Baremo del cupo de discapacidad intelectual del SERGAS 2026
La duda llega siempre por el mismo sitio: alguien mira el anexo IV de la convocatoria, ve dos apartados donde los demás turnos tienen tres, y no sabe si le falta una página. No le falta. En el turno de discapacidad intelectual la fase de concurso tiene su propio baremo, más corto que el del resto de turnos, y esa es toda la diferencia. Aquí está lo que puntúa, lo que no, cuánto vale cada cosa y con qué fecha se calcula.
El marco es el proceso del TCAE del SERGAS convocado por la Resolución de 21 de agosto de 2025 (DOG núm. 170, de 4 de septiembre de 2025). Los méritos se valoran con referencia al 3 de septiembre de 2025 y tenían que estar registrados en Fides/expediente-e y acreditados antes del cierre de solicitudes. Los dos datos, fecha de corte y registro previo, son los que dejan gente fuera y los que menos se leen.
El baremo, de un vistazo
El apartado «Turno de discapacidad intelectual» del anexo IV es corto: empieza fijando la puntuación máxima y luego tiene dos letras, a) y b). No hay una tercera.
| Apartado del baremo | Máximo | Cómo se gana |
|---|---|---|
| a) Formación | 8 puntos | Cursos de formación continuada y de perfeccionamiento: 0,30 por crédito o 0,030 por hora |
| b) Experiencia profesional | 12 puntos | Meses trabajados en cuatro tramos según dónde y en qué categoría, más conciliación y centros aislados |
| Total | 20 puntos |
En los turnos de acceso libre, promoción interna y discapacidad general el reparto es otro: formación 20 % (8 puntos), experiencia 70 % (28 puntos) y otras actividades 10 % (4 puntos), hasta 40. Ese máximo no es casual, porque la base 8.2.1 recuerda que la fase de concurso no puede exceder del cuarenta por ciento de la puntuación máxima del proceso, y en esos turnos la oposición vale 60 puntos.
En el turno de discapacidad intelectual la oposición vale 100 puntos (90 del ejercicio específico, 5 de la parte común y 5 de gallego). Con 20 de concurso, el total del proceso son 120, así que el baremo pesa un 16,67 % del resultado final. Sigue siendo decisivo cuando la diferencia entre dos personas es de décimas, pero es un peso muy distinto al de los otros turnos.
Una diferencia que se pasa por alto: el cupo de discapacidad intelectual tiene ejercicios propios, no una adaptación de los generales. El primero son 30 preguntas tipo test con cuatro opciones y dos de reserva, en 120 minutos, valorado de 0 a 90 puntos y sin penalización por error; se supera con 45. El segundo son 5 preguntas sobre la parte común (temas 1 a 5), 30 minutos y 5 puntos. El tercero son 5 preguntas de lengua gallega, 30 minutos y 5 puntos. Lo contamos con detalle en el post del examen de TCAE del SERGAS, que es el que sigue la parte de oposición del proceso.
a) Formación: 8 puntos
El apartado a) del baremo del turno de discapacidad intelectual valora solo formación recibida, y la define por quién la convoca y por su contenido:
- cursos convocados e impartidos por la Administración estatal o autonómica, universidades, el Servicio Público de Empleo, Cruz Roja, asociaciones del ámbito de la discapacidad legalmente constituidas, organizaciones sindicales, o avalados por el Servicio Gallego de Salud o por cualquier organismo público;
- cursos realizados en aplicación de los acuerdos de formación continuada de las administraciones públicas.
En los tres casos se exige que el contenido esté relacionado mayoritariamente con las funciones propias de la categoría a la que se opta. Esa palabra, «mayoritariamente», es la que decide muchas baremaciones: un curso de habilidades sociales para el trato con usuarios encaja en un TCAE; uno de gestión de nóminas, no.
La valoración es la siguiente:
- 0,30 puntos por crédito de formación continuada (CFC).
- 0,030 puntos por hora.
- Si el certificado indica créditos y horas, se valora siempre por los créditos, cualquiera que sea su tipología.
Traducido a techos: para agotar los 8 puntos por la vía de los créditos hacen falta 26,67 créditos; por la vía de las horas, 267 horas. Un curso de 10 créditos son 3 puntos; cuatro cursos de 10 créditos te dejan a un punto del máximo.
