Administrativo/a Ayto. de María (Almería): 1 plaza · 2026
1 plaza de Administrativo/a (C1) en el Ayuntamiento de María (Almería), por oposición. Temario de 40 temas, pruebas y requisitos: el plazo aún no ha empezado.
El Ayuntamiento de María (Almería) convoca 1 plaza de Administrativo/a, del grupo C1, subgrupo C1, escala Administración General, subescala Administrativa, nivel 19, como funcionaria de carrera y por el sistema de oposición, con dos ejercicios eliminatorios. Las bases se aprobaron por el Decreto 399/2026, de 26 de agosto de 2026, de la Primera Tenencia de Alcaldía, y salieron publicadas íntegras en el BOP de Almería núm. 187, lunes 28 de septiembre de 2026, páginas 28 a 37, con el anuncio 2496/26. Junto con la plaza, las bases crean una bolsa de trabajo de la misma categoría.
Lo importante antes de seguir: el plazo de instancias todavía no está abierto. Las bases lo cuentan desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE, y ese extracto no se había publicado en el último sumario revisado, el del viernes 2 de octubre de 2026. Este post sirve para saber qué se pide, cómo es el examen y qué hay que tener preparado para el día en que arranque la cuenta.
Tres cosas para decidir en dos minutos si te compensa: el temario son 40 temas (24 generales y 16 específicos de Administración Local), el primer ejercicio son 80 preguntas de test en 90 minutos con penalización de un cuarto por fallo, y no se ha fijado ninguna tasa de participación en las bases publicadas.
Datos de la convocatoria
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Puesto | Administrativo/a, Escala Administración General, subescala Administrativa |
| Organismo | Excmo. Ayuntamiento de María (Almería), Andalucía |
| Plazas | 1, vacante en la plantilla municipal, más la creación de una bolsa de trabajo |
| Sistema selectivo | Oposición: dos ejercicios obligatorios y eliminatorios |
| Grupo y subgrupo | C / C1 |
| Nivel del puesto | 19 |
| Naturaleza | Funcionaria de carrera, con periodo de prácticas de dos meses |
| Oferta de empleo público | OEP 2026 |
| Norma de convocatoria | Decreto 399/2026, de 26 de agosto de 2026 |
| Publicación de las bases | BOP de Almería núm. 187, de 28 de septiembre de 2026, pág. 28-37 (anuncio 2496/26) |
| Extracto en el BOE | Pendiente de publicar (comprobado el 3 de octubre de 2026) |
| Plazo de solicitudes | 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE |
| Tasa de participación | Las bases no fijan importe |
| Temario | 40 temas (Anexo IV): 24 generales y 16 específicos |
| Pruebas | Test de 80 preguntas y supuesto práctico |
Fuente: convocatoria y bases completas en el BOP de Almería (núm. 187, de 28 de septiembre de 2026). Las publicaciones posteriores —relación de admitidos, plantillas de respuestas, calificaciones y propuesta— se entienden hechas en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de María, según el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015.
El plazo de instancias: por qué todavía no ha empezado
La base quinta es la que manda, y dice así: el plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en que se efectúe la publicación del extracto del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, sin perjuicio de que también se publique en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento.
Dos consecuencias prácticas de esa frase, y la segunda es la que se cuece:
- El reloj no empieza el 28 de septiembre. Ese día se publicó la convocatoria íntegra en el BOP de Almería, pero las bases anclan el recuento al extracto del BOE, no al boletín provincial. Presentar la instancia antes de que salga el extracto no adelanta nada y obliga a subsanar.
- A fecha de 3 de octubre de 2026 ese extracto no estaba publicado. Se han revisado los sumarios del BOE del lunes 28, martes 29, miércoles 30 de septiembre y del jueves 1 y viernes 2 de octubre de 2026 —el 3 de octubre es sábado y no hay sumario—, y ninguno recoge el anuncio del Ayuntamiento de María. En la misma ventana sí han salido extractos de otros ayuntamientos almerienses, como los de Pechina y Roquetas de Mar, así que la ausencia no es un fallo del sistema: sencillamente esta convocatoria aún no ha llegado al BOE.
