Sexenios para interinos en secundaria (2026)
¿Cobran los interinos sexenios y atrasos en secundaria?
Cuantía
124,15 EUR/mes (= funcionarios)
Periodo mínimo
6 años efectivos
Atrasos reclamables
4 años (prescripción)
Norma habilitante
Ley 20/2021 y STJUE 2024
El cambio normativo tras 2021
Hasta 2021 muchas CCAA negaban el reconocimiento de sexenios a interinos alegando que sólo correspondía al personal funcionario de carrera. La Ley 20/2021 de medidas urgentes para reducir la temporalidad y la jurisprudencia del TJUE consolidaron la equiparación: los interinos cobran sexenios en idénticas condiciones que los funcionarios de carrera.
Cada CCAA ha adaptado su normativa interna para incorporar este derecho. Hoy todas reconocen el sexenio a interinos previa solicitud y acreditación de los 6 años de servicio + 100 horas de formación.
Cómo reclamar atrasos
Si llevas más de 6 años acumulados como interino en secundaria y no has cobrado los sexenios correspondientes puedes reclamar los atrasos no prescritos. El plazo de prescripción para reclamaciones de derecho público suele ser de 4 años, contados hacia atrás desde la fecha de presentación de la reclamación.
La vía es una reclamación previa ante la administración educativa, y en caso de silencio o resolución denegatoria, recurso contencioso-administrativo. Conviene aportar todos los nombramientos, certificados de servicios y de formación.
Qué cobra hoy un interino con sexenios
Un interino A1 con un sexenio cobra los 124,15 EUR/mes del componente, exactamente igual que un funcionario de carrera. Con dos sexenios serían 248,30 EUR/mes, y así sucesivamente hasta el máximo de cinco reconocidos.
Los sexenios se acumulan al sueldo base + complemento de destino + complemento específico general. La nómina final depende también de la CCAA y de los complementos singulares del puesto (tutoría, jefatura, programas bilingües, etc.).
Preguntas frecuentes
¿Puedo reclamar sexenios desde el primer día como interino?
No. El sexenio exige 6 años efectivos de servicio. Antes de cumplir esos 6 años no se genera derecho al componente, aunque sí se va sumando antigüedad para futuros trienios.
¿Cuánto tiempo hay para reclamar atrasos?
El plazo general de prescripción de las obligaciones de la administración es de 4 años. Lo recomendable es presentar la reclamación lo antes posible para minimizar la pérdida por prescripción.
¿Necesito abogado para reclamar?
Para la reclamación previa en vía administrativa no es obligatorio. Si la vía termina en contencioso-administrativo sí es necesario abogado y procurador, salvo en los procedimientos abreviados con cuantía limitada.
Fuente
Ley 20/2021 de medidas urgentes para reducir la temporalidad. Jurisprudencia TJUE asuntos C-103/18 y posteriores sobre equiparación de interinos.