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Policía Local Socuéllamos 2026: 3 plazas turno libre

16 min de lectura

Convocatoria Policía Local Socuéllamos (Ciudad Real) 2026: 3 plazas turno libre OEP 2026. Bases, requisitos y psicotécnicos.

El Ayuntamiento de Socuéllamos (Ciudad Real) ha convocado 3 plazas de Agente de Policía Local por turno libre para ingresar como funcionario de carrera en la Escala Básica, categoría Policía (subgrupo C1), dentro de la OEP 2026. El proceso es por oposición y las bases que lo rigen son las modificadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 26 de agosto de 2026, publicadas en el BOP de Ciudad Real núm. 165, de 28 de agosto de 2026. La modificación conserva las solicitudes ya presentadas (las del plazo del 18 de agosto al 24 de septiembre de 2026) y abre un nuevo plazo de veinte días hábiles que se contará desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el BOE: hasta esa publicación no hay una fecha de cierre concreta.

Datos clave de la convocatoria

DatoDetalle
Plazas3, por turno libre (OEP 2026)
PuestoAgente de Policía Local, Escala Básica, categoría Policía
GrupoC1 (artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, TREBEP)
Sistema de selecciónOposición, en dos fases: fase de oposición y curso selectivo
OrganismoAyuntamiento de Socuéllamos (Ciudad Real)
Órgano convocanteAlcaldía-Presidencia (bases aprobadas por la Junta de Gobierno Local)
Bases modificadasBOP de Ciudad Real núm. 165, de 28 de agosto de 2026 (anuncio 2769, pág. 7849)
Bases anterioresBOP núm. 151, de 10 de agosto de 2026, y BOP núm. 157, de 18 de agosto de 2026
Plazo de solicitudes20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el BOE (fecha de cierre aún no fijada)
Tasa de examen30,75 euros
Publicación de anunciosSede electrónica del Ayuntamiento (https://socuellamos.sedelectronica.es) y BOP

Qué cambia con la modificación de bases del 28 de agosto

La convocatoria original salió en el BOP de Ciudad Real núm. 151, de 10 de agosto de 2026, con su extracto en el BOE núm. 201, de 17 de agosto de 2026 (BOE-A-2026-17853). Después, el BOP núm. 157, de 18 de agosto de 2026 publicó una rectificación de las bases, cuyo extracto apareció en el BOE núm. 209, de 26 de agosto de 2026 (BOE-A-2026-18186).

La última pieza del rompecabezas es el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 26 de agosto de 2026, que modifica las bases y se publica en el BOP núm. 165, de 28 de agosto de 2026 (anuncio íntegro en el BOP de Ciudad Real). El acuerdo adopta tres medidas:

  1. Conservar los actos administrativos de admisión de las solicitudes presentadas en el plazo fijado del 18 de agosto al 24 de septiembre de 2026: quien ya presentó su instancia no tiene que repetirla.
  2. Aprobar y publicar las bases con las modificaciones efectuadas, que son las que se resumen en esta página.
  3. Abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Ese tercer punto es el que más afecta a quien todavía no ha presentado la solicitud: el plazo no se cuenta desde el BOP, sino desde el BOE, y mientras el extracto de la modificación no se publique en el BOE no hay fecha de cierre que marcar en el calendario. Conviene vigilar tanto el BOE como la sede electrónica de Socuéllamos, donde el Ayuntamiento cuelga los anuncios del proceso.

Requisitos para las 3 plazas de Policía Local de Socuéllamos

Los requisitos que fija la base 2 de la convocatoria son los habituales de la Policía Local en Castilla-La Mancha:

  • Tener la nacionalidad española.
  • Tener cumplidos 18 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
  • Estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, del título de Bachiller, Técnico de Formación Profesional o equivalente. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deben estar homologadas (con las equivalencias que fija la Orden EDU/1603/2009).
  • No haber sido separado del servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  • Estar en posesión de los permisos de conducir de las clases B y A o A2.
  • No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones.
  • Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
  • No haber sido condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual.
  • Comprometerse a portar armas y a utilizarlas cuando proceda, mediante declaración jurada o promesa.