Hay dos reglas específicas que conviene tener presentes:
El bloque de cursos con tope propio. Prevención de riesgos, informática, gestión clínica, bioestadística y metodología de la investigación se valoran con una puntuación máxima de 4 puntos. Es decir, la mitad del apartado de formación se puede cubrir con cursos de ese grupo, pero no más: si acumulas 30 créditos de prevención de riesgos, solo cuentan 4 puntos, y los otros 4 del apartado tienen que salir de cursos de otra materia.
Igualdad y violencia de género se valoran en todo caso. El anexo lo subraya: la formación en igualdad entre mujeres y hombres y en prevención y lucha contra la violencia de género se valora siempre, sin quedar fuera por el filtro del contenido.
Y una ausencia que importa: el apartado del turno de discapacidad intelectual no incluye el expediente académico (matrículas de honor, sobresalientes, notables del plan antiguo o el algoritmo de créditos del plan nuevo) ni la docencia impartida. El baremo general sí contempla esa formación académica y los 0,060 puntos por hora de docencia; el del cupo de discapacidad intelectual se queda en la formación recibida.
b) Experiencia profesional: 12 puntos
El apartado b) tiene tres piezas: el baremo general por meses, la puntuación por conciliación y la puntuación adicional por centros aislados.
b.1) El baremo general, tramo a tramo
| Servicios prestados | Puntos por mes completo |
|---|---|
| Misma categoría, en instituciones sanitarias del sistema sanitario público de la UE, EEE o Suiza | 0,50 |
| Misma categoría, en una Administración pública de España, UE, EEE o Suiza, o en una entidad privada | 0,25 |
| Otra categoría, en una Administración pública de España, UE, EEE o Suiza | 0,10 |
| Otra categoría, en otras entidades | 0,05 |
Con 12 puntos de techo, cada tramo se agota así: 24 meses en la misma categoría de la sanidad pública, 48 meses en la misma categoría en administración pública o entidad privada, 120 meses (diez años) en otra categoría dentro de la administración y 240 meses en otra categoría en otras entidades.
Fíjate en el detalle que suele sorprender: un mes en la misma categoría de la sanidad pública vale 0,50 puntos en este turno, más que los 0,20 que vale el mismo mes en el turno general. Lo que cambia no es el valor del mes, sino el techo: aquí 24 meses agotan el apartado entero.
Y una condición que no se puede saltar: solo se valora la experiencia acreditada en virtud de nombramiento administrativo o contrato laboral, más informe de vida laboral en ambos supuestos. No puntúan las relaciones de colaboración social ni los certificados de desempeño de funciones, aunque describan tareas idénticas a las de la categoría.
b.2) Conciliación: hasta 0,5 puntos
Por el ejercicio de derechos de conciliación en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria, con un máximo de 0,5 puntos:
- permiso por nacimiento y cuidado del menor (nacimiento, adopción o acogimiento): 0,01 puntos por semana de siete días;
- permiso del otro progenitor por nacimiento y cuidado del menor: 0,01 puntos por semana;
- reducción de jornada por motivos familiares: 0,02 puntos por mes completo;
- excedencia por cuidado de hijos o familiares: 0,02 puntos por mes completo.
La acreditación se hace como indica el anexo V. En la práctica son décimas: 0,5 puntos es el 2,5 % del baremo, pero en un turno donde dos personas pueden quedar separadas por 0,05, cuenta.
b.3) Centros aislados: 0,5 puntos por año
Por los servicios efectivamente prestados en los hospitales públicos de O Barco de Valdeorras, Verín, A Mariña, Cee, Monforte de Lemos, A Barbanza y O Salnés, o en centros de atención primaria de los ayuntamientos del anexo VIII, se suman 0,5 puntos por año completo o la parte proporcional.
Dos matices: se valoran los servicios que consten efectivamente prestados en esos centros, con independencia de con quién estuviera formalizado el vínculo; y, según el anexo V, no hace falta acreditar este mérito, porque lo comprueba la Administración.
