Consolidación parcial del cargo directivo (2026)
¿Qué parte del complemento directivo se consolida al cesar?
Director (≥ 4 años)
25-40% del específico singular
Jefe estudios / secretario
15-25%
Duración consolidación
Vitalicia
Qué es la consolidación parcial
La consolidación parcial del complemento directivo es un derecho reconocido por la LOMLOE a los docentes que han ejercido cargos directivos durante un periodo mínimo de 4 años con evaluación positiva. Permite seguir cobrando un porcentaje del complemento específico singular incluso después de cesar en el cargo y volver a la docencia ordinaria.
Es uno de los mecanismos de incentivo más potentes para que el profesorado experimentado se anime a asumir responsabilidades de gestión. La consolidación es vitalicia y se cobra durante el resto de la vida laboral del funcionario.
Porcentajes por cargo y por mandatos
Para el director, la consolidación tras un mandato completo de 4 años con evaluación positiva oscila entre el 25 y el 30% del específico singular de dirección. Tras dos mandatos completos (8 años) sube al 35-40% según la CCAA.
Para el jefe de estudios y el secretario los porcentajes son inferiores: entre el 15 y el 25% del específico singular del cargo correspondiente. La normativa autonómica concreta los porcentajes exactos en cada caso.
Cómo se solicita y se acredita
Al finalizar el mandato, la Consejería emite un certificado de evaluación positiva del desempeño que el funcionario adjunta a la solicitud de consolidación. La administración resuelve en los 6 meses siguientes y la consolidación se incorpora a la nómina con efectos económicos retroactivos.
Si la evaluación es negativa o si el cese es por dimisión antes de completar los 4 años, la consolidación no se reconoce. En esos casos el complemento desaparece de la nómina al cesar.
Preguntas frecuentes
¿Puedo consolidar varios cargos a la vez?
Sí. Si has ejercido varios cargos directivos en momentos distintos (director, luego jefe de estudios en otro centro) puedes acumular las consolidaciones correspondientes a cada uno, hasta el límite total que fije la normativa autonómica.
¿La consolidación cuenta para la pensión?
Sí. Forma parte de la base reguladora del funcionario en el momento de la jubilación si se incluye en las bases de cotización del periodo de cómputo del régimen aplicable.
Fuente
LOMLOE y decretos autonómicos de regulación de la consolidación de cargos directivos.