Por eso no se publica aquí una fecha de cierre: calcularla hoy sería inventarla. Cuando salga el extracto, el recuento arranca al día siguiente y se descuentan fines de semana, festivos nacionales —dentro de octubre, el 12 de octubre, Fiesta Nacional; en noviembre, el día 1; en diciembre, los días 6, 8 y 25— y los festivos locales de María, que conviene comprobar en el bando o en el tablón municipal cuando arranque la cuenta. Con veinte días hábiles desde un lunes, el cierre cae casi siempre en el mismo mes, pero depende de la fecha exacta del extracto.
Mientras tanto, lo que sí conviene hacer: revisar si te sobran los requisitos, descargar y rellenar el modelo de instancia del Anexo I, reunir el DNI y la titulación, y empezar por los 40 temas del Anexo IV. La parte general son 24 temas de Derecho que se repiten en casi cualquier convocatoria municipal, así que el tiempo invertido ahora no se pierde si esta plaza no sale o si te presentas a otra.
Requisitos
La base tercera lista cinco requisitos, y todos hay que tenerlos al finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso selectivo hasta la toma de posesión:
- Nacionalidad: española, de conformidad con el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público. Las personas de nacionalidad de otro Estado miembro de la Unión Europea quedan dentro de los supuestos del artículo 57.2 del mismo texto refundido, y en ese caso la documentación es el pasaporte.
- Edad: dieciséis años cumplidos.
- Titulación: estar en posesión del título de Bachiller o Técnico, o en condiciones de obtenerlo por haber abonado los derechos para su expedición a fecha de cierre del plazo. Las titulaciones obtenidas en el extranjero exigen la credencial de homologación o convalidación.
- Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones del puesto, sin enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones propias de la plaza.
- Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública ni de los organismos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, y no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
A estos se suma la ausencia de incompatibilidades con la Ley 53/1984: no estar afectado por ninguno de sus motivos de incompatibilidad o comprometerse a ejercer la opción que prevé su artículo 10.
Las bases no piden antigüedad, experiencia profesional ni pertenencia a ninguna bolsa, y no abren turnos separados de promoción interna o de personal eventual: quien cumpla estos cinco requisitos compite en las mismas condiciones que el resto.
Documentación, instancia y dónde se presenta
La instancia se formula en el modelo del Anexo I, dirigido a la Sra. Primera Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de María, en la que se manifiesta expresamente que se reúnen todos los requisitos exigidos. Se puede presentar:
- por medios electrónicos a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de María;
- por cualquier otro medio admitido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, incluido Correos, en sobre abierto para que quede fechado y sellado antes de certificarlo;
- si se presenta en un registro distinto del General del Ayuntamiento, hay que comunicarlo por correo electrónico al registro municipal con la fecha y el medio de envío, para que no se bloquee la relación provisional de admitidos.
Con la solicitud hay que adjuntar: fotocopia del DNI (o del pasaporte, en su caso); fotocopia de la titulación exigida o, si se está pendiente de expedirla, del justificante de haber abonado los derechos de expedición, más la homologación cuando el título sea extranjero; y, para quienes acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, la certificación del órgano competente más la declaración responsable de que el grado es compatible con las tareas del puesto.
Quien necesite adaptación de tiempo y medios para hacer los ejercicios debe aportar informe del órgano competente de la Administración General del Estado o de la comunidad autónoma donde se especifique el porcentaje y la adaptación concreta.
Tres reglas que conviene tener presentes: los aspirantes quedan vinculados a los datos de la solicitud y solo pueden modificarlos dentro del plazo de presentación; una vez cerrado ese plazo y el de subsanación, no se admite documentación adicional; y hay que mantener actualizado el domicilio de notificaciones, el teléfono móvil y el correo electrónico, porque son los tres canales por los que llegará todo.