El techo del apartado
Las tres piezas comparten tope: con b.1), b.2) y b.3) juntos no se puede superar la puntuación máxima del epígrafe de experiencia, es decir, 12 puntos. Repartir el esfuerzo importa: si ya tienes 24 meses en la misma categoría de la sanidad pública (12 puntos), los años en un centro aislado de la lista no te suman nada nuevo.
Ejemplos con números
Perfil A: todo en la misma categoría de la sanidad pública. 36 meses en un hospital del SERGAS por la misma categoría: 36 × 0,50 = 18, pero el techo son 12. Se queda en 12 puntos, y los 12 meses de exceso no se pueden pasar al siguiente apartado.
Perfil B: mixto entre privada y administración. 30 meses en la misma categoría en una clínica privada (0,25) = 7,5 puntos; 12 meses en otra categoría en un ayuntamiento (0,10) = 1,2; total 8,7 puntos de experiencia. Le quedan 3,3 puntos de margen, que ya no puede llenar con servicios en otra categoría dentro de entidades privadas a 0,05 (harían falta 66 meses).
Perfil C: corto de experiencia y fuerte en formación. 10 meses en la misma categoría en la sanidad pública = 5 puntos; 14 créditos de formación continuada = 4,2 puntos, pero el techo de formación son 8 y no los toca; 20 horas de un curso suelto = 0,6. Total: 5 + 4,8 = 9,8 puntos de 20.
La conclusión práctica de los tres: en este turno, la formación pesa el 40 % del baremo, mucho más que en los otros, y es donde una persona con poca experiencia puede compensar. Cuatro cursos bien elegidos, con créditos CFC y contenido relacionado con las funciones del TCAE, valen más que un año entero de trabajo en otra categoría.
Lo que no puntúa en este turno
Aquí está la diferencia que más gente consulta. El apartado 3 del baremo general («Otras actividades», 4 puntos) valora:
- el título oficial de otra titulación de formación profesional de la familia sanitaria que no sea requisito de acceso, o el grado universitario de la rama de Ciencias de la Salud: 2 puntos;
- la autoría de trabajos científicos en revistas indexadas, libros y capítulos: 0,40 por artículo con factor de impacto, 0,15 sin él, 0,30 por libro, 0,10 por capítulo;
- los premios a comunicaciones en congresos científicos, hasta un máximo de 1 punto: 0,20 si son de ámbito internacional y 0,10 si son nacionales o autonómicos.
En el turno de discapacidad intelectual nada de eso se puntúa. No es un olvido del anexo: el apartado del cupo se cierra con la letra b) y una regla de tope. Si tienes un grado, un máster, un artículo publicado o un premio de congreso, no los busques en la baremación de este turno; no están.
Tampoco hay un apartado equivalente a la formación académica, como ya se ha dicho. Y ojo con una trampa de lectura: los servicios prestados en instituciones sanitarias privadas con concierto sanitario tienen su propio apartado en el baremo general (el que reparte los 4 puntos de «otras actividades»), pero el baremo del cupo de discapacidad intelectual no tiene ese apartado, así que ese servicio se valora, si acaso, por la vía del tramo de entidad privada de b.1).
Cómo se cuentan los meses
El apartado del turno de discapacidad intelectual no repite las reglas de cómputo, y esa es una de las razones por las que conviene leer el anexo completo antes de echar cuentas. Las reglas que el anexo IV redacta en su parte general son estas:
- Los meses se computan por días naturales: se suman los días de cada apartado, se dividen entre 30 y se toma el cociente entero, despreciando los decimales.
- Un mismo periodo no se puede valorar dos veces, ni en dos apartados ni en dos categorías ni en dos centros.
- La suma de servicios con distintos nombramientos dentro del mismo mes natural no puede superar la puntuación de un mes.
- Las guardias y la atención continuada se computan a razón de un mes por cada 130 horas trabajadas en el mes, o la parte proporcional; si en un mes se pasan de 130 horas, el exceso no se traslada a otro mes.
- Los servicios durante una reducción de jornada legal se valoran como jornada completa; los nombramientos a tiempo parcial, con la reducción correspondiente, sin que la acumulación supere la jornada completa.
- La experiencia se valora a partir de la fecha de superación del período formativo conducente al título que da acceso a la categoría; el período de formación, y cualquier trabajo durante ese período, no cuenta como servicios prestados.
