterioridad al comienzo de los periodos de prácticas.
Plazos administrativos que vienen de las bases: el gobierno corporativo notifica el desistimiento, la renuncia o el cese en un plazo máximo de quince días naturales para presentar alegaciones, y el Ayuntamiento tiene quince días naturales para nombrar tras la declaración del orden del turno libre. Los funcionarios en prácticas disponen de 30 días naturales para la toma de posesión desde la notificación, con prórroga de igual duración. En caso de violencia de género, la baja afecta a plazos administrativos pero no a los laborales. Y el artículo 60 del Estatuto Básico del Empleado Público habilita el recurso de reposición o de alzada cuando el órgano incompetente aborde cuestiones propias del procedimiento de selección.
Las denuncias por parte de un aspirante (indicios de irregularidad, acoso, violencia de género, discriminación por raza o religión o aplicación de criterios punitivos) reciben tratamiento anónimo, al margen de la evaluación de la prueba y del tribunal, y deben tramitarse de oficio por el órgano instructor en caso de que exista instrucción penal, por el órgano competente en los demás supuestos.
Cómo preparar esta plaza
Con una sola plaza convocada, la diferencia la hace la prueba de conocimientos: es la única que puntúa de verdad y decide la nota final. El psicotécnico, en cambio, elimina, y la experiencia es que más gente se cae ahí que por el temario. El pack Psicotécnicos Policía Local 2026 de Red Opositor es el material específico para la segunda fase: 160 ejercicios resueltos con los mismos tipos de ítem que aparecen en estas bases (inteligencia general, aptitudes verbal, numérica, espacial, razonamiento y atención-percepción) y una guía honesta para la parte de personalidad y la entrevista, que en Soneja es el cuestionario de personalidad general y laboral del Anexo II. Se entrega al momento en tu cuenta.
Para los 40 temas del Anexo IV, el camino es el habitual: leer por bloques, montar esquema propio y atacar test de las tres modificaciones valencianas más especiales del Grupo V (Seguridad Ciudadana, Policía Local valenciana y su desarrollo) y del Grupo VI de Tráfico, que es donde se mueve el examen real.
Otras convocatorias y recursos de Policía Local
Soneja es una de las convocatorias recientes de Agente en la provincia de Castellón y en la Comunitat Valenciana. Si comparas plazas o quieres el panorama del año:
- Convocatoria Agente Policía Local Altura 2026: 2 plazas
- Convocatoria Policía Local Albal 2026
- Convocatoria Agente Policía Local Orihuela 2026: 3 plazas
Y para el marco general del cuerpo, la guía de requisitos de las oposiciones de policía local 2026, el temario de policía local y el plan para aprobar el psicotécnico de policía local, que en Soneja es la prueba que elige a los que siguen.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas plazas de Agente de Policía Local convoca el Ayuntamiento de Soneja?
Una sola plaza, de Agente de Policía Local de la plantilla municipal, escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, escala básica, grupo C, subgrupo C1, con carácter permanente. Se cubre por oposición en turno libre y la plaza procede de la oferta de empleo público de 2024. Hasta la celebración del curso selectivo pueden sumarse las vacantes que se produzcan, siempre que se incluyan en la oferta de empleo correspondiente.
¿Hasta cuándo hay plazo para presentar la instancia en la convocatoria de Soneja?
El plazo es de veinte días hábiles desde el día siguiente a la publicación de un extracto de la convocatoria en el BOE, según la base quinta y el artículo 3.2 del Decreto 179/2021 del Consell. A fecha de 29 de septiembre de 2026 el extracto de esta convocatoria de Policía Local no se había publicado todavía en el BOE, de modo que el plazo no había empezado. Ojo con no confundirla con la otra convocatoria abierta en Soneja, la de Operario de Servicios Múltiples, cuyo extracto en el BOE (BOE-A-2026-19744, de 23 de septiembre de 2026) sí arrancó un plazo distinto.
¿Qué requisitos pide la convocatoria de Policía Local de Soneja?
Nacionalidad española, no estar inhabilitado para funciones públicas ni separado del servicio de ninguna administración, carecer de antecedentes penales, título de Bachiller o de Formación Profesional (o las condiciones para obtenerlo), tener al menos 18 años sin exceder la edad de jubilación forzosa, comprometerse por declaración responsable a portar armas de fuego, estar en posesión de los permisos de conducir clases B y A2, no sufrir ninguna patología que impida el desempeño de las funciones según el cuadro de exclusiones médicas y medir como mínimo 1,65 metros los hombres y 1,58 metros las mujeres. Todos los requisitos se exigen en el día en que finalice el plazo de instancias y deben mantenerse durante todo el proceso.
¿Cómo son las pruebas de la oposición de Policía Local de Soneja?
Hay cinco fases en este orden, todas eliminatorias. Primero la prueba de aptitud física, con cuatro ejercicios (60 metros, lanzamiento de balón medicinal, 1.000 metros y 50 metros de natación) que se aprueban por marcas; después el test psicotécnico, de apto o no apto; después un ejercicio escrito de 50 preguntas con cuatro opciones en una hora, con un mínimo de 25 sobre 50 y penalización por errores; después un ejercicio práctico de caso sobre el temario, también de una hora, con un mínimo de 25 sobre 50; y por último el reconocimiento médico según el cuadro de exclusiones.
¿Qué temario hay que estudiar para la oposición de Policía Local de Soneja?
El Anexo IV de las bases recoge 40 temas repartidos en siete grupos: Derecho constitucional (10 temas, con el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana), Derecho penal (8), Policía judicial y administrativa (4), Régimen local (4), Policía (5, con la Ley 4/2015 de Seguridad Ciudadana, la Ley 2/1986 y la Ley 17/2017 valenciana), Policía de Tráfico y Movilidad (6) y Ciencias sociales (3, con delitos de odio, igualdad y menores infractores). Las preguntas del ejercicio escrito se reparten proporcionalmente entre los grupos según el número de temas de cada uno.
¿Cuándo es el examen de la Policía Local de Soneja?
Todavía no hay fecha. El anuncio del BOP no fija día de examen: las bases remiten a la resolución que apruebe la lista definitiva de admitidos, que indicará fecha, lugar y hora del primer ejercicio. Además, las pruebas no pueden comenzar antes de que pasen 15 días hábiles desde la publicación de esa lista definitiva. Con el plazo de instancias aún sin abrir a fecha de 29 de septiembre de 2026, la fecha del ejercicio llegará con los sucesivos anuncios del Ayuntamiento en el BOP y en su sede electrónica.
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