Tasa: las bases publicadas no fijan ninguna cuantía de participación, ni cuenta bancaria, ni referencia de pago. El Anexo I menciona el justificante del pago de las tasas como documentación, sin concretar importe. Antes de abonar nada, confírmalo en el tablón de la sede electrónica o en el registro municipal.
Cómo es el proceso selectivo
La fase de oposición consta de dos ejercicios, obligatorios y eliminatorios. Cada uno se califica de 0 a 10 puntos y hay que alcanzar como mínimo 5 puntos en cada uno; la nota es la media aritmética de las puntuaciones dadas por cada miembro del tribunal.
| Ejercicio | Qué es | Tiempo | Nota mínima |
|---|---|---|---|
| Primero | Cuestionario tipo test de 80 preguntas sobre el Anexo IV, más 10 de reserva | 90 minutos | 5 sobre 10 |
| Segundo | Uno o varios supuestos teórico-prácticos sobre tareas administrativas propias del puesto de Administrativo | Hasta 3 horas | 5 sobre 10 |
El primer ejercicio. Las 80 preguntas se responden en una hoja de examen, con cuatro alternativas por pregunta y una sola correcta. Todas valen lo mismo: cada respuesta errónea descuenta un cuarto del valor de una respuesta correcta y las respuestas en blanco no penalizan, así que dejar una pregunta sin resolver es siempre mejor que lanzar. Las 10 preguntas de reserva solo se valoran si se anula alguna de las 80, siguiendo su orden de numeración. El tribunal publica en la sede electrónica la plantilla provisional de respuestas junto con el cuestionario, y contra ella se pueden alegar en el plazo de cinco días hábiles; resueltas las reclamaciones se publica la lista de aprobados.
El segundo ejercicio. Consiste en resolver uno o varios supuestos teórico-prácticos sobre las tareas administrativas propias de la categoría de Administrativo, propuestos por el tribunal y con un tiempo que no puede exceder de tres horas. Puede plantearse como preguntas de desarrollo, cuestionario de preguntas cortas o preguntas tipo test. El tribunal puede determinar que se proceda a la lectura pública del ejercicio y pedir aclaraciones.
La nota final es la suma de los dos ejercicios, con un máximo de 20 puntos. En caso de empate, el orden lo decide primero la mejor puntuación en el segundo ejercicio, después la del primero y, si persiste, un sorteo. El tribunal puede además abrir un expediente de comprobación de requisitos si tiene noticias de que alguien no los cumple o de que han variado las circunstancias alegadas, con trámite de audiencia.
Qué entra en el temario
El Anexo IV recoge 40 temas divididos en dos partes. No es un temario de relleno: la parte general es el bloque de Derecho que se repite en casi todas las convocatorias municipales andaluzas, y la parte específica es el cuerpo de la oposición a un ayuntamiento.
Parte general: temas 1 a 24
- Tema 1. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido, principios generales, valores superiores, derechos y deberes fundamentales, garantía y suspensión y reforma.
- Temas 2 y 3. La Corona, las Cortes Generales y la ley; el Gobierno y la Administración, sus relaciones con las Cortes, designación, duración, responsabilidad y control.
- Tema 4. Administración Pública y Derecho Administrativo: principio de legalidad, fuentes, clases de reglamentos y principios de actuación.
- Tema 5. La organización territorial del Estado: la Administración General del Estado, la periférica, las comunidades autónomas y el Estatuto de Autonomía de Andalucía.
- Tema 6. La Administración Local: entidades que la integran, autonomía local, régimen local, el municipio, el término municipal, la población, el empadronamiento y el estatuto de los vecinos.
- Temas 7 a 11. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, en cinco temas: disposiciones generales e interesados, actos administrativos, garantías e iniciación, ordenación e instrucción, y tramitación simplificada, ejecución y revisión.