Todos los requisitos deben cumplirse el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo. Después de superar la fase de oposición, la documentación que acredita estos requisitos (DNI, título, permisos de conducir, certificados de penales y de delitos sexuales, declaraciones juradas) se presenta en el plazo de diez días hábiles que fija la base 9.1.

Cómo y cuándo presentar la solicitud

Las solicitudes se presentan en el modelo oficial (Anexo IV), dirigido a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Socuéllamos. Junto con la solicitud hay que aportar:

  1. Fotocopia del DNI o pasaporte.
  2. Justificante del ingreso de la tasa de 30,75 euros en la cuenta del Banco Santander ES49 0030 5077 9308 7000 0271, haciendo constar el objeto del ingreso en el impreso.

Están exentas del pago de la tasa las personas con discapacidad igual o superior al 33 % y quienes participen por los turnos de funcionarización o promoción interna, conforme a la Ordenanza fiscal núm. 11 del Ayuntamiento; en ese caso hay que aportar la documentación justificativa de la exención.

La presentación puede hacerse en las oficinas del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios que admite el artículo 16 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común (registro electrónico de la sede, correo administrativo, etc.). El plazo es de veinte días hábiles desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el BOE, y las bases recuerdan que los actos de admisión de quienes presentaron entre el 18 de agosto y el 24 de septiembre de 2026 se conservan: no hace falta volver a presentar la solicitud si ya se hizo en ese plazo.

El proceso selectivo: cuatro pruebas eliminatorias

La fase de oposición consta de cuatro pruebas obligatorias y eliminatorias, que se celebran en este orden:

Primera prueba: aptitud física

Dirigida a comprobar la fuerza, agilidad, flexibilidad y resistencia de los aspirantes. Se califica apto o no apto y cada prueba del Anexo I es eliminatoria por separado. Antes de celebrarla, cada aspirante debe presentar un certificado médico expedido con una antelación no superior a treinta días hábiles. Los ejercicios son cuatro:

  1. Carrera de velocidad de 60 metros.
  2. Carrera de resistencia de 1.000 metros.
  3. Salto de longitud con los pies juntos.
  4. Lanzamiento de balón medicinal (4 kg para hombres y 3 kg para mujeres).

Las marcas mínimas del Anexo I se ordenan por tramos de edad (hasta 32 años, de 33 a 45 y de 46 a 65):

PruebaHombres: hasta 32Hombres: 33-45Hombres: 46-65
Velocidad (60 m)8”909”109”20
Resistencia (1.000 m)3’40”3’45”3’50”
Salto de longitud2,20 m2,15 m2,10 m
Balón medicinal (4 kg)8,00 m7,80 m7,60 m
PruebaMujeres: hasta 32Mujeres: 33-45Mujeres: 46-65
Velocidad (60 m)10”2010”5010”80
Resistencia (1.000 m)4’15”4’25”4’35”
Salto de longitud1,95 m1,90 m1,80 m
Balón medicinal (3 kg)6,00 m5,90 m5,80 m

Segunda prueba: test de conocimientos

Consiste en contestar por escrito un cuestionario de preguntas con cuatro respuestas alternativas, propuesto por el tribunal entre las materias del programa (Anexo II de las bases). Las respuestas erróneas se penalizan con un tercio del valor de una contestación. El número de preguntas no puede ser inferior a 70 ni superior a 90, y el tiempo para realizarla es de 75 minutos. Se califica de 0 a 10 y es necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla.

La convocatoria equilibra el temario en el propio examen: las preguntas de cada parte (general y especial) no pueden ser menos del 40 % ni más del 60 % del total, y las de los temas 18 y 19 (ordenanza de convivencia y callejero e historia de Socuéllamos) no pueden superar el 10 %. Tras la prueba se publica el cuestionario con la plantilla de respuestas, que tiene carácter provisional y se eleva a definitiva después de estudiar las alegaciones.

