Concurso Magistrado Sala Cuarta Tribunal Supremo 2026: 1 plaza
Consejo General del Poder Judicial convoca 1 plaza de Magistrado o Magistrada de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo: requisitos, méritos y plazo.
El Consejo General del Poder Judicial convoca 1 plaza de Magistrado o Magistrada de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo.
Una sola plaza, un turno restringido a la Carrera Judicial y veinte días naturales de plazo de solicitudes, contados desde el día siguiente a la publicación en el BOE. Esta vacante no se gana con examen: se cubre por concurso, con defensa del currículo ante la Comisión de Calificación y una ponderación de méritos que las bases fijan por orden de prioridad.
Datos de la convocatoria
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Cuerpo o puesto | Magistrado o Magistrada de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo (turno de especialistas) |
| Organismo | Consejo General del Poder Judicial |
| Plazas | 1 |
| Acceso | libre |
| Publicación oficial | 29 de septiembre de 2026 |
| Fin del plazo de solicitudes | 19 de octubre de 2026 |
Fuente: convocatoria oficial.
Cómo es el proceso selectivo
No hay ejercicios ni pruebas escritas. El recorrido, tal y como lo fijan las bases del anexo del Acuerdo de 16 de septiembre de 2026:
- Solicitud telemática. Se presenta en el formulario asistido de la extranet del Consejo General del Poder Judicial dentro del plazo de veinte días naturales, hasta obtener acuse de recibo electrónico. El desistimiento o la modificación se rigen por el mismo plazo y las mismas condiciones.
- Informes. La tramitación recaba el informe del Servicio de Inspección, el informe detallado de la Sala de Gobierno de la circunscripción, el certificado de sanciones disciplinarias, el informe de la Comisión de Igualdad y el informe de la presidencia de Sala sobre las necesidades de la vacante.
- Comparecencia. Quien no resulte excluido es convocado por la Comisión de Calificación a una comparecencia por videoconferencia, en audiencia pública, anunciada con al menos tres días de antelación y retransmitida en directo en el portal de transparencia del CGPJ. Dura como máximo 10 minutos: se explica y defiende el currículo y los méritos, y después preguntan la ponencia, los Vocales asistentes y quien preside la sesión. La comparecencia no es un mérito: es el método para ponderar los méritos.
- Ponderación de méritos. Se valora el conjunto, con prioridad para las aptitudes de excelencia jurisdiccional acreditadas en las resoluciones aportadas, después la experiencia acumulada en la Carrera Judicial y los órganos colegiados, después los méritos gubernativos y, por último, las actividades docentes y de creación científica.
- Terna y nombramiento. La Comisión de Calificación propone tres candidaturas, el Pleno acuerda el nombramiento y este se hace por real decreto publicado en el BOE, que surte efectos de notificación.
Requisitos
Las bases exigen, todos ellos mantenidos hasta la toma de posesión:
- Pertenecer a la Carrera Judicial con la categoría de Magistrado o Magistrada en situación de servicio activo o servicios especiales a la fecha de la vacante.
- Al menos diez años en la categoría de Magistrado y no menos de veinte en la Carrera Judicial.
- Haber prestado servicio efectivo en un órgano colegiado del orden jurisdiccional social, o que conozca de materias propias de ese orden.
- Tener la condición de especialistas en el orden jurisdiccional social.
- Manifestación expresa en la solicitud de que se cumplen los requisitos, con la documentación acreditativa del modelo de la instancia telemática.
Qué hay que preparar: no hay temario
Esta convocatoria no tiene temario oficial, ni test, ni simulacros: no hay ninguna prueba escrita que aprobar. Lo que se prepara es otra cosa, y sale literal de las bases:
- La memoria de la base segunda. Resoluciones jurisdiccionales de especial relevancia y trabajos de asistencia técnica, con una ficha individualizada para cada uno de los cinco que se destacan, justificando la complejidad del asunto y la calidad del análisis.
- El baremo de la base tercera. Tiempo de servicio en el orden jurisdiccional social, en órganos colegiados y en la especialidad; amplitud y calidad de las resoluciones; actividades jurídicas no jurisdiccionales análogas (abogacía y procura, carrera fiscal, cuerpo de la judicatura y la abogacía del Estado, profesorado universitario en Derecho, notarías y registro); y los méritos gubernativos, como presidencias, decanatos, salas de gobierno o la colaboración con el CGPJ.
- El orden de ponderación de la base sexta, que es lo que desempata entre candidatos con méritos parecidos y lo que hay que tener presente al redactar la memoria.
Material para esta convocatoria
Todavía no existe un pack cerrado de esta convocatoria. Lo que hay es una página de reserva, que sirve para medir cuánta gente lo quiere antes de construirlo:
Reservar Pack Magistrado Sala Cuarta del Tribunal Supremo 2026
Conviene decirlo con todas las letras: reservar no es comprar. La reserva no cobra nada; es la señal que decide si el material se prepara.
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