- Temas 12 a 15. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en cuatro temas: disposiciones generales, órganos, competencia, órganos colegiados y abstención y recusación; potestad sancionadora; responsabilidad patrimonial; y funcionamiento electrónico, convenios y relaciones interadministrativas.
- Tema 16. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones: tipos, procedimientos de concesión y gestión, reintegro.
- Temas 17 a 20. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en cuatro temas: expediente, pliegos, selección del contratista y adjudicación; licitación y formalización, garantías y contratos menores; contrato de obras; y contratos de suministro y de servicios.
- Tema 21. La jurisdicción contencioso-administrativa y el recurso contencioso-administrativo.
- Tema 22. La protección de datos personales como derecho fundamental: régimen jurídico, principios, derechos de los ciudadanos y obligaciones de las Administraciones.
- Tema 23. La Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
- Tema 24. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Parte específica: temas 25 a 40
- Tema 25. Organización municipal I: órganos de gobierno en los municipios de régimen común, el Alcalde, los Tenientes de Alcalde, los Concejales, el Pleno y la Junta de Gobierno Local.
- Tema 26. Organización municipal II: competencias del municipio, servicios mínimos, delegación de competencias y competencias impropias.
- Tema 27. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: convocatoria, orden del día, sesiones, acuerdos, votaciones, actas, notificaciones y publicación.
- Tema 28. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales: clases, procedimiento, límites de la potestad reglamentaria, incumplimiento y bandos.
- Tema 29. Régimen jurídico de los bienes locales: dominio público, patrimoniales, adquisición y enajenación, uso y aprovechamiento, bienes comunales e inventario.
- Temas 30 a 32. Personal al servicio de la Administración Local en tres temas: concepto, clases, función pública local, oferta de empleo y sistemas selectivos; derechos, deberes, carrera, situaciones administrativas, incompatibilidades y régimen disciplinario; y derechos económicos, Seguridad Social y contratación laboral.
- Tema 33. Formas de actividad de las Entidades Locales: intervención administrativa en la actividad privada, policía, licencias y autorizaciones, declaraciones responsables y comunicaciones previas.
- Tema 34. El servicio público en la esfera local: modos de gestión, gestión directa e indirecta.
- Tema 35. Concepto de urbanismo, ordenación del territorio, licencias urbanísticas y de apertura, procedimiento de concesión, órdenes de ejecución y expedientes de ruina.
- Tema 36. Hacienda Local I: recursos de las Haciendas Locales, impuestos, tasas, contribuciones especiales, precios públicos e ingresos municipales de derecho público.
- Tema 37. Hacienda Local II: potestad reglamentaria tributaria, ordenanzas fiscales, procedimiento de aprobación y de impugnación, y recursos no tributarios.
- Tema 38. Hacienda Local III: presupuesto general de las entidades locales, concepto, contenido, aprobación, modificaciones de crédito y financiación.
- Tema 39. Hacienda Local IV: control interno, función interventora, control financiero, de eficacia y de eficiencia y control externo.
- Tema 40. Hacienda Local V: estructura presupuestaria, ejecución del presupuesto de gastos y de ingresos, pagos a justificar, anticipos de caja fija, gastos plurianuales, liquidación y cierre del ejercicio.
Admisión, prácticas y nombramiento
Admisión. Terminado el plazo, la Primera Teniente de Alcalde dicta resolución con la relación provisional de admitidos y excluidos, que se publica en el BOP de Almería y en el tablón de la sede electrónica. Quien figure excluido, o no figure en ninguna de las dos listas, tiene un plazo único e improrrogable de diez días hábiles para subsanar. La lista definitiva se publica en el tablón de la sede municipal.
Pruebas y propuesta. Superados los ejercicios, el tribunal publica las puntuaciones y propone a la persona de mayor puntuación para el nombramiento, sin que la propuesta pueda exceder del número de plazas convocadas. Contra las calificaciones se puede alegar en cinco días hábiles por cada exposición pública.