Tercera prueba: prueba psicotécnica

Se realizan dos test dirigidos a determinar las aptitudes y actitudes de los aspirantes para el desempeño de las funciones de la categoría:

  • Un test de inteligencia general y aptitudes (capacidad verbal, numérica, espacial, atención-percepción, comprensión de órdenes, razonamiento cognitivo, atención discriminatoria, resistencia a la fatiga intelectual y memoria visual).
  • Un test de personalidad y capacidades, en el que se valoran la estabilidad emocional, la autoconfianza, las habilidades interpersonales, la adaptación a las normas, el afrontamiento del estrés y la motivación.

Se califica apto o no apto y es eliminatoria. Es la prueba a la que más aspirantes elimina en las oposiciones de Policía Local, y la que más se puede entrenar: los tipos de ítem se repiten convocatoria tras convocatoria.

Cuarta prueba: reconocimiento médico

Tiene por objeto comprobar que la persona aspirante cumple las condiciones exigidas en el cuadro de exclusiones médicas del Anexo III de las bases. Se califica apto o no apto.

La puntuación final de la fase de oposición se obtiene de la prueba de conocimientos, y el tribunal no puede proponer para el curso selectivo a más aspirantes que plazas convocadas, aunque sí puede formar una relación complementaria por si se producen renuncias antes del nombramiento como funcionarios en prácticas.

Temario oficial de la convocatoria

El programa del ejercicio teórico (Anexo II) tiene 54 temas repartidos en dos partes. La parte general (temas 1 a 19) cubre la Constitución Española de 1978, las Cortes Generales, el Poder Judicial, el Gobierno y la Administración, la organización territorial del Estado, la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y sus instituciones, el derecho administrativo (acto administrativo, procedimiento, potestad sancionadora, policía administrativa), la Administración Local y sus ordenanzas, la función pública local y, como temas propios de Socuéllamos, la ordenanza municipal de convivencia y el callejero e historia de la localidad.

La parte especial (temas 20 a 54) se centra en la regulación de las Policías Locales (Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Ley 8/2002 de Coordinación de las Policías Locales de Castilla-La Mancha y su desarrollo), la policía judicial y el atestado, los delitos del Código Penal de mayor relevancia policial (contra las personas, contra la libertad e indemnidad sexual, contra el patrimonio, contra los trabajadores, contra la Administración Pública, contra el orden público y delitos de odio), la detención y el procedimiento penal, la seguridad vial y el tráfico, la protección civil, la seguridad ciudadana, la protección de datos, la igualdad y la prevención de riesgos laborales.

Curso selectivo y nombramiento

Para adquirir la condición de funcionario de carrera es necesario superar un curso selectivo en la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha, salvo que la persona aspirante ya lo haya superado con anterioridad y obtenga la convalidación correspondiente. La Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas puede homologar parte o la totalidad del curso a quien acredite haber superado sus materias en otra escuela de policía, local, autonómica o estatal.

Quien supere la fase de oposición y acredite los requisitos es nombrado funcionario en prácticas, situación que se mantiene hasta el nombramiento como funcionario de carrera, que debe producirse en el plazo de quince días hábiles desde que el Ayuntamiento recibe el informe de la Escuela. El orden de prelación final sale de la suma de las notas de la fase de oposición y del curso selectivo. Para adquirir la condición de funcionario de carrera se exige también el compromiso de portar armas y, si no se dispone del permiso de la clase A, obtenerlo cuando el Ayuntamiento lo requiera, con el coste a cargo de la persona interesada.

Cómo preparar el examen psicotécnico

El psicotécnico es una de las pruebas que más aspirantes elimina, y en esta convocatoria es obligatorio y eliminatorio. Su primera parte valora las aptitudes intelectuales con test de inteligencia general y de aptitudes específicas (verbal, numérica, espacial, razonamiento, atención-percepción y memoria), y la segunda añade la valoración de personalidad y actitudes. Ese tipo de ítem es entrenable: cuantos más test se han hecho antes del examen, menos sorpresas hay el día de la prueba y mejor se gestiona el tiempo de respuesta, que suele ser corto.

En Red Opositor tenemos un pack específico de psicotécnicos para Policía Local 2026 que entrena justo esos tipos de ejercicio (inteligencia general y aptitudes verbal, numérica, espacial, de razonamiento y de atención), con ejercicios resueltos y estrategia de respuesta adaptable a la corrección del proceso. Aunque cada ayuntamiento publique sus propias bases, la prueba de aptitud mide lo mismo en casi todas las convocatorias, así que el entrenamiento sirve para esta y para las demás oposiciones de Policía Local de Castilla-La Mancha y del resto de España a las que te presentes.

