Sueldo de Ordenanza-Notificador/a en Baza 2026: qué se cobra
Las bases del Ayuntamiento de Baza no fijan el sueldo de Ordenanza-Notificador/a: repasamos los conceptos de la nómina del grupo C2, nivel 16.
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Cuánto cobra un Ordenanza-Notificador/a en el Ayuntamiento de Baza
Es la pregunta que casi todo el mundo se hace antes de decidir si presenta la instancia: cuánto se cobra en esta plaza. Y la respuesta corta es que las bases del Ayuntamiento de Baza no fijan ninguna cuantía. No hay en ellas una cifra de sueldo, ni un bruto anual, ni una retribución mensual.
Lo que sí fijan las bases —publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada nº 168, de 1 de septiembre de 2026, y anunciadas en el BOE nº 223, de 9 de septiembre de 2026— es el marco retributivo del puesto:
- Una plaza de Ordenanza-Notificador/a de Administración General, subescala Subalterna.
- Subgrupo C2.
- Nivel 16 de complemento de destino.
- Sistema de oposición libre, turno libre.
Esos datos son los que determinan cómo se construye la nómina. No determinan cuánto, porque los importes de cada concepto se fijan en otros documentos: la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del Ayuntamiento y las tablas retributivas vigentes en el momento del nombramiento. Como esas cuantías no aparecen en las bases, en esta entrada no vas a encontrar cifras en euros: no hay ninguna publicada en la convocatoria.
Grupo, nivel y conceptos de la nómina
Para entender qué se cobra el día que se tome posesión hay que separar dos cosas: el grupo, que marca las retribuciones básicas, y el nivel, que marca una parte de las complementarias.
Qué significa estar en el subgrupo C2
El subgrupo C2 es uno de los más bajos de la clasificación del Estatuto Básico del Empleado Público. Se corresponde con la titulación exigida para acceder: en esta convocatoria, el Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de primer grado o equivalente, conforme al artículo 169 del Real Decreto Legislativo 781/1986. El grupo determina el sueldo base y los trienios, que son conceptos comunes a todas las administraciones y se actualizan cada año. Por eso la cifra de un ejercicio no sirve para el siguiente.
Qué significa el nivel 16
El nivel 16 es el nivel de complemento de destino asignado a este puesto en la plantilla municipal. El complemento de destino se abona en función del nivel, y el nivel se asigna en la RPT según la responsabilidad y las características del puesto. Un nivel 16 se corresponde con un puesto de baja complejidad, coherente con las funciones de ordenanza y de notificador.
Retribuciones básicas y complementarias
La nómina de un funcionario de carrera se compone de dos bloques. Las básicas son el sueldo base (por el grupo C2), los trienios (antigüedad) y las pagas extraordinarias. Las complementarias retribuyen las condiciones concretas del puesto: complemento de destino (nivel 16), complemento específico y, en su caso, otros conceptos como indemnizaciones, productividad o servicios extraordinarios. El complemento específico es el que más varía de un ayuntamiento a otro, incluso con el mismo nivel.
Pagas extra, trienios y complementos
Aquí está el grueso de lo que se discute cuando se habla del sueldo de una plaza pública. La estructura general es esta:
| Concepto | Qué retribuye | ¿Está el importe en las bases? |
|---|---|---|
| Sueldo base | El grupo de clasificación (C2) | No |
| Trienios | La antigüedad, por cada tres años de servicio | No |
| Pagas extraordinarias | Dos al año, con carácter general | No |
| Complemento de destino | El nivel del puesto (16) | No |
| Complemento específico | Condiciones particulares del puesto | No |
| Indemnizaciones por razón del servicio | Dietas y desplazamientos | No |
Las pagas extraordinarias no son un complemento independiente: son una parte de la retribución que se abona dos veces al año y que en el régimen ordinario se compone del sueldo base, los trienios y el complemento de destino. Es decir, el bruto anual no equivale a doce mensualidades: hay que sumar esas dos pagas.