Documentación y periodo de prácticas. La persona propuesta tiene diez días hábiles desde el requerimiento para presentar la documentación (original y copia del DNI, la titulación y, en su caso, la declaración responsable de cumplimiento de requisitos) y debe superar un reconocimiento médico acreditativo de la capacidad funcional. El periodo de prácticas dura dos meses desde la toma de posesión como funcionaria en prácticas, con los derechos económicos inherentes a esa condición. Quien no lo supere queda declarada No Apto y se requiere al siguiente por orden de prelación.
Nombramiento. Superado el periodo de prácticas con la calificación de Apto, se dicta la resolución de nombramiento como funcionaria de carrera, que se publica en el BOP de Almería. La posesión debe producirse en el plazo máximo de treinta días desde la notificación; sin causa justificada, se pierden los derechos a la plaza.
La bolsa de trabajo que nace con la convocatoria
El enunciado de la convocatoria anuncia la creación de una lista de espera, y las bases la desarrollan en la sección IX como bolsa de trabajo, con seis reglas que conviene conocer:
- Quien supere el primer ejercicio ya entra en la bolsa, ordenada de forma decreciente según la puntuación obtenida. No hace falta aprobar el práctico para quedar inscrito.
- Los nombramientos se ofertan según las necesidades municipales, a jornada completa o parcial, y la incorporación se hace por orden decreciente de puntuación.
- El único medio de contacto es el teléfono móvil. El Ayuntamiento llama en tres momentos distintos durante un mismo día, entre las 9 y las 14 horas; si no se responde, envía un correo electrónico con plazo hasta las 12 horas del día laborable siguiente. Cambiar de número o de correo obliga a comunicarlo.
- Rechazar una oferta sin justificación supone la eliminación de la bolsa. Las causas justificadas (enfermedad, cumplimiento de un deber público, baja por maternidad o adopción, extinción de un empleo previo) se acreditan en tres días hábiles desde la oferta; la baja temporal por esas causas obliga a comunicar la alta en un máximo de cinco días hábiles.
- La bolsa dura cuatro años desde el día siguiente a su constitución. Vencido ese plazo pierde vigencia automáticamente, salvo que se esté tramitando ya la constitución de una nueva.
- Deja sin efecto cualquier otra bolsa o lista de espera vigente en el Ayuntamiento sobre el mismo objeto.
Material para esta convocatoria
El pack Parte común Administración Local 2026 está publicado y a la venta por 36,00 €. Es una guía web privada e imprimible en A4 con 50 preguntas resueltas con cita legal repartidas en cinco bloques (Constitución, procedimiento y empleado público, régimen local en dos bloques, y haciendas y leyes transversales), un diagnóstico interactivo de 12 preguntas con explicación, el esquema de los artículos clave de la Ley 7/1985 y un cheatsheet de cifras del régimen local, la comparativa entre régimen común y gran población, un glosario y un plan de estudio de seis semanas, con acceso inmediato y permanente desde el área de cliente.
Se dice con todas las letras para que nadie compre lo que no es: este pack no es el temario íntegro de esta convocatoria. Las bases fijan 40 temas en el Anexo IV, y ni este pack ni ningún otro los desarrolla todos. Lo que cubre es el tronco jurídico que la parte general de este examen comparte con casi todas las convocatorias municipales —Constitución, procedimiento administrativo, régimen local, haciendas locales—, que es además lo que más se repite entre convocatorias si te presentas a más de una. La parte específica de esta plaza, los temas 25 a 40 con su detalle municipal, se prepara sobre las propias bases del BOP, que son la fuente que manda.
La misma categoría en otras administraciones
Si esta convocatoria no cuadra con tu situación, son del mismo cuerpo y de la misma familia:
- Administrativo/a Ayuntamiento de Muros 2026: 1 plaza — otra plaza única de Administrativo municipal, para comparar requisitos y temario.