Si tu cuenta depende de un periodo límite —por ejemplo, porque te faltan dos meses para agotar un tramo—, lo razonable es ponerlo por escrito al tribunal antes de la baremación. La reclamación posterior sirve para errores, no para discutir criterios que ya están en las bases.
La fecha de referencia y el registro en Fides
El baremo no se calcula a día de hoy: los méritos se valoran con referencia al día inmediatamente anterior, incluido, al de la publicación de la convocatoria en el DOG. Publicada el 4 de septiembre de 2025, la fecha de corte es el 3 de septiembre de 2025. Todo lo que hayas hecho después no entra en este proceso, aunque lo tengas registrado.
Y hay una segunda condición, que es la que deja gente fuera: los méritos debían estar registrados en Fides/expediente-e y acreditados documentalmente en la forma y plazos del anexo V. En concreto:
- Si no constaba o estaba incompleto, la persona aspirante debía registrarlo en Fides hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes —el 15 de octubre de 2025 en esta convocatoria— e imprimir la solicitud de validación para presentarla en registro.
- La documentación acreditativa se presentaba junto con esa solicitud de validación, en el orden en que figura cada mérito.
- Por ser un procedimiento de concurrencia competitiva, una vez cerrado el plazo no se admite documentación de méritos nuevos, aunque consten registrados en el expediente electrónico. La única excepción son los documentos que se hubieran solicitado al organismo competente dentro de plazo y no hubieran llegado a tiempo.
- Y la regla que cierra el círculo: los méritos que no consten registrados en el sistema en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias no serán objeto de valoración.
Hay dos cosas que no hace falta acreditar documentalmente: la experiencia como personal estatutario en las instituciones del SERGAS y entidades públicas adscritas a la Consellería de Sanidade, y la formación recibida o impartida por la Axencia Galega para a Gestión do Coñecemento en Saúde. De eso se encarga la propia Administración.
Para la siguiente convocatoria, la lección se resume en una frase: el expediente electrónico se actualiza durante el año, no la semana antes del cierre. Quien llega al plazo con el currículum de Fides al día solo tiene que revisar y firmar; quien llega con cursos de hace tres años sin registrar, no tiene tiempo material.
Qué pasa después: baremación, reclamación y desempate
Terminada la oposición, el tribunal hace la baremación y la Dirección Xeral de Recursos Humanos publica en el DOG el anuncio de exposición con la puntuación provisional de cada persona en los distintos apartados y la valoración total de la fase de concurso.
Contra esa baremación provisional se puede reclamar ante el propio tribunal en el plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de su publicación en el DOG. A la vista de las reclamaciones, o de oficio si aprecia un error material, el tribunal corrige, aprueba las puntuaciones definitivas y la relación de aspirantes seleccionados por orden de puntuación en los distintos turnos, y la eleva para su publicación en el DOG.
Dos reglas que ordenan el final del proceso:
La fase de concurso no sirve para aprobar. La base 8.2.6 lo dice sin rodeos: la puntuación de la fase de concurso no se puede aplicar para superar la fase de oposición. Primero se aprueban los ejercicios; los méritos solo ordenan a quien ya los ha superado. Un baremo de 20 puntos no rescata un primer ejercicio por debajo de 45.
El desempate empieza por la oposición. Si dos personas empatan, decide primero la puntuación de la fase de oposición en su conjunto; después, la de los ejercicios de la parte específica y común por ese orden; luego, la de la fase de concurso y, si hace falta, apartado por apartado. Si sigue el empate, se dirime a favor de la persona del género infrarrepresentado en la categoría y, en último término, por la mayor edad.
Y un detalle del turno que conviene conocer: las plazas de discapacidad intelectual que queden desiertas acrecientan el turno de discapacidad general, y las no cubiertas en este se acumulan a acceso libre. Además, los destinos que se oferten a quien acceda por este turno tienen carácter diferenciado, con las medidas de valoración y adaptación que exija la discapacidad acreditada.
Si te presentaste a esta convocatoria
El examen del TCAE se celebró el 25 de octubre de 2026 y el plazo de reclamaciones contra la plantilla provisional llega hasta el 2 de noviembre, según la propia ficha del proceso. La fase de concurso llega después, y lo que puedes hacer mientras tanto es comprobar tu expediente:
- Entra en Fides/expediente-e y revisa, mérito por mérito, qué consta validado y qué consta pendiente. Lo validado antes de la publicación de la convocatoria se queda en ese estado.