Los trienios se empiezan a devengar con el tiempo de servicio prestado, no con la firma del nombramiento. Al tomar posesión por primera vez se cobra sin trienios, y a partir de ahí se van sumando.
En un puesto de notificador, que se desplaza por el municipio para practicar notificaciones, tiene relevancia práctica el concepto de indemnizaciones por razón del servicio (dietas y desplazamientos), siempre que el puesto esté en la RPT con derecho a ellas y se justifiquen conforme a la normativa municipal. Las bases no detallan este extremo.
Las retenciones también cuentan
Del bruto no llega todo al bolsillo: hay que descontar la retención de IRPF, que depende de las circunstancias personales de cada persona, y las cotizaciones sociales correspondientes. Dos personas con el mismo puesto pueden tener un neto distinto. Cuando alguien dice «en esa plaza se cobra X», conviene preguntar si habla de bruto anual, bruto mensual o neto.
Qué dicen las bases (y qué no)
Conviene tener claro el reparto de papeles, porque de él depende qué está publicado y qué no.
Lo que sí dicen las bases:
- Que la plaza es 1 de Ordenanza-Notificador/a de Administración General, subgrupo C2, nivel 16, oposición libre y turno libre.
- Los requisitos: titulación de GESO o equivalente, permiso de conducir A1 o más de tres años de antigüedad del permiso B, y compromiso de conducir vehículos municipales.
- Que la tasa de derechos de examen es de 18 € para las convocatorias de personal funcionario del grupo C2, conforme a la Ordenanza Fiscal nº 35 del Ayuntamiento. Es el único importe en euros que figura en las bases.
- El plazo de instancias: veinte días hábiles desde el día siguiente a la publicación de las bases en el BOP de Granada.
- La estructura del proceso: dos ejercicios obligatorios y eliminatorios.
Lo que no dicen las bases:
- La cuantía de la retribución. No hay cifra alguna. Las bases fijan el grupo y el nivel, no el importe.
- El importe del complemento específico del puesto ni la jornada asociada.
- Las tablas retributivas aplicables, que se actualizan cada año y no forman parte de la convocatoria.
En resumen: si alguien te da una cifra exacta de lo que se cobra en esta plaza diciendo que la ha sacado de las bases, no es así. La referencia verificable es la RPT del Ayuntamiento de Baza y las tablas retributivas vigentes.
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Fuentes oficiales
- Anuncio de la convocatoria en el BOE nº 223, de 9 de septiembre de 2026.
- Bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada nº 168, de 1 de septiembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se cobra exactamente en la plaza de Ordenanza-Notificador/a de Baza?
No hay una cifra publicada. Las bases fijan el grupo (C2) y el nivel (16), pero no el importe. Para conocer el sueldo real hay que consultar la RPT del Ayuntamiento y las tablas retributivas vigentes en el año del nombramiento.
¿Aparece algún importe en las bases?
Sí, pero no de sueldo: la tasa de derechos de examen es de 18 € para las convocatorias de personal funcionario del grupo C2. Ninguna cuantía retributiva figura en las bases.
¿Qué grupo y nivel tiene la plaza?
Subgrupo C2, nivel 16, escala de Administración General, subescala Subalterna, por el sistema de oposición libre en turno libre. Son los dos datos que condicionan la estructura de la nómina.
¿Cuántas pagas extraordinarias y trienios se cobran?
La estructura general del régimen funcionarial contempla dos pagas extraordinarias al año y trienios por cada tres años de servicio. Es una referencia orientativa: los importes no están en las bases y dependen de las tablas retributivas de cada ejercicio.
¿El BOE o el BOP fijan el sueldo de la plaza?
No. El BOE publica el anuncio de la convocatoria y el BOP de Granada las bases que la rigen; ninguno de los dos documentos fija la cuantía retributiva del puesto.
¿Cuándo podré saber cuánto voy a cobrar?
Cuando se consulte la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Baza y las tablas retributivas aplicables al ejercicio correspondiente. Es ahí, y no en la convocatoria, donde figura el importe de cada concepto.
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