Oposiciones a Técnico en Farmacia y Parafarmacia 2026: temario y requisitos
Si tienes o estás cursando el título de Técnico en Farmacia y Parafarmacia y quieres opositar a un servicio de salud, lo primero que necesitas es claridad: qué categoría es exactamente, en qué grupo se clasifica, y qué parte del temario es realmente específica de farmacia frente a lo que es legislación sanitaria común a cualquier categoría estatutaria de formación profesional.
Este artículo ordena esa información con las fuentes oficiales por delante, sin inventar plazas ni convocatorias que no existen todavía.
El título: Técnico en Farmacia y Parafarmacia (FP de Grado Medio)
El título que da acceso a esta categoría es el de Técnico en Farmacia y Parafarmacia, un ciclo formativo de Grado Medio de 2.000 horas de duración, establecido por el Real Decreto 1689/2007, de 14 de diciembre, por el que se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE-A-2008-818). El currículo estatal detallado se desarrolla en la Orden EDU/2184/2009, de 3 de julio (BOE-A-2009-13249); las comunidades autónomas con competencias educativas propias dictan además su propio currículo autonómico sobre esa base estatal.
La cualificación profesional de referencia es SAN123_2 (Farmacia), dentro de la familia profesional de Sanidad.
Los módulos profesionales del ciclo
El art. 10.1.b del Real Decreto 1689/2007 fija estos módulos profesionales:
- Disposición y venta de productos
- Oficina de farmacia
- Dispensación de productos farmacéuticos
- Dispensación de productos parafarmacéuticos
- Operaciones básicas de laboratorio
- Formulación magistral
- Promoción de la salud
- Primeros auxilios
- Anatomofisiología y patología básicas
- Formación y orientación laboral (FOL)
- Empresa e iniciativa emprendedora
- Formación en centros de trabajo (FCT)
Esto es importante porque marca el techo real del temario específico: la parte de dispensación, formulación magistral, operaciones de laboratorio y atención al usuario que suele aparecer en las oposiciones de esta categoría no es un invento del temario de oposición, sino el desarrollo directo de estos módulos oficiales.
La categoría estatutaria: Grupo C, Subgrupo C2
Cuando un servicio de salud convoca esta categoría, la denomina normalmente Técnico en Farmacia (o, en algunos servicios de salud, Técnico Auxiliar de Farmacia). Es personal estatutario sanitario de formación profesional y se clasifica en el Grupo C, Subgrupo C2 (Ley 55/2003, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, art. 6.2.b).
Esta clasificación conviene memorizarla bien porque es una de las preguntas más frecuentes —y más confundibles— del examen:
- Subgrupo C2: personal sanitario de formación profesional, técnico (FP de Grado Medio). Aquí entra el Técnico en Farmacia y Parafarmacia.
- Subgrupo C1: personal sanitario de formación profesional, técnico superior (FP de Grado Superior). Aquí entran, por ejemplo, los técnicos superiores de laboratorio, de imagen para el diagnóstico o de documentación sanitaria.
- Subgrupos A1 y A2: personal sanitario licenciado o diplomado universitario. El farmacéutico titular o regente de la oficina de farmacia, bajo cuya dirección técnica trabaja el técnico, es personal sanitario licenciado (Subgrupo A1).
La selección con carácter general se realiza por concurso-oposición (Ley 55/2003, art. 31.1), sin perjuicio de que cada convocatoria concrete el sistema selectivo, el número de ejercicios y su ponderación en sus propias bases.
Qué legislación cae de verdad (más allá del currículo del título)
El módulo del título cubre el saber hacer técnico (dispensar, formular, atender al público), pero el examen de una oposición añade siempre un bloque de legislación que el ciclo formativo no desarrolla con el mismo detalle jurídico. En la práctica, este bloque suele incluir:
- Ley 14/1986, General de Sanidad, y Ley 16/2003, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: el marco general del sistema sanitario público.
- Ley 16/1997, de regulación de servicios de las oficinas de farmacia: qué es una oficina de farmacia, quién puede ser titular y bajo qué responsabilidad trabaja el técnico.
- Ley 55/2003, del Estatuto Marco del personal estatutario: clasificación, derechos, deberes, régimen disciplinario y vacaciones.
- Ley 41/2002, de autonomía del paciente, y el RGPD junto con la LOPDGDD (Ley Orgánica 3/2018): los datos de salud —incluida la información de qué medicamento dispensa un técnico a una persona— son datos de categoría especial y exigen secreto profesional.
- Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, aplicada a los riesgos propios del puesto: manipulación de medicamentos, riesgo químico y ergonómico.
- El Real Decreto Legislativo 1/2015, texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios (que sustituyó a la antigua Ley 29/2006): la norma que define qué es un medicamento, la receta, la dispensación y la publicidad.
- Normativa específica de estupefacientes (Real Decreto 1675/2012) y psicótropos (Real Decreto 2829/1977), con sus controles reforzados de receta oficial y libro de contabilidad.
Honestidad sobre la convocatoria
A la fecha de publicación de este artículo no existe una convocatoria verificada y abierta de Técnico en Farmacia con plazas y plazos concretos que podamos citar. Eso no significa que la categoría no se convoque: distintos servicios de salud autonómicos —Servicio Andaluz de Salud, Servicio Gallego de Salud (SERGAS), Comunidad de Madrid, Aragón y Castilla y León, entre otros— han sacado plazas de esta categoría en procesos recientes, y es razonable esperar nuevas convocatorias en los próximos años dentro de las ofertas de empleo público sanitarias.
Lo que sí puedes hacer ya, sin esperar a la convocatoria, es fijar el bloque de legislación común (que se repite en prácticamente todas las categorías estatutarias de formación profesional) y repasar los conceptos técnicos transversales del currículo del título: formas farmacéuticas, cálculo de dosis, formulación magistral, gestión de almacén y parafarmacia. Cuando se publique tu convocatoria, solo tendrás que sumarle el temario específico y las bases concretas de tu comunidad autónoma.
Si quieres un cuaderno de repaso con este contenido ya organizado en preguntas con respuesta razonada y cita normativa —bloque común de legislación sanitaria y del personal estatutario, más la parte específica de legislación del medicamento, formas farmacéuticas, formulación magistral, almacén, estupefacientes y parafarmacia—, en Red Opositor tenemos el Pack Técnico en Farmacia y Parafarmacia 2026: un PDF sencillo, sin simulador, pensado para fijar lo que realmente se repite en el examen sin inventar convocatorias ni plazas que todavía no existen.
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