- Comprueba que la fecha de corte de cada mérito es anterior al 3 de septiembre de 2025. Lo posterior no se valora en este proceso.
- Si encuentras un mérito que consta registrado pero no validado, y tienes la documentación, guárdala: en la baremación provisional vas a tener diez días hábiles para reclamar, y el error material se corrige si está documentado.
El proceso del TCAE del SERGAS es un concurso-oposición con 1.306 plazas, de las que 40 son del cupo de discapacidad intelectual (558 de acceso libre, 653 de promoción interna y 55 de discapacidad general). Los números salen del anexo I de la convocatoria, y el reparto entre turnos no se puede alterar a posteriori.
Si preparas la siguiente convocatoria
El baremo del cupo de discapacidad intelectual no es un modelo único en España: cada convocatoria fija el suyo en sus bases, y por eso los porcentajes de este artículo valen para el proceso del SERGAS. Lo que sí se repite es la lógica: un baremo más corto que el general, con la formación ganando peso relativo y la experiencia topada antes. Quien prepara este turno tiene dos frentes y conviene no dejarlos para el final:
- La oposición, que es la que decide: 30 preguntas y 90 puntos en el primer ejercicio, sin penalización por error, con 45 para pasar. El temario es el del anexo II, con la parte común y la parte específica de la categoría, y la estructura de ejercicios se ha mantenido entre convocatorias.
- El expediente, que es el que ordena: cursos con créditos CFC de contenido relacionado con las funciones del TCAE, registrados en Fides a medida que se terminan, y contratos con su informe de vida laboral guardados desde el primer día.
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Preguntas frecuentes
¿Cuántos puntos como máximo se pueden conseguir en el cupo de discapacidad intelectual?
20 puntos: 8 de formación y 12 de experiencia profesional. Es la mitad del máximo de los turnos de acceso libre, promoción interna y discapacidad general, que llegan a 40.
¿Cuánto vale un mes trabajado en el cupo de discapacidad intelectual del SERGAS?
Depende del tramo: 0,50 puntos por mes completo en la misma categoría en la sanidad pública de la UE, EEE o Suiza; 0,25 en la misma categoría en una administración pública o una entidad privada; 0,10 en otra categoría dentro de la administración; 0,05 en otra categoría en otras entidades. Con 24 meses en el primer tramo se agotan los 12 puntos.
¿Se valoran los títulos y las publicaciones en el cupo de discapacidad intelectual?
No. El baremo de este turno solo tiene formación y experiencia: no puntúan el título oficial de FP sanitaria adicional ni el grado universitario, ni los artículos científicos, libros o premios en congresos que sí se valoran en los otros turnos.
¿Cuentan los cursos de asociaciones de personas con discapacidad?
Sí. El apartado de formación incluye expresamente los cursos convocados e impartidos por asociaciones del ámbito de la discapacidad legalmente constituidas, con la condición de que su contenido esté relacionado mayoritariamente con las funciones de la categoría.
¿Hasta cuándo se podían registrar los méritos en Fides?
Hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes, el 15 de octubre de 2025 en la convocatoria del TCAE. Los méritos se valoran con referencia al 3 de septiembre de 2025 y lo que no constaba registrado al cierre no se valora.
¿La fase de concurso puede servir para aprobar la oposición?
No. La base 8.2.6 establece que la puntuación de la fase de concurso no se puede aplicar para superar la fase de oposición. Los méritos solo entran en juego entre quienes ya han aprobado los ejercicios.
¿Cuándo se publica la baremación y cómo se reclama?
La puntuación provisional se publica en el DOG con el anuncio de exposición del tribunal. Desde el día siguiente hay diez días hábiles para presentar reclamación ante el propio tribunal; después se aprueban las puntuaciones definitivas.
¿Cuánto vale la fase de oposición del cupo de discapacidad intelectual?
100 puntos: 90 del primer ejercicio (30 preguntas, 120 minutos, sin penalización por error, 45 para superarlo), 5 del cuestionario de la parte común sobre los temas 1 a 5 y 5 del ejercicio de lengua gallega.
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