Preguntas frecuentes sobre la convocatoria de Socuéllamos

¿Qué requisitos piden para las 3 plazas de Policía Local de Socuéllamos 2026?

Las bases exigen: nacionalidad española; tener cumplidos 18 años y no exceder la edad de jubilación forzosa; estar en posesión del título de Bachiller, Técnico de Formación Profesional o equivalente (con homologación si la titulación se obtuvo en el extranjero); no haber sido separado del servicio de ninguna Administración Pública ni estar inhabilitado; estar en posesión de los permisos de conducir de las clases B y A o A2; no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones; carecer de antecedentes penales por delitos dolosos; no haber sido condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual; y comprometerse a portar armas y a utilizarlas cuando proceda. Los requisitos deben reunirse el día en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

¿En qué cambia la modificación de bases publicada el 28 de agosto de 2026?

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 26 de agosto de 2026, el Ayuntamiento modifica las bases publicadas en el BOP de Ciudad Real núm. 151, de 10 de agosto de 2026, y en el núm. 157, de 18 de agosto de 2026. La modificación conserva los actos de admisión de las solicitudes ya presentadas en el plazo del 18 de agosto al 24 de septiembre de 2026, aprueba y publica las bases con las modificaciones en el BOP núm. 165, de 28 de agosto de 2026, y abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes de veinte días hábiles desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el BOE.

¿Hasta cuándo hay plazo para presentar la solicitud?

No hay todavía una fecha de cierre fijada en el calendario. El nuevo plazo de presentación de solicitudes es de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de la modificación en el BOE; hasta que ese anuncio se publique, el plazo no empieza a correr. Quien ya presentó su solicitud entre el 18 de agosto y el 24 de septiembre de 2026 no tiene que volver a hacerlo: los actos de admisión se conservan.

¿Qué marcas hay que cumplir en las pruebas físicas?

Las marcas mínimas del Anexo I varían por sexo y tramo de edad (hasta 32 años, de 33 a 45 y de 46 a 65). En hombres: 60 metros en 8”90, 9”10 o 9”20; 1.000 metros en 3’40”, 3’45” o 3’50”; salto de longitud de 2,20, 2,15 o 2,10 metros; balón medicinal de 4 kg a 8,00, 7,80 o 7,60 metros. En mujeres: 60 metros en 10”20, 10”50 o 10”80; 1.000 metros en 4’15”, 4’25” o 4’35”; salto de 1,95, 1,90 o 1,80 metros; balón medicinal de 3 kg a 6,00, 5,90 o 5,80 metros. Cada prueba es eliminatoria por separado y hay que presentar un certificado médico de los treinta días hábiles anteriores.

¿Cuánto cuesta la tasa de examen y quién está exento?

La tasa por derechos de examen es de 30,75 euros, ingresables en la cuenta del Banco Santander ES49 0030 5077 9308 7000 0271 con indicación de su objeto. Están exentas, según la Ordenanza fiscal núm. 11, las personas con discapacidad igual o superior al 33 % y quienes participen por los turnos de funcionarización o promoción interna, aportando la documentación justificativa.

¿Dónde consultar las bases completas y seguir el proceso?

  • Bases modificadas íntegras: BOP de Ciudad Real núm. 165, de 28 de agosto de 2026 (anuncio 2769, pág. 7849), y documento en la sede electrónica de Socuéllamos.
  • Extractos publicados en el BOE: BOE núm. 201, de 17 de agosto de 2026 (BOE-A-2026-17853) y BOE núm. 209, de 26 de agosto de 2026 (BOE-A-2026-18186). El anuncio de la modificación de 26 de agosto se publicará en el BOE y desde ese día correrán los veinte días hábiles del nuevo plazo.
  • Anuncios del proceso: sede electrónica del Ayuntamiento de Socuéllamos (https://socuellamos.sedelectronica.es) y tablón de anuncios, donde se publicarán las listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos, las fechas de las pruebas y los resultados.

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