- Administrativo Belmonte de Tajo 2026: 1 plaza — mismo formato de convocatoria pequeña, en la Comunidad de Madrid.
- Temario común de las oposiciones de ayuntamiento 2026: las leyes que se repiten — qué leyes aparecen una y otra vez en los programas municipales.
Otras convocatorias de Almería
- Técnico de Administración General Diputación de Almería 2026: 5 plazas — la misma provincia, subescala Administrativa y grupo C1, pero en la diputación.
- Psicólogo Ayuntamiento de Almería 2026: 5 plazas — convocatoria municipal de la capital provincial.
- Administrativo/a Ayuntamiento de Fuengirola 2026: 19 plazas — si buscas volumen de plazas en Andalucía en lugar de una plaza única.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se abre el plazo de instancias de la plaza de Administrativo del Ayuntamiento de María?
Cuando se publique el extracto de la convocatoria en el BOE. La base quinta cuenta veinte días hábiles desde el día siguiente a esa publicación, no desde la aparición en el BOP de Almería. Comprobado el 3 de octubre de 2026, los sumarios del BOE del 28 de septiembre, 29 de septiembre, 30 de septiembre, 1 de octubre y 2 de octubre de 2026 no contienen el extracto del Ayuntamiento de María, así que el plazo no había arrancado. Hasta que salga, no se puede presentar la instancia.
¿Cuántas plazas convoca el Ayuntamiento de María y en qué grupo es?
Una plaza de Administrativo/a, vacante en la plantilla municipal y incluida en la oferta de empleo público de 2026. Grupo C, subgrupo C1, escala Administración General, subescala Administrativa, nivel 19 y naturaleza funcionarial. Junto con ella se crea una bolsa de trabajo de la misma categoría.
¿Qué titulación hace falta para opositar a Administrativo en el Ayuntamiento de María?
Bachiller o Técnico. También vale estar en condiciones de obtenerlo por haber abonado ya los derechos de expedición a la fecha de cierre del plazo, y las titulaciones del extranjero exigen credencial de homologación o convalidación. No se pide experiencia previa ni pertenecer a ninguna bolsa.
¿Cuántos temas tiene el temario y cómo es el examen?
Cuarenta temas en el Anexo IV, 24 de parte general y 16 de parte específica. El examen son dos ejercicios eliminatorios: primero un test de 80 preguntas en 90 minutos con 10 de reserva, cuatro alternativas, un cuarto de punto de penalización por fallo y blancos sin penalizar; después un supuesto práctico de tareas administrativas con un máximo de tres horas. Cada ejercicio se aprueba con 5 puntos y la nota final es la suma de los dos.
¿Hay que pagar una tasa para presentar la instancia?
Las bases publicadas no fijan ninguna tasa de participación: sin importe, sin cuenta y sin referencia de pago. El modelo del Anexo I menciona el justificante de pago de las tasas sin concretar nada, así que antes de abonar algo conviene confirmarlo en el tablón de la sede electrónica o en el registro municipal.
¿Qué pasa si apruebo el primer ejercicio pero no el práctico?
Que sigues dentro de la bolsa. El apartado 12.1 de las bases incluye en la bolsa de empleo a todo el que supere el primer ejercicio, ordenado por puntuación, para los nombramientos que el Ayuntamiento necesite durante los cuatro años de vigencia. La única condición es estar localizable: el contacto es por móvil, en tres llamadas entre las 9 y las 14 horas, y un rechazo sin justificación supone la eliminación.
¿Es promoción interna o acceso libre?
Las bases no abren turnos de promoción interna, ni de personal eventual, ni de funcionarios de carrera de otra administración: solo enumeran los requisitos generales de la base tercera. Quien los cumpla se presenta en las mismas condiciones que el resto, con independencia de dónde trabaje ahora.
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