Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid 2026
El CGPJ convoca 1 plaza de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por nombramiento discrecional: requisitos, méritos y plazo.
El Consejo General del Poder Judicial convoca 1 plaza de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Una sola plaza, de nombramiento discrecional y de carácter gubernativo y jurisdiccional, que queda vacante por la promoción de su anterior Presidente, Celso Rodríguez Padrón, a Magistrado del Tribunal Supremo. Veinte días naturales de plazo de solicitudes, contados desde el día siguiente a la publicación en el BOE. Esta plaza no se gana con examen: se provee por concurso de méritos del Reglamento 1/2025, con programa de actuación, memoria de resoluciones, comparecencia pública ante la Comisión de Calificación y una ponderación de méritos que las bases fijan por orden de prioridad.
Datos de la convocatoria
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Cuerpo o puesto | Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid |
| Organismo | Consejo General del Poder Judicial |
| Plazas | 1 |
| Acceso | Concurso de méritos, sin pruebas selectivas |
| Publicación oficial | 29 de septiembre de 2026 |
| Fin del plazo de solicitudes | 19 de octubre de 2026 |
Fuente: convocatoria oficial.
Cómo es el proceso selectivo
No hay ejercicios ni pruebas escritas. El recorrido, tal y como lo fijan las bases del anexo del Acuerdo de 16 de septiembre de 2026:
- Solicitud telemática. Se presenta en el formulario asistido de la extranet del Consejo General del Poder Judicial dentro del plazo de veinte días naturales, hasta obtener el acuse de recibo electrónico. Las solicitudes sin redacción clara no valen, y el desistimiento o la modificación se rigen por el mismo plazo y las mismas condiciones.
- Documentación. Junto con la relación de méritos se aporta un programa de actuación con las principales iniciativas para la organización y el funcionamiento del órgano judicial, y una memoria con las resoluciones jurisdiccionales de especial relevancia dictadas o elaboradas como ponente, más los trabajos de asistencia técnica. De ellas se destacan tres, cada una con su ficha según el modelo de la instancia: complejidad del asunto, calidad y profundidad del análisis, carácter novedoso del planteamiento e influencia en la jurisprudencia. Los méritos científicos se alegan con autor, título, editorial, año e ISBN/ISSN; no se admiten ejemplares en papel.
- Informes. Se recaban el de la Comisión de Igualdad, el del Servicio de Inspección sobre los antecedentes y la laboriosidad y sobre el estado de la plaza, el certificado de sanciones disciplinarias firmes no canceladas y el informe de las Salas de Gobierno de los órganos a los que estén adscritas las candidaturas.
- Comparecencia. Quien no resulte excluido es convocado por la Comisión de Calificación a una comparecencia por videoconferencia, en audiencia pública, anunciada con al menos tres días de antelación y retransmitida en directo en el Portal de Transparencia del CGPJ. Dura como máximo diez minutos: se explica y defiende el currículo y los méritos, y después pregunta la ponencia, los Vocales asistentes y quien preside la sesión. La comparecencia no es un mérito: es el método para ponderar los méritos.
- Ponderación de méritos. En este orden de prioridad: primero las aptitudes gubernativas (el programa de actuación, la trayectoria profesional y la comparecencia); después la excelencia jurisdiccional acreditada en las resoluciones y trabajos aportados; en tercer lugar la experiencia acumulada en la Carrera Judicial, la jurisdicción y los órganos colegiados; y por último las restantes actividades profesionales, docentes, discentes y de creación científica, que solo pesan de forma determinante ante una igualdad sustancial de los méritos prioritarios, con motivación expresa. Las bases mandan además garantizar la presencia equilibrada de mujeres y hombres: ninguno de los dos sexos por encima del sesenta por ciento ni por debajo del cuarenta.
- Terna y nombramiento. La Comisión de Calificación propone tres candidaturas — con la ponderación individualizada de cada una — y las eleva al Pleno, que acuerda el nombramiento por real decreto publicado en el BOE, con efectos de notificación. Los Vocales pueden proponer la adición de otras candidaturas a la terna, motivadamente.
Requisitos
Las bases exigen, todos ellos mantenidos hasta la toma de posesión:
- Pertenecer a la Carrera Judicial con la categoría de Magistrado o Magistrada en situación de servicio activo o servicios especiales a la fecha de publicación de la convocatoria.
- Al menos diez años de servicios en la categoría de Magistrado y no menos de quince años perteneciendo a la Carrera Judicial.
- Manifestación expresa en la solicitud de que se cumplen los requisitos, con la documentación acreditativa del modelo de la instancia telemática.
Qué hay que preparar: no hay temario
Esta convocatoria no tiene temario oficial, ni test, ni simulacros: no hay ninguna prueba escrita que aprobar. Lo que se prepara es otra cosa, y sale literal de las bases:
- El programa de actuación de la base segunda. Las principales iniciativas para la más eficaz y eficiente organización y funcionamiento del órgano judicial, con propuestas de mejora de sus datos e indicadores (tasas de resolución, pendencia de sentencias, entre otras).
- La memoria de resoluciones de la base segunda. Resoluciones jurisdiccionales de especial relevancia y trabajos de asistencia técnica, con una ficha individualizada para cada una de las tres que se destacan, justificando la complejidad del asunto, la calidad del análisis, la novedad del planteamiento y su eventual influencia en la jurisprudencia.
- El baremo de la base tercera. Tiempo de servicio activo en la Carrera Judicial; tiempo de ejercicio en el orden jurisdiccional de la vacante y en órganos judiciales colegiados, con mejor ponderación para el desempeño continuado y reciente; resoluciones de relevancia jurídica; profesiones jurídicas análogas; y los méritos gubernativos (participación en órganos de gobierno del Poder Judicial, presidencias de Tribunales Superiores de Justicia y de Salas, decanatos, colaboración con el CGPJ, conocimiento del órgano, formación en gestión y liderazgo). El mérito específico de esta plaza es la experiencia en órganos judiciales colegiados.
- El orden de ponderación de la base sexta, que es lo que desempata entre candidaturas con méritos parecidos y lo que hay que tener presente al redactar el programa y la memoria.
- La comparecencia de la base cuarta: diez minutos de defensa del currículo, donde lo que se evalúa es lo que el programa y la memoria ya sostienen.
Material para esta convocatoria
Todavía no existe un pack cerrado de esta convocatoria. Lo que hay es una página de reserva, que sirve para medir cuánta gente lo quiere antes de construirlo:
Reservar Pack Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid 2026
Conviene decirlo con todas las letras: reservar no es comprar. La reserva no cobra nada; es la señal que decide si el material se prepara.
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